Madrid (BOCM-20250717-54)
Régimen económico. Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda. Extracto convocatoria subvenciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 358
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 17 DE JULIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 169
BOCM-20250717-54
en formato presencial o digital, exclusivamente durante los días de desarrollo de
la misma.
c) Personal contratado a precios de mercado para el modelaje en la presentación.
d) Gastos de confección de la colección (materiales y mano de obra).
e) Gastos de producción técnica para el montaje del desfile o presentación.
f) Gastos relativos a la comunicación de la presentación de la creación o colección,
tales como los gastos destinados a la contratación de:
1.o Producción de fotografía y vídeos.
2.o Gestión de redes sociales.
3.o Medios de comunicación online y offline.
4.o Trabajos de agencia de comunicación referidos exclusivamente a la comunicación de la presentación, tales como desarrollo del plan de comunicación y
acciones de relaciones públicas.
Los gastos, para ser valorados, deberán estar identificados y formulados de forma precisa.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación de solicitudes
será de veinte días naturales y se iniciará a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Séptimo. Órganos competentes.—Los órganos competentes para la instrucción y la
resolución del procedimiento regulado por la presente convocatoria serán respectivamente
la Dirección General de Comercio y Hostelería y el Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda, en virtud de las competencias delegadas que se especifican en el Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid.
Octavo. Publicación.—De acuerdo con el artículo 18 de la LGS y el artículo 30 de su
Reglamento de desarrollo, la Base de Datos Nacional de Subvenciones operará como sistema
nacional de publicidad de subvenciones. Además, se podrá consultar en la sede electrónica del
Ayuntamiento de Madrid ( https://sede.madrid.es ) y en la página web: www.madrid.es
Noveno. Justificación y pago de la subvenciones.—Las ayudas se otorgarán a las solicitudes que cumplan con todos y cada uno de los requisitos establecidos, y se tramitarán por orden cronológico de entrada (día, hora, minuto y segundo) hasta agotar el crédito disponible.
El importe de la subvención se abonará en un único pago, mediante transferencia a la
cuenta bancaria indicada por la entidad beneficiaria en la solicitud, después de la notificación del decreto de concesión, sin necesidad de solicitud expresa.
La justificación de las subvenciones que se otorguen con arreglo a la presente convocatoria se realizará mediante la modalidad “cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto”, de acuerdo con lo especificado en los artículos 34, 35 y 38 OBRS. La justificación de la subvención se presentará con la solicitud de la subvención, de conformidad
con lo regulado en la base 10 de la convocatoria.
Madrid, a 4 de julio de 2025.—La delegada del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda, Engracia Hidalgo Tena.
(03/11.251/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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en formato presencial o digital, exclusivamente durante los días de desarrollo de
la misma.
c) Personal contratado a precios de mercado para el modelaje en la presentación.
d) Gastos de confección de la colección (materiales y mano de obra).
e) Gastos de producción técnica para el montaje del desfile o presentación.
f) Gastos relativos a la comunicación de la presentación de la creación o colección,
tales como los gastos destinados a la contratación de:
1.o Producción de fotografía y vídeos.
2.o Gestión de redes sociales.
3.o Medios de comunicación online y offline.
4.o Trabajos de agencia de comunicación referidos exclusivamente a la comunicación de la presentación, tales como desarrollo del plan de comunicación y
acciones de relaciones públicas.
Los gastos, para ser valorados, deberán estar identificados y formulados de forma precisa.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación de solicitudes
será de veinte días naturales y se iniciará a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Séptimo. Órganos competentes.—Los órganos competentes para la instrucción y la
resolución del procedimiento regulado por la presente convocatoria serán respectivamente
la Dirección General de Comercio y Hostelería y el Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda, en virtud de las competencias delegadas que se especifican en el Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid.
Octavo. Publicación.—De acuerdo con el artículo 18 de la LGS y el artículo 30 de su
Reglamento de desarrollo, la Base de Datos Nacional de Subvenciones operará como sistema
nacional de publicidad de subvenciones. Además, se podrá consultar en la sede electrónica del
Ayuntamiento de Madrid ( https://sede.madrid.es ) y en la página web: www.madrid.es
Noveno. Justificación y pago de la subvenciones.—Las ayudas se otorgarán a las solicitudes que cumplan con todos y cada uno de los requisitos establecidos, y se tramitarán por orden cronológico de entrada (día, hora, minuto y segundo) hasta agotar el crédito disponible.
El importe de la subvención se abonará en un único pago, mediante transferencia a la
cuenta bancaria indicada por la entidad beneficiaria en la solicitud, después de la notificación del decreto de concesión, sin necesidad de solicitud expresa.
La justificación de las subvenciones que se otorguen con arreglo a la presente convocatoria se realizará mediante la modalidad “cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto”, de acuerdo con lo especificado en los artículos 34, 35 y 38 OBRS. La justificación de la subvención se presentará con la solicitud de la subvención, de conformidad
con lo regulado en la base 10 de la convocatoria.
Madrid, a 4 de julio de 2025.—La delegada del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda, Engracia Hidalgo Tena.
(03/11.251/25)
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