Pozuelo de Alarcón (BOCM-20250709-84)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 162
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 9 DE JULIO DE 2025
Pág. 331
10. Orden de expedición y visto bueno de las certificaciones de las resoluciones de órganos
unipersonales y documentación obrante en la Concejalía.
11. Resolución de los recursos de reposición interpuestos contra resoluciones dictadas por
delegación en asuntos propios de la Concejalía.
12. Reconocimiento y liquidación de obligaciones derivadas de compromisos de gasto legalmente
adquiridos, de asuntos de su ámbito de competencia.
13. Autorizar y celebrar matrimonios.
2. AREA DE GOBIERNO DE ECONOMÍA, HACIENDA Y DIGITALIZACIÓN
Titular.- Dª Lucía Molares Pérez, Segunda Teniente de Alcalde.
Se atribuyen a esta Área de Gobierno los asuntos relativos a Economía, Hacienda, Presidencia,
Comunicación, Registro, Estadística, Atención al Ciudadano, Recursos Humanos, Formación,
Régimen Interior, Prevención, Comercio, Consumo, Empleo, Desarrollo Empresarial, Administración
Digital, Calidad e Innovación, Relaciones Institucionales y Proyectos Estratégicos..
2.1.
COMPETENCIAS DE LA TITULAR DEL ÁREA
Como responsable del Área de Gobierno le corresponde el ejercicio de las funciones
establecidas en el artículo 62 del Reglamento Orgánico de Gobierno y Administración del
Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón (ROGA) además del ejercicio de las siguientes competencias.
I.- En el ámbito de los asuntos correspondientes a los servicios y actividades de Economía y
Hacienda y, en su caso, del ámbito de su Área de Gobierno, le corresponden las siguientes:
1. Coordinación y gestión de los órganos y unidades administrativas que integran Economía y
Hacienda y dirección de su personal.
2. Coordinación de las relaciones con Intervención General, Órgano de Gestión Tributaria, Órgano
de Gestión Presupuestaria, Tesorería y Órgano de Contabilidad, sin perjuicio de las funciones
que legalmente correspondan a sus titulares.
3. Ejercicio de las acciones judiciales y administrativas en defensa del Ayuntamiento impartiendo
las directrices precisas para ello.
4. Formación del Presupuesto del Ayuntamiento y control de su ejecución así como elevación al
Pleno de la propuesta de aprobación de modificaciones de créditos.
5. Incoación, tramitación y resolución, en su caso, de cuantos expedientes sean propios de
Economía y Hacienda.
6. Reconocimiento y liquidación de obligaciones derivadas de compromisos de gasto legalmente
adquiridos en el ámbito de su Área de Gobierno que no estén delegadas en otros órganos.
7. Ordenación del pago de las obligaciones reconocidas y liquidadas.
8. Aprobación de las liquidaciones de ingresos, sin perjuicio de las que sean competencia del
Órgano de Gestión Tributaria.
9. Realización de las actuaciones administrativas derivadas de la ejecución de sentencias en el
ámbito de su Área de Gobierno
10. Resolver los procedimientos para la devolución de ingresos indebidos en el ámbito de su Área
de Gobierno, salvo los derivados de asuntos del ámbito de Seguridad y Policía Municipal.
11. Ordenación de la ejecución de las garantías depositadas en el ámbito de su Área de Gobierno.
12. Resolución sobre las modificaciones de crédito no atribuidas por la normativa al Pleno de la
Corporación.
13. Resolución sobre las órdenes de pago a justificar y la aprobación de su cuenta justificativa.
14. Expedición de certificados de empresa y cualquier declaración-liquidación ante otra
Administración Pública así como certificados de IRPF y de Seguros Sociales del personal al
servicio del Ayuntamiento.
1. Coordinación y gestión de los órganos y las unidades administrativas que integran Presidencia y
dirección de su personal.
2. Incoación, tramitación y resolución, en su caso, de cuantos expedientes sean propios del ámbito
de Presidencia.
