C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE DIGITALIZACIÓN (BOCM-20250710-28)
Bases premios Emprendimiento Digital – Orden 174/2025, de 27 de junio, de la Consejería de Digitalización, por la que se aprueban las bases reguladoras de los Premios Emprendimiento Digital Comunidad de Madrid en ejecución del Proyecto RETECH-Redes de Emprendimiento Digital en la Comunidad de Madrid (C13I1PRTR) y la convocatoria del año 2025 para la presentación de solicitudes por el procedimiento de concurrencia competitiva, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU (C13.I1.P11.S13)
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 163
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 10 DE JULIO DE 2025
Pág. 123
□
Otra documentación que se considere oportuno aportar:
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes
documentos (*):
NIF de la entidad y de la persona que ostente el poder de representación de la empresa
Certificado de estar al corriente de pago con la Seguridad Social (en la fase del procedimiento en que sea exigible según la
normativa aplicable).
(*) Puedes oponerte a la consulta por motivos que deberás justificar. En este caso, deberás aportar la documentación a cuya consulta te
has opuesto (artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas). Todo ello, sin perjuicio de la potestad de verificación de la Administración.
6.- Datos tributarios:
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes
documentos si lo autoriza expresamente. De lo contrario, deberá aportarlos al
procedimiento.
Autorizo
la
consulta
No autorizo la
consulta y
aporto el
documento
Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria
(AEAT)(*)
{
{
Certificado de estar al corriente de pago con la Comunidad de Madrid.
{
{
Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) (*)
{
{
(*) En la fase del procedimiento en que sea exigible según la normativa aplicable.
La autenticidad de este documento se puede comprobar en
https://gestiona.comunidad.madrid/csv
mediante el siguiente código seguro de verificación: 0982591483369804810593
□Me opongo a la consulta de los siguientes datos por los motivos que se expresan a continuación:
BOCM-20250710-28
El órgano instructor del procedimiento de concesión de la ayuda podrá solicitar, en su caso, informe a la Base de Datos
Nacional de Subvenciones (BDNS) sobre concesiones de otras ayudas para comprobar su compatibilidad; de
acumulación de ayudas de minimis, si las ayudas estuvieran acogidas a un régimen de minimis; y de inexistencia de
sanciones e inhabilitaciones que impidan adquirir la condición de beneficiario (artículo 24.3 a) de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones). Todo ello sin perjuicio de las declaraciones que deba presentar el solicitante
de la ayuda.
B.O.C.M. Núm. 163
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 10 DE JULIO DE 2025
Pág. 123
□
Otra documentación que se considere oportuno aportar:
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes
documentos (*):
NIF de la entidad y de la persona que ostente el poder de representación de la empresa
Certificado de estar al corriente de pago con la Seguridad Social (en la fase del procedimiento en que sea exigible según la
normativa aplicable).
(*) Puedes oponerte a la consulta por motivos que deberás justificar. En este caso, deberás aportar la documentación a cuya consulta te
has opuesto (artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas). Todo ello, sin perjuicio de la potestad de verificación de la Administración.
6.- Datos tributarios:
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes
documentos si lo autoriza expresamente. De lo contrario, deberá aportarlos al
procedimiento.
Autorizo
la
consulta
No autorizo la
consulta y
aporto el
documento
Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria
(AEAT)(*)
{
{
Certificado de estar al corriente de pago con la Comunidad de Madrid.
{
{
Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) (*)
{
{
(*) En la fase del procedimiento en que sea exigible según la normativa aplicable.
La autenticidad de este documento se puede comprobar en
https://gestiona.comunidad.madrid/csv
mediante el siguiente código seguro de verificación: 0982591483369804810593
□Me opongo a la consulta de los siguientes datos por los motivos que se expresan a continuación:
BOCM-20250710-28
El órgano instructor del procedimiento de concesión de la ayuda podrá solicitar, en su caso, informe a la Base de Datos
Nacional de Subvenciones (BDNS) sobre concesiones de otras ayudas para comprobar su compatibilidad; de
acumulación de ayudas de minimis, si las ayudas estuvieran acogidas a un régimen de minimis; y de inexistencia de
sanciones e inhabilitaciones que impidan adquirir la condición de beneficiario (artículo 24.3 a) de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones). Todo ello sin perjuicio de las declaraciones que deba presentar el solicitante
de la ayuda.