A) Disposiciones Generales - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250721-1)
Incremento retributivo personal sector público – Acuerdo de 16 de julio de 2025, del Consejo de Gobierno, sobre incremento retributivo adicional del personal al servicio del sector público de la Comunidad de Madrid en el ejercicio 2024
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 12
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 21 DE JULIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 172
ACUERDA
Primero
1. Fijar, con efectos desde el 1 de enero de 2024, un incremento adicional y consolidable de las retribuciones íntegras del personal al servicio del sector público de la Comunidad de Madrid contemplado en el artículo 21.1 de la Ley 15/2023, de 27 de diciembre, de
Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2024, del 0,5 por 100 respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2023, en términos de homogeneidad para los dos
períodos de comparación, tanto por lo que respecta a efectivos de personal como a la antigüedad del mismo.
Por lo tanto, el incremento retributivo total para el ejercicio 2024 es del 2,5 por 100.
2. El incremento retributivo establecido en el apartado 1, se aplicará también, con
efectos de 1 de enero de 2024, en los mismos términos:
2.1. Al personal funcionario de los Cuerpos al servicio de la Administración de Justicia, que desempeñe sus funciones en el ámbito competencial de la Comunidad de Madrid
en relación a los complementos y mejoras retributivos que estén regulados en disposiciones o acuerdos adoptados por los órganos de la Comunidad de Madrid en el ejercicio de sus
competencias respecto de este personal, de acuerdo con lo establecido en la Disposición
Duodécima, apartado 3 del Acuerdo de 31 de enero de 2024, del Consejo de Gobierno, por
el que se aprueba expresa y formalmente el acuerdo sectorial para el personal funcionario
de la Comunidad de Madrid al servicio de la Administración de Justicia para el período 2024-2027, adoptado por la Mesa Sectorial de Justicia de 15 de enero de 2024.
2.2. Al personal contemplado en el artículo 25 de la Ley 15/2023, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2024, así como al
resto del personal incluido en el ámbito de aplicación del Acuerdo de 31 de octubre de 2016,
del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el código ético de los altos cargos de la
Administración de la Comunidad de Madrid y de sus entes adscritos, con la excepción prevista en el artículo 21.10 de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid
para el año 2024 y en el artículo 21.11 de la Ley 9/2024, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2025, para la Presidenta de la Comunidad de Madrid.
3. El incremento al que se refiere el presente acuerdo se hará efectivo, tras la realización de los correspondientes procesos técnicos, en la primera nómina que sea posible,
abonándose como atrasos el incremento correspondiente a los meses previos a su percepción en cada caso.
Segundo
Autorizar a la titular de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo para dictar las
instrucciones que sean precisas en ejecución y desarrollo del presente acuerdo.
Tercero
Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Acordado en Madrid, a 16 de julio de 2025.
La Consejera de Economía, Hacienda y Empleo,
ROCÍO ALBERT LÓPEZ-IBOR
La Presidenta,
ISABEL DÍAZ AYUSO
BOCM-20250721-1
(03/11.880/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 12
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 21 DE JULIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 172
ACUERDA
Primero
1. Fijar, con efectos desde el 1 de enero de 2024, un incremento adicional y consolidable de las retribuciones íntegras del personal al servicio del sector público de la Comunidad de Madrid contemplado en el artículo 21.1 de la Ley 15/2023, de 27 de diciembre, de
Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2024, del 0,5 por 100 respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2023, en términos de homogeneidad para los dos
períodos de comparación, tanto por lo que respecta a efectivos de personal como a la antigüedad del mismo.
Por lo tanto, el incremento retributivo total para el ejercicio 2024 es del 2,5 por 100.
2. El incremento retributivo establecido en el apartado 1, se aplicará también, con
efectos de 1 de enero de 2024, en los mismos términos:
2.1. Al personal funcionario de los Cuerpos al servicio de la Administración de Justicia, que desempeñe sus funciones en el ámbito competencial de la Comunidad de Madrid
en relación a los complementos y mejoras retributivos que estén regulados en disposiciones o acuerdos adoptados por los órganos de la Comunidad de Madrid en el ejercicio de sus
competencias respecto de este personal, de acuerdo con lo establecido en la Disposición
Duodécima, apartado 3 del Acuerdo de 31 de enero de 2024, del Consejo de Gobierno, por
el que se aprueba expresa y formalmente el acuerdo sectorial para el personal funcionario
de la Comunidad de Madrid al servicio de la Administración de Justicia para el período 2024-2027, adoptado por la Mesa Sectorial de Justicia de 15 de enero de 2024.
2.2. Al personal contemplado en el artículo 25 de la Ley 15/2023, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2024, así como al
resto del personal incluido en el ámbito de aplicación del Acuerdo de 31 de octubre de 2016,
del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el código ético de los altos cargos de la
Administración de la Comunidad de Madrid y de sus entes adscritos, con la excepción prevista en el artículo 21.10 de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid
para el año 2024 y en el artículo 21.11 de la Ley 9/2024, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2025, para la Presidenta de la Comunidad de Madrid.
3. El incremento al que se refiere el presente acuerdo se hará efectivo, tras la realización de los correspondientes procesos técnicos, en la primera nómina que sea posible,
abonándose como atrasos el incremento correspondiente a los meses previos a su percepción en cada caso.
Segundo
Autorizar a la titular de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo para dictar las
instrucciones que sean precisas en ejecución y desarrollo del presente acuerdo.
Tercero
Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Acordado en Madrid, a 16 de julio de 2025.
La Consejera de Economía, Hacienda y Empleo,
ROCÍO ALBERT LÓPEZ-IBOR
La Presidenta,
ISABEL DÍAZ AYUSO
BOCM-20250721-1
(03/11.880/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791