BOCM-20250709-84
II.- En el ámbito de los asuntos correspondientes a los servicios y actividades de Presidencia le
corresponden las siguientes:
B.O.C.M. Núm. 162
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 9 DE JULIO DE 2025
Pág. 331
10. Orden de expedición y visto bueno de las certificaciones de las resoluciones de órganos
unipersonales y documentación obrante en la Concejalía.
11. Resolución de los recursos de reposición interpuestos contra resoluciones dictadas por
delegación en asuntos propios de la Concejalía.
12. Reconocimiento y liquidación de obligaciones derivadas de compromisos de gasto legalmente
adquiridos, de asuntos de su ámbito de competencia.
13. Autorizar y celebrar matrimonios.
2. AREA DE GOBIERNO DE ECONOMÍA, HACIENDA Y DIGITALIZACIÓN
Titular.- Dª Lucía Molares Pérez, Segunda Teniente de Alcalde.
Se atribuyen a esta Área de Gobierno los asuntos relativos a Economía, Hacienda, Presidencia,
Comunicación, Registro, Estadística, Atención al Ciudadano, Recursos Humanos, Formación,
Régimen Interior, Prevención, Comercio, Consumo, Empleo, Desarrollo Empresarial, Administración
Digital, Calidad e Innovación, Relaciones Institucionales y Proyectos Estratégicos..
2.1.
COMPETENCIAS DE LA TITULAR DEL ÁREA
Como responsable del Área de Gobierno le corresponde el ejercicio de las funciones
establecidas en el artículo 62 del Reglamento Orgánico de Gobierno y Administración del
Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón (ROGA) además del ejercicio de las siguientes competencias.
I.- En el ámbito de los asuntos correspondientes a los servicios y actividades de Economía y
Hacienda y, en su caso, del ámbito de su Área de Gobierno, le corresponden las siguientes:
1. Coordinación y gestión de los órganos y unidades administrativas que integran Economía y
Hacienda y dirección de su personal.
2. Coordinación de las relaciones con Intervención General, Órgano de Gestión Tributaria, Órgano
de Gestión Presupuestaria, Tesorería y Órgano de Contabilidad, sin perjuicio de las funciones
que legalmente correspondan a sus titulares.
3. Ejercicio de las acciones judiciales y administrativas en defensa del Ayuntamiento impartiendo
las directrices precisas para ello.
4. Formación del Presupuesto del Ayuntamiento y control de su ejecución así como elevación al
Pleno de la propuesta de aprobación de modificaciones de créditos.
5. Incoación, tramitación y resolución, en su caso, de cuantos expedientes sean propios de
Economía y Hacienda.
6. Reconocimiento y liquidación de obligaciones derivadas de compromisos de gasto legalmente
adquiridos en el ámbito de su Área de Gobierno que no estén delegadas en otros órganos.
7. Ordenación del pago de las obligaciones reconocidas y liquidadas.
8. Aprobación de las liquidaciones de ingresos, sin perjuicio de las que sean competencia del
Órgano de Gestión Tributaria.
9. Realización de las actuaciones administrativas derivadas de la ejecución de sentencias en el
ámbito de su Área de Gobierno
10. Resolver los procedimientos para la devolución de ingresos indebidos en el ámbito de su Área
de Gobierno, salvo los derivados de asuntos del ámbito de Seguridad y Policía Municipal.
11. Ordenación de la ejecución de las garantías depositadas en el ámbito de su Área de Gobierno.
12. Resolución sobre las modificaciones de crédito no atribuidas por la normativa al Pleno de la
Corporación.
13. Resolución sobre las órdenes de pago a justificar y la aprobación de su cuenta justificativa.
14. Expedición de certificados de empresa y cualquier declaración-liquidación ante otra
Administración Pública así como certificados de IRPF y de Seguros Sociales del personal al
servicio del Ayuntamiento.
1. Coordinación y gestión de los órganos y las unidades administrativas que integran Presidencia y
dirección de su personal.
2. Incoación, tramitación y resolución, en su caso, de cuantos expedientes sean propios del ámbito
de Presidencia.
BOCM-20250709-84
II.- En el ámbito de los asuntos correspondientes a los servicios y actividades de Presidencia le
corresponden las siguientes: