Colmenarejo (BOCM-20250721-60)
Organizción y funcionamiento. Delegación funciones
<< 3 << Página 3
Página 4 Pág. 4
-
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 172

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 21 DE JULIO DE 2025

Pág. 331

BOCM-20250721-60

8. Proponer a los órganos de gobierno cuantas medidas se estimen necesarias para el
mejor cumplimiento de las facultades delegadas en los apartados anteriores.
9. Coordinar, supervisar aprobar y gestionar los programas y actividades de la Concejalía.
10. Propuesta, desarrollo, y fomento del deporte base y actividades saludables en el
municipio.
11. Apoyar y fomentar la colaboración con los clubes y asociaciones deportivas del
municipio.
12. Planificación, construcción, conservación y mantenimiento de instalaciones e infraestructuras deportivas en coordinación con el resto de Concejalías.
13. Dirigir, coordinar y gestionar las instalaciones deportivas y espacios deportivos
municipales.
14. Programar, organizar, supervisar y gestionar los eventos deportivos realizados en
el municipio.
15. Justificación, aprobación y concesión de ayudas, becas, premios otorgados por el
Ayuntamiento a favor de particulares, entidades públicas o privadas.
16. Dirigir, coordinar y planificar las actuaciones y programas en materia de contratación relacionada con esta Concejalía.
17. Formular las propuestas al Pleno del Ayuntamiento, y a la Junta de Gobierno Local
de aprobación de los expedientes de contratación y de adjudicación cuando sean
aquellos el órgano de contratación, en materias relacionadas con esta Concejalía.
Tercero.—Notificar personalmente la presente Resolución al designado. La designación se considerará aceptada tácitamente, salvo manifestación expresa en contrario.
Cuarto.—Las presentes delegaciones surtirán efectos desde el día siguiente al de la fecha de la Resolución, sin perjuicio de su preceptiva publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID.
Quinto.—Dar cuenta al Pleno en la próxima sesión que se celebre, a efectos de que
quede enterado de su contenido, de conformidad con lo establecido en el artículo 44.4 en
relación con el 38.d) del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
Colmenarejo, a 10 de julio de 2025.—El alcalde, Fernando Juanas Cerrada.
(03/11.456/25)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791