C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE DIGITALIZACIÓN (BOCM-20250717-20)
Instrucciones adhesión convenio –  Resolución de 2 de julio de 2025, de la Dirección General de Estrategia Digital, por la que se publican las instrucciones para la adhesión al Convenio entre la Agencia Estatal de Administración Digital, el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública (Secretaría de Estado de Función Pública) y la Comunidad de Madrid (Consejería de Digitalización) para la prestación mutua de soluciones básicas de Administración Digital
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 169

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 17 DE JULIO DE 2025

Pág. 163

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Digitalización
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RESOLUCIÓN de 2 de julio de 2025, de la Dirección General de Estrategia Digital, por la que se publican las instrucciones para la adhesión al Convenio entre la Agencia Estatal de Administración Digital, el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública (Secretaría de Estado de Función
Pública) y la Comunidad de Madrid (Consejería de Digitalización) para la prestación mutua de soluciones básicas de Administración Digital.

Mediante Resolución de 21 de junio, de la Secretaría de Estado de Función Pública, se
publicó el Convenio con la Comunidad de Madrid para la prestación mutua de soluciones
básicas de Administración Digital, suscrito con fecha 16 de junio de 2025, entre la Agencia Estatal de Administración Digital, el Ministerio para la Transformación Digital y de la
Función Pública (Secretaría de Estado de Función Pública) y la Comunidad de Madrid
(Consejería de Digitalización) para la prestación mutua de soluciones básicas de Administración Digital.
Este Convenio tiene por objeto establecer los términos y condiciones generales para
un aprovechamiento común de las soluciones tecnológicas básicas de Administración Digital, así como determinar las condiciones en las que la Administración de la Comunidad
de Madrid facilitará el acceso a dichas soluciones tecnológicas básicas a los sujetos incluidos en la cláusula primera del convenio, todo ello en relación a su ámbito territorial.
La presente Resolución establece el procedimiento a seguir por las entidades y organismos recogidos en el ámbito de aplicación del Convenio que decidan adherirse al mismo,
con el objetivo de reforzar la colaboración interadministrativa tanto para garantizar el derecho de las personas a relacionarse por medios electrónicos con las administraciones públicas, simplificando el acceso a los mismos, como para mejorar la eficiencia de la gestión
interna y prestar así un mejor servicio público a la ciudadanía.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 50.4 de la Ley 1/1983, de
13 de diciembre, del Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid,
RESUELVO
Primero
Los organismos o entidades que deseen utilizar las soluciones tecnológicas básicas
previstas en la cláusula segunda del Convenio deberán adoptar el correspondiente acto de
adhesión al mismo, a través del Anexo II o Anexo III, según proceda.
En sentido, se prevén dos modalidades para la adhesión:
1.1. Acto de Adhesión [Anexo II]: previsto para organismos públicos y entidades de
derecho público vinculados o dependientes de la Comunidad Madrid; Entidades Locales o
agrupaciones y asociaciones de municipios existentes en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid; así como los órganos estatutarios previstos en el Estatuto de Autonomía
de la Comunidad de Madrid.
1.2. Acto de Adhesión [Anexo III]: previsto para los organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes de las entidades locales de la Comunidad de Madrid.

BOCM-20250717-20

Procedimiento y requisitos para la adhesión de los Organismos o Entidades al Convenio