B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20250718-10)
Tarjetas identificación personal – Resolución de 30 de junio de 2025, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se definen los formatos de identificación del personal que realice funciones de control, visita y vigilancia en materia de agricultura, ganadería y alimentación
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 170
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 18 DE JULIO DE 2025
Pág. 35
I. COMUNIDAD DE MADRID
B) Autoridades y Personal
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
10
RESOLUCIÓN de 30 de junio de 2025, de la Secretaría General Técnica de la
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se definen los
formatos de identificación del personal que realice funciones de control, visita y
vigilancia en materia de agricultura, ganadería y alimentación.
La Comunidad de Madrid con el objetivo de incidir en la adopción de las medidas que
contribuyan eficazmente a garantizar la accesibilidad de la Administración al ciudadano,
así como consolidar los signos de identidad de la misma, mediante Decreto 85/2002, de 23
de mayo, por el que se regulan los sistemas de evaluación y calidad de los servicios públicos, y se aprueban los Criterios de Calidad de la Actuación Administrativa en la Comunidad de Madrid, definió los distintos sistemas de identificación del personal de la Comunidad de Madrid, salvo cuando por razones de seguridad se autorice expresamente otro tipo
de identificación.
En el Criterio 2.2 del Anexo Único del citado Decreto se establece que corresponde a
las Secretarías Generales Técnicas y unidades asimiladas de los Organismos Autónomos y
Entidades de Derecho Público hacer efectivas las indicaciones que sobre la identificación
de los empleados públicos se definan en el Manual de Identidad Corporativa de la Comunidad de Madrid.
El Decreto 235/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior.
El artículo 12.2 atribuye en su apartado d), a la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación la competencia en “La vigilancia, control y erradicación de las enfermedades de los animales y plantas, movimiento pecuario y de material vegetal, control
higiénico sanitario de las producciones en origen, así como el control de subproductos en
explotación y transporte, plantas de transformación y lodos de depuradora de uso agrario”.
En el apartado f), establece como una de sus funciones: “El control y vigilancia en la
producción, comercialización y consumo de productos destinados a la alimentación animal”.
Y en el artículo 12.3, en su apartado b), las funciones de “Planificación, coordinación
y control de programas oficiales de calidad agroalimentaria en la producción de alimentos
de calidad diferenciada y agricultura ecológica”.
Estas labores de vigilancia y control expresamente citadas entre las competencias, así
como otras derivadas de la comprobación material de las diferentes ayudas y subvenciones
que se conceden en el ámbito de las competencias de la Dirección General de Agricultura,
Ganadería y Alimentación, hacen necesario que el personal designado oficialmente por la
Dirección General tenga que desplazarse para realizar su actividad a cualquier punto de la
Comunidad de Madrid.
En consecuencia, en uso de las atribuciones que me han sido conferidas por las disposiciones vigentes,
RESUELVO
El objeto de la presente Resolución es definir las tarjetas de identificación del personal que realice funciones de control, visita y vigilancia en materia de agricultura, ganadería y alimentación.
Segundo
La tarjeta de identificación del personal a que se refiere el artículo anterior deberá contener el nombre, apellidos, DNI anonimizado, Número de Identificación Personal (en adelante NIP) y la fotografía del titular.
BOCM-20250718-10
Primero
B.O.C.M. Núm. 170
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 18 DE JULIO DE 2025
Pág. 35
I. COMUNIDAD DE MADRID
B) Autoridades y Personal
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
10
RESOLUCIÓN de 30 de junio de 2025, de la Secretaría General Técnica de la
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se definen los
formatos de identificación del personal que realice funciones de control, visita y
vigilancia en materia de agricultura, ganadería y alimentación.
La Comunidad de Madrid con el objetivo de incidir en la adopción de las medidas que
contribuyan eficazmente a garantizar la accesibilidad de la Administración al ciudadano,
así como consolidar los signos de identidad de la misma, mediante Decreto 85/2002, de 23
de mayo, por el que se regulan los sistemas de evaluación y calidad de los servicios públicos, y se aprueban los Criterios de Calidad de la Actuación Administrativa en la Comunidad de Madrid, definió los distintos sistemas de identificación del personal de la Comunidad de Madrid, salvo cuando por razones de seguridad se autorice expresamente otro tipo
de identificación.
En el Criterio 2.2 del Anexo Único del citado Decreto se establece que corresponde a
las Secretarías Generales Técnicas y unidades asimiladas de los Organismos Autónomos y
Entidades de Derecho Público hacer efectivas las indicaciones que sobre la identificación
de los empleados públicos se definan en el Manual de Identidad Corporativa de la Comunidad de Madrid.
El Decreto 235/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior.
El artículo 12.2 atribuye en su apartado d), a la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación la competencia en “La vigilancia, control y erradicación de las enfermedades de los animales y plantas, movimiento pecuario y de material vegetal, control
higiénico sanitario de las producciones en origen, así como el control de subproductos en
explotación y transporte, plantas de transformación y lodos de depuradora de uso agrario”.
En el apartado f), establece como una de sus funciones: “El control y vigilancia en la
producción, comercialización y consumo de productos destinados a la alimentación animal”.
Y en el artículo 12.3, en su apartado b), las funciones de “Planificación, coordinación
y control de programas oficiales de calidad agroalimentaria en la producción de alimentos
de calidad diferenciada y agricultura ecológica”.
Estas labores de vigilancia y control expresamente citadas entre las competencias, así
como otras derivadas de la comprobación material de las diferentes ayudas y subvenciones
que se conceden en el ámbito de las competencias de la Dirección General de Agricultura,
Ganadería y Alimentación, hacen necesario que el personal designado oficialmente por la
Dirección General tenga que desplazarse para realizar su actividad a cualquier punto de la
Comunidad de Madrid.
En consecuencia, en uso de las atribuciones que me han sido conferidas por las disposiciones vigentes,
RESUELVO
El objeto de la presente Resolución es definir las tarjetas de identificación del personal que realice funciones de control, visita y vigilancia en materia de agricultura, ganadería y alimentación.
Segundo
La tarjeta de identificación del personal a que se refiere el artículo anterior deberá contener el nombre, apellidos, DNI anonimizado, Número de Identificación Personal (en adelante NIP) y la fotografía del titular.
BOCM-20250718-10
Primero