Getafe (BOCM-20250711-56)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 164
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 11 DE JULIO DE 2025
Pág. 167
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
56
GETAFE
RÉGIMEN ECONÓMICO
Extracto convocatoria ayuda deportistas individuales de Getafe para el ejercicio 2025.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/843248 ).
Convocatoria de ayudas a deportistas individuales de Getafe para el ejercicio 2025.
Objeto.—Es objeto de la presente convocatoria conceder ayudas para el ejercicio 2025,
a deportistas individuales empadronados en Getafe, para la mejora y perfeccionamiento de
estos, que destaquen por los resultados obtenidos en el año 2024, en su participación en
competiciones oficiales de las distintas modalidades deportivas reconocidas como deportes
individuales, que soliciten participar en la referida convocatoria.
Segunda. Requisitos de los beneficiarios.—Podrán beneficiarse de las ayudas previstas
en esta convocatoria los deportistas que reúnan los siguientes requisitos:
1. Estar inscritos en el padrón municipal del Ayuntamiento de Getafe, al menos,
desde el 1 de enero de 2024.
2. Disponer de licencia en vigor por alguna federación deportiva, al menos, desde el 1
de enero de 2024, en el deporte para el que solicita la ayuda.
3. No estar cumpliendo sanción firme por infracción disciplinaria o administrativa
en materia deportiva, calificada como grave o muy grave.
4. Tener más de ocho años y realizar un deporte de competición en modalidad individual de cualquier especialidad deportiva que sea olímpica o no siéndolo esté reconocida
por el Comité Olímpico Español.
5. Mantener todos los anteriores requisitos, al menos, hasta la fecha de concesión de
la ayuda.
6. Formular solicitud en el plazo determinado, aportando la documentación exigida
en la convocatoria.
7. Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y no tributarias con el
Ayuntamiento de Getafe, así como con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y la Seguridad Social. En relación a las obligaciones tributarias y no tributarias con
el Ayuntamiento de Getafe, el solicitante deberá asegurarse con carácter previo de que
no tiene deudas pendientes, ya que el requisito se deberá cumplir a la finalización del
plazo de presentación de instancias.
De forma específica, para los menores de edad o personas con reconocimiento legal de
discapacidad, será el representante legal el que deba cumplir con este requisito.
Tercera. Exclusiones.—Quedarán excluidos de esta convocatoria los deportistas
cuya especialidad consista en:
a) Deportes de equipo.
b) Relevos.
c) Competiciones de dobles o por parejas, excepto en la categoría denominada “deporte adaptado honorífico”, en cuyo caso, podrán concurrir al mismo, deportistas
individuales que hayan participado en competiciones de dobles o por parejas.
Asimismo, las competiciones correspondientes a gremios profesionales:
a) Policías.
b) Bomberos.
c) Militares.
d) Otros.
BOCM-20250711-56
BDNS (Identif.): 843248
B.O.C.M. Núm. 164
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 11 DE JULIO DE 2025
Pág. 167
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
56
GETAFE
RÉGIMEN ECONÓMICO
Extracto convocatoria ayuda deportistas individuales de Getafe para el ejercicio 2025.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/843248 ).
Convocatoria de ayudas a deportistas individuales de Getafe para el ejercicio 2025.
Objeto.—Es objeto de la presente convocatoria conceder ayudas para el ejercicio 2025,
a deportistas individuales empadronados en Getafe, para la mejora y perfeccionamiento de
estos, que destaquen por los resultados obtenidos en el año 2024, en su participación en
competiciones oficiales de las distintas modalidades deportivas reconocidas como deportes
individuales, que soliciten participar en la referida convocatoria.
Segunda. Requisitos de los beneficiarios.—Podrán beneficiarse de las ayudas previstas
en esta convocatoria los deportistas que reúnan los siguientes requisitos:
1. Estar inscritos en el padrón municipal del Ayuntamiento de Getafe, al menos,
desde el 1 de enero de 2024.
2. Disponer de licencia en vigor por alguna federación deportiva, al menos, desde el 1
de enero de 2024, en el deporte para el que solicita la ayuda.
3. No estar cumpliendo sanción firme por infracción disciplinaria o administrativa
en materia deportiva, calificada como grave o muy grave.
4. Tener más de ocho años y realizar un deporte de competición en modalidad individual de cualquier especialidad deportiva que sea olímpica o no siéndolo esté reconocida
por el Comité Olímpico Español.
5. Mantener todos los anteriores requisitos, al menos, hasta la fecha de concesión de
la ayuda.
6. Formular solicitud en el plazo determinado, aportando la documentación exigida
en la convocatoria.
7. Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y no tributarias con el
Ayuntamiento de Getafe, así como con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y la Seguridad Social. En relación a las obligaciones tributarias y no tributarias con
el Ayuntamiento de Getafe, el solicitante deberá asegurarse con carácter previo de que
no tiene deudas pendientes, ya que el requisito se deberá cumplir a la finalización del
plazo de presentación de instancias.
De forma específica, para los menores de edad o personas con reconocimiento legal de
discapacidad, será el representante legal el que deba cumplir con este requisito.
Tercera. Exclusiones.—Quedarán excluidos de esta convocatoria los deportistas
cuya especialidad consista en:
a) Deportes de equipo.
b) Relevos.
c) Competiciones de dobles o por parejas, excepto en la categoría denominada “deporte adaptado honorífico”, en cuyo caso, podrán concurrir al mismo, deportistas
individuales que hayan participado en competiciones de dobles o por parejas.
Asimismo, las competiciones correspondientes a gremios profesionales:
a) Policías.
b) Bomberos.
c) Militares.
d) Otros.
BOCM-20250711-56
BDNS (Identif.): 843248