A) Disposiciones Generales - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20250717-1)
Regulación asistencia jurídica gratuita –  Decreto 58/2025, de 16 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se corrigen errores en el Decreto 35/2025, de 4 de junio, por el que se regula la asistencia jurídica gratuita en el ámbito de la Comunidad de Madrid
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 17 DE JULIO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 169

I. COMUNIDAD DE MADRID

A) Disposiciones Generales
Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
1

DECRETO 58/2025, de 16 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se corrigen errores en el Decreto 35/2025, de 4 de junio, por el que se regula la asistencia jurídica gratuita en el ámbito de la Comunidad de Madrid.

Se han advertido errores en el Decreto 35/2025, de 4 de junio, por el que se regula la
asistencia jurídica gratuita en el ámbito de la Comunidad de Madrid, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 133, de 5 de junio de 2025.
De conformidad con el artículo 17.2.1 del Reglamento de Funcionamiento Interno del
Consejo de Gobierno y de sus Comisiones, aprobado por Decreto 210/2003, de 16 de octubre, que señala que “Si los errores no se infieren de la lectura del texto y la rectificación
puede suponer una real o aparente modificación del contenido o sentido de la norma, se salvarán mediante disposición general de igual rango”, se procede a la corrección de dichos
errores mediante el presente Decreto.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local, el Consejo de Gobierno, previa deliberación en su reunión de 16 de julio de 2025,
DISPONE
Primero
En el artículo 36, relativo a la Indemnización en concepto de Gastos de Infraestructura, donde dice:
“Para subvencionar el coste que genere a los consejos generales de colegios de abogados y de procuradores sus actuaciones en materia de asistencia jurídica gratuita, dentro del
ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, cada Consejo General percibirá mensualmente, en concepto de Gastos de Infraestructura, una cantidad igual al 5 % del importe que
corresponda a los colegios a él adscritos en concepto de Gastos de Tramitación certificados
por estos durante dicho periodo”.
Debe decir:
“Para subvencionar el coste que genere al Consejo de Colegios de Abogados de la Comunidad de Madrid sus actuaciones en materia de asistencia jurídica gratuita, dentro del
ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, el citado consejo percibirá mensualmente,
en concepto de Gastos de Infraestructura, una cantidad igual al 5 % del importe que corresponda a los colegios a él adscritos en concepto de Gastos de Tramitación certificados por
estos durante dicho periodo.
En el caso del Consejo de Procuradores de España, dicho porcentaje quedará fijado en
un 11,5 % del importe que corresponda a los colegios a él adscritos en concepto de Gastos
de Tramitación certificados por estos durante dicho periodo”.
Segundo

El Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local,
MIGUEL ÁNGEL GARCÍA MARTÍN
La Presidenta,
ISABEL DÍAZ AYUSO

(03/11.743/25)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20250717-1

El presente decreto se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID.
En Madrid, a 16 de julio de 2025.