C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20250721-27)
Extracto convocatoria subvenciones – Extracto de la Orden 2650/2025, de 17 de julio, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se declara el importe de los créditos disponibles para la concesión directa de ayudas a ayuntamientos para la realización del programa “Patios abiertos”, de actividades extraescolares en colegios públicos de la Comunidad de Madrid y del programa “Colegios abiertos en días no lectivos”, durante el curso 2025-2026
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 172
LUNES 21 DE JULIO DE 2025
Pág. 159
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
27
EXTRACTO de la Orden 2650/2025, de 17 de julio, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se declara el importe de los créditos
disponibles para la concesión directa de ayudas a ayuntamientos para la realización del programa “Patios abiertos”, de actividades extraescolares en colegios públicos de la Comunidad de Madrid y del programa “Colegios abiertos en
días no lectivos”, durante el curso 2025-2026.
BDNS: 846854
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la orden por la que se declara el importe de los créditos disponibles, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de
Datos Nacional de Subvenciones ( https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/index ), en
el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en la página web institucional de la Comunidad de Madrid ( www.comunidad.madrid ).
Primero
Normas reguladoras
Las normas que regulan el procedimiento para la concesión directa de ayudas a ayuntamientos para la realización de actividades extraescolares en Colegios Públicos de la Comunidad de Madrid y la apertura de los Colegios Públicos los días no lectivos, se recogen
en el Acuerdo de 21 de febrero de 2024 del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID de 28 de febrero de 2024), modificado por Acuerdo de Consejo
de Gobierno de fecha 11 de junio de 2025 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID de 16 de junio de 2025).
Segundo
Créditos disponibles
El importe de los créditos presupuestarios disponibles para atender las obligaciones de
contenido económico derivadas de la concesión directa de ayudas a ayuntamientos para la
realización del programa “Patios Abiertos”, de actividades extraescolares en colegios públicos de la Comunidad de Madrid y del programa “Colegios Abiertos en días no lectivos”,
durante el curso 2025-2026, es de 4.800.000 euros, correspondiendo 1.920.000 euros a la
anualidad 2025 y 2.880.000 euros a la anualidad 2026.
Las referidas obligaciones se imputarán al subconcepto económico 46309 “Corporaciones Locales” del programa 323M “Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio”,
del Presupuesto de la Comunidad de Madrid.
Tercero
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de esta orden en extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Las solicitudes se ajustarán al modelo normalizado que se encuentra disponible en la sede
electrónica de la Comunidad de Madrid, en la dirección electrónica: sede.comunidad.madrid,
y se presentará en los lugares establecidos en el artículo 8 de las normas reguladoras.
Las Entidades Locales deberán aportar junto con la solicitud, en el momento de su presentación y envío, o durante la tramitación del expediente, a través de la opción “Aporta-
BOCM-20250721-27
Presentación de solicitudes
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LUNES 21 DE JULIO DE 2025
Pág. 159
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27
EXTRACTO de la Orden 2650/2025, de 17 de julio, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se declara el importe de los créditos
disponibles para la concesión directa de ayudas a ayuntamientos para la realización del programa “Patios abiertos”, de actividades extraescolares en colegios públicos de la Comunidad de Madrid y del programa “Colegios abiertos en
días no lectivos”, durante el curso 2025-2026.
BDNS: 846854
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la orden por la que se declara el importe de los créditos disponibles, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de
Datos Nacional de Subvenciones ( https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/index ), en
el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en la página web institucional de la Comunidad de Madrid ( www.comunidad.madrid ).
Primero
Normas reguladoras
Las normas que regulan el procedimiento para la concesión directa de ayudas a ayuntamientos para la realización de actividades extraescolares en Colegios Públicos de la Comunidad de Madrid y la apertura de los Colegios Públicos los días no lectivos, se recogen
en el Acuerdo de 21 de febrero de 2024 del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID de 28 de febrero de 2024), modificado por Acuerdo de Consejo
de Gobierno de fecha 11 de junio de 2025 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID de 16 de junio de 2025).
Segundo
Créditos disponibles
El importe de los créditos presupuestarios disponibles para atender las obligaciones de
contenido económico derivadas de la concesión directa de ayudas a ayuntamientos para la
realización del programa “Patios Abiertos”, de actividades extraescolares en colegios públicos de la Comunidad de Madrid y del programa “Colegios Abiertos en días no lectivos”,
durante el curso 2025-2026, es de 4.800.000 euros, correspondiendo 1.920.000 euros a la
anualidad 2025 y 2.880.000 euros a la anualidad 2026.
Las referidas obligaciones se imputarán al subconcepto económico 46309 “Corporaciones Locales” del programa 323M “Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio”,
del Presupuesto de la Comunidad de Madrid.
Tercero
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de esta orden en extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Las solicitudes se ajustarán al modelo normalizado que se encuentra disponible en la sede
electrónica de la Comunidad de Madrid, en la dirección electrónica: sede.comunidad.madrid,
y se presentará en los lugares establecidos en el artículo 8 de las normas reguladoras.
Las Entidades Locales deberán aportar junto con la solicitud, en el momento de su presentación y envío, o durante la tramitación del expediente, a través de la opción “Aporta-
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