A) Disposiciones Generales - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20250711-1)
Creación centro docente –  Decreto 41/2025 de 9 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se crea un colegio de Educación Infantil, Primaria y Educación Secundaria Obligatoria, en el Distrito de Vicálvaro, sito en el municipio de Madrid, para el curso escolar 2025-2026
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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VIERNES 11 DE JULIO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 164

procedimiento para la selección, nombramiento y cese de directores de centros docentes públicos de la Comunidad de Madrid en los que se imparten enseñanzas escolares.
2. El proceso de elección y constitución del Consejo Escolar, en tanto en cuanto no
se impartan enseñanzas de Educación Secundaria Obligatoria, se realizará de conformidad
con lo establecido en el Reglamento Orgánico de las Escuelas de Educación Infantil y de
los Colegios de Educación Primaria, aprobado por Real Decreto 82/1996, de 26 de enero.
3. En el curso escolar en el que se impartan en este centro, por primera vez, enseñanzas de Educación Secundaria Obligatoria, en relación con la organización y funcionamiento, se estará a lo dispuesto en el capítulo II de la Orden 1017/2015, de 15 de abril, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se autoriza a tres colegios de
Educación Infantil y Primaria a impartir Educación Secundaria Obligatoria y se dan instrucciones para la aplicación de la normativa de organización y funcionamiento en los centros
docentes públicos que imparten dichas enseñanzas.
4. El claustro de profesores del centro se constituirá con el personal docente que
preste servicio en el mismo.
Tercero
Incorporación al Programa Bilingüe de la Comunidad de Madrid
El nuevo colegio de Educación Infantil, Primaria y Educación Secundaria Obligatoria,
creado por el presente Decreto, pasará a formar parte del Programa Bilingüe de la Comunidad de Madrid.
Cuarto
Entrada en funcionamiento
El nuevo centro que se crea en el presente Decreto entrará en funcionamiento en el curso escolar 2025-2026.
Quinto
Habilitación
Se autoriza a la consejería competente en materia de educación a adoptar las medidas
necesarias para la ejecución del presente Decreto.
Sexto
Efectos
El presente Decreto producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 9 de julio de 2025.
El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades,
EMILIO VICIANA DURO
La Presidenta,
ISABEL DÍAZ AYUSO

BOCM-20250711-1

(03/11.396/25)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791