Collado Villalba (BOCM-20250711-52)
Urbanismo. Plan general
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 164
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 11 DE JULIO DE 2025
Pág. 163
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
52
COLLADO VILLALBA
URBANISMO
BOCM-20250711-52
El Pleno del Ayuntamiento en sesión ordinaria celebrada el día 26 de junio de 2025,
adoptó entre otros, el siguiente acuerdo:
Primero.—Aprobar el siguiente criterio interpretativo del concepto dudoso del Plan
General de Collado Villalba:
Relativo a aspectos limitantes en el cambio o la intensificación de usos de vivienda en
los edificios existentes:
— Si el proyectista justifica la imposibilidad de cumplir con lo establecido en el
PGOUCV y, bajo su responsabilidad y previa conformidad del promotor, adopta soluciones alternativas distintas a las soluciones técnicas basadas en DB HS 3, apartados 3.1.1.3 y 3.2.5.2, debe justificar documentalmente que la solución proyectada
cumple las exigencias básicas del CTE en esta materia, porque sus prestaciones son,
al menos, equivalentes a los que se obtendrían por la aplicación de las prescripciones referidas del citado DB HS 3; por lo que se deberá definir los diferentes procesos con su adecuado diseño y dimensionamiento con indicación de las acción en el
orden y proporciones correctas para lograr su máxima eficacia y durabilidad.
— Para los productos y equipos que se presenten como solución alternativa a los procedimientos y soluciones técnicas prescritas en el Documento Básico analizado,
se estará a lo dispuesto en el artículo 5.2 del CTE, parte I.
— Esta propuesta en relación a permitir la solución alternativa de la instalación de
campanas con filtros de carbón activado, es aplicable solo para la instalación de
cocina en los cambios de uso a vivienda, siempre que no sea posible la extracción
mediante conducto independiente directo a cubierta, en edificios existentes y
siempre y cuando se cumpla el resto de condicionantes que podrían permitir el
cambio de uso según la normativa sectorial y urbanística aplicable.
— No es de aplicación en las promociones de obra nueva de uso de vivienda, edificaciones que deberán cumplir la exigencia básica HS 3: Calidad del aire interior del
Documento Básico “DB-HS Salubridad”, apartado 3.1.1.3, que hace obligatorio
que se instalen campanas extractoras conectadas a un conducto de extracción vertical hasta cubierta.
Segundo.—Incorporar el criterio aprobado al documento de Plan General como anotación complementaria de la determinación que se interpreta.
Tercero.—Este criterio interpretativo será aplicable excepcionalmente a los casos que se
encuentren en tramitación, adjuntando justificación específica a cada caso en el informe técnico, y de forma general, a los proyectos que se presenten una vez este haya sido publicado.
Cuarto.—Acordar que el presente acuerdo sea publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID y en la página web municipal.
Collado Villalba, a 1 de julio de 2025.—La alcaldesa, María Dolores Vargas Fernández.
(03/10.858/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 164
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VIERNES 11 DE JULIO DE 2025
Pág. 163
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52
COLLADO VILLALBA
URBANISMO
BOCM-20250711-52
El Pleno del Ayuntamiento en sesión ordinaria celebrada el día 26 de junio de 2025,
adoptó entre otros, el siguiente acuerdo:
Primero.—Aprobar el siguiente criterio interpretativo del concepto dudoso del Plan
General de Collado Villalba:
Relativo a aspectos limitantes en el cambio o la intensificación de usos de vivienda en
los edificios existentes:
— Si el proyectista justifica la imposibilidad de cumplir con lo establecido en el
PGOUCV y, bajo su responsabilidad y previa conformidad del promotor, adopta soluciones alternativas distintas a las soluciones técnicas basadas en DB HS 3, apartados 3.1.1.3 y 3.2.5.2, debe justificar documentalmente que la solución proyectada
cumple las exigencias básicas del CTE en esta materia, porque sus prestaciones son,
al menos, equivalentes a los que se obtendrían por la aplicación de las prescripciones referidas del citado DB HS 3; por lo que se deberá definir los diferentes procesos con su adecuado diseño y dimensionamiento con indicación de las acción en el
orden y proporciones correctas para lograr su máxima eficacia y durabilidad.
— Para los productos y equipos que se presenten como solución alternativa a los procedimientos y soluciones técnicas prescritas en el Documento Básico analizado,
se estará a lo dispuesto en el artículo 5.2 del CTE, parte I.
— Esta propuesta en relación a permitir la solución alternativa de la instalación de
campanas con filtros de carbón activado, es aplicable solo para la instalación de
cocina en los cambios de uso a vivienda, siempre que no sea posible la extracción
mediante conducto independiente directo a cubierta, en edificios existentes y
siempre y cuando se cumpla el resto de condicionantes que podrían permitir el
cambio de uso según la normativa sectorial y urbanística aplicable.
— No es de aplicación en las promociones de obra nueva de uso de vivienda, edificaciones que deberán cumplir la exigencia básica HS 3: Calidad del aire interior del
Documento Básico “DB-HS Salubridad”, apartado 3.1.1.3, que hace obligatorio
que se instalen campanas extractoras conectadas a un conducto de extracción vertical hasta cubierta.
Segundo.—Incorporar el criterio aprobado al documento de Plan General como anotación complementaria de la determinación que se interpreta.
Tercero.—Este criterio interpretativo será aplicable excepcionalmente a los casos que se
encuentren en tramitación, adjuntando justificación específica a cada caso en el informe técnico, y de forma general, a los proyectos que se presenten una vez este haya sido publicado.
Cuarto.—Acordar que el presente acuerdo sea publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID y en la página web municipal.
Collado Villalba, a 1 de julio de 2025.—La alcaldesa, María Dolores Vargas Fernández.
(03/10.858/25)
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ISSN 1989-4791