Algete (BOCM-20250709-64)
Urbanismo. Plan parcial
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BOCM
Pág. 280
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 9 DE JULIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 162
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
64
ALGETE
URBANISMO
D. Fernando Romo Raposo, alcalde-presidente de la villa de Algete, dicta el siguiente decreto de Alcaldía n.o 1467 de fecha 22 de mayo de 2025, sobre la aprobación inicial de
la modificación del Plan Parcial APR-1, Prado Norte. (Exp. Urb. 1093/2025)
RESOLUCIÓN
BOCM-20250709-64
Primero. Admitir a trámite y aprobar inicialmente, en los términos que figuran en el
expediente, la modificación puntual del Plan Parcial del APR-1 Prado Norte, que se ajusta
a las determinaciones del Plan General de Ordenación Urbana de Algete y a la legislación
urbanística vigente por iniciativa particular.
Previamente a la aprobación definitiva deberá subsanarse el error tipográfico detectado en el apartado 2.1 de la memoria.
Segundo. Someter el expediente al trámite de información pública, por el plazo de
un mes, mediante la inserción de anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID y en un periódico de los de mayor difusión para que puedan presentarse en el referido plazo las alegaciones que se estimen oportunas, y solicitar los informes de los órganos y entidades públicas previstos legalmente como preceptivos, de conformidad con lo
previsto en el artículo 57.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo, de la Comunidad
de Madrid, y preceptos concordantes
Tercero. Notificar individualmente a todas las personas propietarias afectadas, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4.b).1.o de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del
Suelo, de la Comunidad de Madrid.
Cuarto. Suspender en el ámbito de la modificación del Plan Parcial de conformidad
con lo dispuesto en los artículos 70.4 de la citada Ley 9/2001, de 17 de julio, y 120 del Reglamento de Planeamiento, aprobado por Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio, la tramitación de licencias y los efectos de las declaraciones responsables presentadas con posterioridad a la publicación del presente acuerdo que pudieran resultar afectadas por sus
determinaciones, con excepción de la primera ocupación y funcionamiento.
Quinto. Dese cuenta del presente decreto en el próximo Pleno que se celebre.
Lo que se somete al trámite de información pública por plazo de un mes, dando cumplimiento a lo establecido en los artículos, conforme así establecen los artículos 43.2.c).3)
y 48 del RD Ley del Suelo 7/2015 y artículo 108 RGU, quedando el expediente de manifiesto en el departamento de Urbanismo para que pueda ser examinado por cualquier interesado
previa petición de día y hora a través del Registro de Entrada del Ayuntamiento de Algete.
Lo que se publica para general conocimiento y a los efectos oportunos.
Algete, a 6 de junio de 2025.—El alcalde-presidente, Fernando Romo Raposo.
(02/9.366/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 280
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MIÉRCOLES 9 DE JULIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 162
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
64
ALGETE
URBANISMO
D. Fernando Romo Raposo, alcalde-presidente de la villa de Algete, dicta el siguiente decreto de Alcaldía n.o 1467 de fecha 22 de mayo de 2025, sobre la aprobación inicial de
la modificación del Plan Parcial APR-1, Prado Norte. (Exp. Urb. 1093/2025)
RESOLUCIÓN
BOCM-20250709-64
Primero. Admitir a trámite y aprobar inicialmente, en los términos que figuran en el
expediente, la modificación puntual del Plan Parcial del APR-1 Prado Norte, que se ajusta
a las determinaciones del Plan General de Ordenación Urbana de Algete y a la legislación
urbanística vigente por iniciativa particular.
Previamente a la aprobación definitiva deberá subsanarse el error tipográfico detectado en el apartado 2.1 de la memoria.
Segundo. Someter el expediente al trámite de información pública, por el plazo de
un mes, mediante la inserción de anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID y en un periódico de los de mayor difusión para que puedan presentarse en el referido plazo las alegaciones que se estimen oportunas, y solicitar los informes de los órganos y entidades públicas previstos legalmente como preceptivos, de conformidad con lo
previsto en el artículo 57.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo, de la Comunidad
de Madrid, y preceptos concordantes
Tercero. Notificar individualmente a todas las personas propietarias afectadas, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4.b).1.o de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del
Suelo, de la Comunidad de Madrid.
Cuarto. Suspender en el ámbito de la modificación del Plan Parcial de conformidad
con lo dispuesto en los artículos 70.4 de la citada Ley 9/2001, de 17 de julio, y 120 del Reglamento de Planeamiento, aprobado por Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio, la tramitación de licencias y los efectos de las declaraciones responsables presentadas con posterioridad a la publicación del presente acuerdo que pudieran resultar afectadas por sus
determinaciones, con excepción de la primera ocupación y funcionamiento.
Quinto. Dese cuenta del presente decreto en el próximo Pleno que se celebre.
Lo que se somete al trámite de información pública por plazo de un mes, dando cumplimiento a lo establecido en los artículos, conforme así establecen los artículos 43.2.c).3)
y 48 del RD Ley del Suelo 7/2015 y artículo 108 RGU, quedando el expediente de manifiesto en el departamento de Urbanismo para que pueda ser examinado por cualquier interesado
previa petición de día y hora a través del Registro de Entrada del Ayuntamiento de Algete.
Lo que se publica para general conocimiento y a los efectos oportunos.
Algete, a 6 de junio de 2025.—El alcalde-presidente, Fernando Romo Raposo.
(02/9.366/25)
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ISSN 1989-4791