Madrid (BOCM-20250714-46)
Régimen económico. Área de Gobierno de Políticas de Vivienda. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 14 DE JULIO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 166

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
46

MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO

Área de Gobierno de Políticas de Vivienda
Extracto del Decreto de 7 de julio de 2025, del delegado del Área de Gobierno de Políticas de Vivienda, por el que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones 2025 con
destino a actuaciones de renovación de los edificios existentes de uso residencial vivienda
en el “Poblado Dirigido de Caño Roto”.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ).
BNDS: 845279
Primero. Objeto.—La finalidad de las subvenciones objeto de la presente convocatoria es el fomento de las actuaciones de renovación en el ámbito denominado “Poblado Dirigido de Caño Roto”, por la especial vulnerabilidad socio-económica detectada en el ámbito y el deficiente estado constructivo de sus edificaciones.
Segundo. Bases reguladoras.—Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la
concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos,
aprobada por Acuerdo de 30 de octubre de 2013 del Pleno del Ayuntamiento de Madrid y
el Decreto de 7 de julio de 2025, del delegado del Área de Gobierno de Políticas de Vivienda, por el que se aprueba convocatoria pública de subvenciones 2025 con destino a actuaciones de renovación de los edificios existentes de uso residencial vivienda en el “Poblado
Dirigido de Caño Roto”.
Tercero. Beneficiarios.—Podrán ser beneficiarios las personas físicas propietarias de
edificios residenciales de uso vivienda, en categoría unifamiliar y promotoras de las actuaciones. En caso de existir varios propietarios, se deberá designar entre ellos al promotor y
responsable de la obra.
Cuarto. Cuantía.—La cuantía total de la convocatoria asciende a 500.000,00 de
euros, distribuidos:
ANUALIDAD

IMPORTE

2025

150.000,00 €
350.000,00 €
TOTAL

500.000,00 €

Las ayudas objeto de esta convocatoria consistirán en un porcentaje sobre el presupuesto protegible, en función del tipo de actuación subvencionable, todo ello de conformidad con lo regulado en el apartado 21 de la convocatoria y en el Anexo de la misma.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo para presentación de las solicitudes de subvenciones objeto de esta convocatoria, comprenderá el periodo temporal
que se inicia el día siguiente al de la publicación de la misma en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID y finaliza a los tres meses de su publicación. En el caso de que
no coincidiera el día en que se efectuaran las publicaciones indicadas en el punto 1 de este
apartado, el plazo se contará desde el día siguiente al de la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Sexto. Órganos competentes.—Los órganos competentes para la instrucción y la
resolución del procedimiento regulado en la convocatoria serán respectivamente la persona titular de la Dirección General de Políticas de Vivienda y Rehabilitación y el delegado
del Área de Gobierno de Políticas de Vivienda.

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