C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS (BOCM-20250717-22)
Concesión subvenciones –  Resolución de 2 de julio de 2025, de la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación, por la que se aprueban los listados provisionales de solicitantes admitidos y de solicitantes requeridos a subsanar, en el proceso de concurrencia competitiva para la obtención de las subvenciones al alquiler de vivienda en la Comunidad de Madrid convocadas para el año 2024, mediante Orden de 24 de octubre de 2024
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 169

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 17 DE JULIO DE 2025

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I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Vivienda,Transportes e Infraestructuras
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RESOLUCIÓN de 2 de julio de 2025, de la Dirección General de Vivienda y
Rehabilitación, por la que se aprueban los listados provisionales de solicitantes
admitidos y de solicitantes requeridos a subsanar, en el proceso de concurrencia
competitiva para la obtención de las subvenciones al alquiler de vivienda en la
Comunidad de Madrid convocadas para el año 2024, mediante Orden de 24 de
octubre de 2024.

Mediante la Orden de 24 de octubre de 2024 de la Consejería de Vivienda, Transportes e
Infraestructuras, se convocan subvenciones, para el año 2024, para la concesión de las ayudas
de los programas de ayuda al alquiler de vivienda y de ayuda a las personas jóvenes y para contribuir al reto demográfico previstas en el Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, por el que se
regula el Bono Alquiler Joven y el Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025.
De conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional de la citada Orden, que
faculta al titular de la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación para dictar cuantos
actos e instrucciones sean necesarios para el desarrollo y aplicación de lo dispuesto en la
misma, esta Dirección General de Vivienda y Rehabilitación,
RESUELVE
Primero
Aprobar los listados provisionales de solicitantes admitidos y de solicitantes requeridos a subsanar por no reunir los requisitos establecidos en la Orden 24 de octubre de 2024,
de convocatoria de subvenciones al alquiler para el año 2024, con indicación del motivo de
subsanación.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 11.5 de la citada Orden, dichos listados
serán publicados a efectos de su consulta en https://sede.comunidad.madrid con indicación
de los requisitos subsanables.

1. Los solicitantes incluidos en el listado de requeridos a subsanar dispondrán de un
plazo máximo de diez días hábiles para formular alegaciones, subsanar la solicitud y/o aportar la documentación preceptiva. En virtud de lo establecido el artículo 68 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, trascurrido dicho plazo sin que se subsane la solicitud o se aporte la documentación
preceptiva, se les tendrá por desistidos en su petición.
2. Las subsanaciones o alegaciones que se formulen se deberán cumplimentar en
modelo oficial telemático o presencial (3444FR1_24 o 3444FA4_24) con indicación del
número de expediente y se dirigirán a la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación
de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras.
Se recomienda su presentación por medios electrónicos, en los términos establecidos
en la Orden, si bien se podrán presentar en el Registro General de la Consejería o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, a 2 de julio de 2025.—El Consejero de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, P. D. (Orden de 27 de diciembre de 2023, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID de 2 de enero de 2024), la Directora General de Vivienda y Rehabilitación, María
José Piccio-Marchetti Prado.
(03/11.048/25)

http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20250717-22

Segundo