Fuente el Saz de Jarama (BOCM-20250710-76)
Régimen económico. Padrón fiscal
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 163
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 10 DE JULIO DE 2025
Pág. 247
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
76
FUENTE EL SAZ DE JARAMA
RÉGIMEN ECONÓMICO
Anuncio de notificación colectiva de las liquidaciones por recibo del Impuesto sobre
Actividades Económicas, ejercicio 2025 y anuncio de cobranza relativo ha dicho impuesto
y período.
Notificación colectiva de liquidaciones por recibo
Por resolución de Alcaldía, ha sido aprobado el padrón del Impuesto Sobre Actividades
Económicas, ejercicio 2025, que estará expuesto al público en las oficinas municipales del
Servicio de Rentas y Recaudación, situadas en el Ayuntamiento (plaza de la Villa, número 1,
Fuente el Saz de Jarama, Madrid, en horario de lunes a viernes, de 9:00 a 14:00). El período
de exposición pública será de quince días contados desde el siguiente al de publicación de este
anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, durante el cual los interesados podrán examinar el padrón y formular alegaciones que estimen oportunas.
Al amparo de lo previsto en el artículo 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo, del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, contra las liquidaciones por recibo comprendidas en el padrón podrá formularse recurso de reposición,
previo al contencioso-administrativo, ante la alcaldesa-presidenta, en el plazo de un mes a
partir del día siguiente al de finalización de la exposición pública.
En cumplimiento del artículo 102.3 de la Ley General Tributaria, el presente edicto se publica para advertir que las liquidaciones por recibo del impuesto referenciado, ejercicio 2025,
se notifican colectivamente, entendiéndose realizadas las notificaciones el día en que termine
la exposición pública del padrón.
Para dar cumplimento a lo previsto en el artículo 14 del Reglamento General de Recaudación, se publica este anuncio para dar a conocer el calendario fiscal del impuesto arriba reseñado.
El período de cobro voluntario se fija desde el día 1 de septiembre al 31 de octubre de 2025,
ambos inclusive. El cargo en cuenta de los recibos domiciliados se efectuará el día 24 de octubre de 2025.
Los pagos deberán efectuarse exclusivamente en la entidad bancaria CaixaBank, S. A.,
previa presentación del juego de impresos en cualquiera de las oficinas principales o sucursales, durante los días y horarios hábiles de ingreso que tales entidades tienen establecidos.
También podrá efectuar el pago a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento.
Los contribuyentes que no reciban el mencionado juego de impresos pueden dirigirse
a las oficinas del Servicio de Rentas y Recaudación de este Ayuntamiento, donde se les expedirá un duplicado u obtener el mismo a través de la Sede Electrónica.
Vencido el plazo en período voluntario sin que se haya satisfecho la deuda, se iniciará el período ejecutivo, de acuerdo con lo establecido en los artículos 26, 28 y 161 de la
Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, lo que determinará la exigencia de
los intereses de demora, así como los recargos que correspondan y, en su caso, de las costas del procedimiento de apremio.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Fuente el Saz de Jarama, a 1 de julio de 2025.—La alcaldesa, María José Moñino Muñoz.
(01/10.790/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20250710-76
Anuncio de cobranza de las liquidaciones por recibo
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AYUNTAMIENTO DE
76
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RÉGIMEN ECONÓMICO
Anuncio de notificación colectiva de las liquidaciones por recibo del Impuesto sobre
Actividades Económicas, ejercicio 2025 y anuncio de cobranza relativo ha dicho impuesto
y período.
Notificación colectiva de liquidaciones por recibo
Por resolución de Alcaldía, ha sido aprobado el padrón del Impuesto Sobre Actividades
Económicas, ejercicio 2025, que estará expuesto al público en las oficinas municipales del
Servicio de Rentas y Recaudación, situadas en el Ayuntamiento (plaza de la Villa, número 1,
Fuente el Saz de Jarama, Madrid, en horario de lunes a viernes, de 9:00 a 14:00). El período
de exposición pública será de quince días contados desde el siguiente al de publicación de este
anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, durante el cual los interesados podrán examinar el padrón y formular alegaciones que estimen oportunas.
Al amparo de lo previsto en el artículo 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo, del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, contra las liquidaciones por recibo comprendidas en el padrón podrá formularse recurso de reposición,
previo al contencioso-administrativo, ante la alcaldesa-presidenta, en el plazo de un mes a
partir del día siguiente al de finalización de la exposición pública.
En cumplimiento del artículo 102.3 de la Ley General Tributaria, el presente edicto se publica para advertir que las liquidaciones por recibo del impuesto referenciado, ejercicio 2025,
se notifican colectivamente, entendiéndose realizadas las notificaciones el día en que termine
la exposición pública del padrón.
Para dar cumplimento a lo previsto en el artículo 14 del Reglamento General de Recaudación, se publica este anuncio para dar a conocer el calendario fiscal del impuesto arriba reseñado.
El período de cobro voluntario se fija desde el día 1 de septiembre al 31 de octubre de 2025,
ambos inclusive. El cargo en cuenta de los recibos domiciliados se efectuará el día 24 de octubre de 2025.
Los pagos deberán efectuarse exclusivamente en la entidad bancaria CaixaBank, S. A.,
previa presentación del juego de impresos en cualquiera de las oficinas principales o sucursales, durante los días y horarios hábiles de ingreso que tales entidades tienen establecidos.
También podrá efectuar el pago a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento.
Los contribuyentes que no reciban el mencionado juego de impresos pueden dirigirse
a las oficinas del Servicio de Rentas y Recaudación de este Ayuntamiento, donde se les expedirá un duplicado u obtener el mismo a través de la Sede Electrónica.
Vencido el plazo en período voluntario sin que se haya satisfecho la deuda, se iniciará el período ejecutivo, de acuerdo con lo establecido en los artículos 26, 28 y 161 de la
Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, lo que determinará la exigencia de
los intereses de demora, así como los recargos que correspondan y, en su caso, de las costas del procedimiento de apremio.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Fuente el Saz de Jarama, a 1 de julio de 2025.—La alcaldesa, María José Moñino Muñoz.
(01/10.790/25)
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ISSN 1989-4791
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