Venturada (BOCM-20250710-101)
Organización y funcionamiento. Reglamento Fondo Acción Social
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 163

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 10 DE JULIO DE 2025

Pág. 303

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
101

VENTURADA
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

BOCM-20250710-101

Aprobado inicialmente en sesión ordinaria del Pleno de esta entidad, de fecha 13 de
junio de 2025, el Reglamento del Fondo de Acción Social del Ayuntamiento de Venturada,
se expone al público con audiencia a los interesados por plazo de treinta días desde la publicación de este anuncio, a los efectos de reclamaciones y sugerencias, en cumplimiento
de lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de
Régimen Local.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.
Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de esta Entidad
( http://venturada.sedelectronica.es ).
De conformidad con el acuerdo adoptado, de no presentarse reclamaciones o sugerencias en el mencionado plazo, el Reglamento del Fondo de Acción Social del Ayuntamiento
de Venturada se considerará aprobado definitivamente sin necesidad de acuerdo expreso por
el Pleno.
Venturada, a 30 de junio de 2025.—La alcaldesa, Carolina Folgueira Flores.
(03/10.805/25)

http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791