C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20250710-35)
Convocatoria subvenciones –  Orden 1488/2025, de 26 de junio, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se amplía el plazo máximo para resolver y notificar establecido en la Orden 2570/2024, de 26 de diciembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se establece la convocatoria de ayudas a empresas privadas para realizar actividades de teatro y danza en 2025
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 150

JUEVES 10 DE JULIO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 163

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
35

ORDEN 1488/2025, de 26 de junio, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se amplía el plazo máximo para resolver y notificar establecido en la Orden 2570/2024, de 26 de diciembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se establece la convocatoria de ayudas a empresas
privadas para realizar actividades de teatro y danza en 2025.

La Orden 2570/2024, de 26 de diciembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se establece la convocatoria de ayudas a empresas privadas para realizar
actividades de teatro y danza en 2025 prevé en su dispongo decimotercero que el plazo de
resolución del procedimiento de concesión será de seis meses a contar desde el último día
de plazo para la presentación de solicitudes.
La citada Orden 2570/2024 se publicó en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID el día 11 de febrero de 2025, por lo que el plazo máximo para presentar solicitudes finalizó el 4 de marzo de 2025.
En la tramitación de esta subvención concurren circunstancias extraordinarias derivadas de la gran complejidad y del gran número de solicitudes recibidas, que presentan las entidades en su solicitud de subvención, teniendo que comprobar que reúnen todos los requisitos establecidos en la convocatoria y la evaluación de los proyectos, resultando imposible
garantizar el cumplimiento del plazo máximo de resolución fijado en la misma.
Por su parte, el artículo 23.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, dispone que el órgano competente para resolver, a propuesta, en su caso, del órgano instructor o el superior jerárquico del órgano competente para resolver, podrá acordar de manera motivada la ampliación del plazo máximo de resolución y notificación, no pudiendo ser este superior al
establecido para la tramitación del procedimiento; así como que contra el acuerdo que resuelva sobre la ampliación de plazos, que deberá ser notificado a los interesados, no cabrá
recurso alguno.
Vistos los preceptos legales citados y demás normativa de pertinente aplicación,
DISPONGO
Artículo 1
Ampliación del plazo máximo para resolver y notificar los procedimientos de concesión
o denegación de subvenciones a empresas privadas para realizar actividades
de teatro y danza en 2025
Se amplía, en dos meses, el plazo máximo para resolver establecido en el dispongo decimotercero de la Orden 2570/2024, de 26 de diciembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se establece la convocatoria de ayudas a empresas privadas para
realizar actividades de teatro y danza en 2025, de manera que la fecha de finalización del
plazo máximo para resolver será el 4 de noviembre de 2025.
Artículo 2
Esta Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL
COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 26 de junio de 2025.

DE LA

El Consejero de Cultura, Turismo y Deporte,
MARIANO DE PACO SERRANO

(03/10.670/25)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20250710-35

Entrada en vigor