C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20250709-35)
Material de reproducción forestal – Orden 2712/2025, de 26 de junio, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se concede la autorización para cinco clones de Ulmus minor como materiales de bases para la producción de material forestal de reproducción de la categoría cualificado en la Comunidad de Madrid y se revoca la autorización para dos clones de Ulmus minor
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 162
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 9 DE JULIO DE 2025
Pág. 177
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
35
ORDEN 2712/2025, de 26 de junio, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se concede la autorización para cinco clones de Ulmus minor como materiales de bases para la producción de material forestal de
reproducción de la categoría cualificado en la Comunidad de Madrid y se revoca la autorización para dos clones de Ulmus minor.
El Real Decreto 289/2003, de 7 de marzo, sobre Comercialización de los Materiales
Forestales de Reproducción, incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva 1999/105/CE del Consejo, de 22 de diciembre de 1999, sobre la comercialización de los
materiales forestales de reproducción; y refunde y actualiza toda la normativa anterior sobre la materia. Este Real Decreto establece el procedimiento y los requisitos que han de
cumplir los materiales forestales de reproducción destinados a la comercialización de las
especies forestales y de sus híbridos artificiales que figuran en los anexos I y XII del mismo, con el objeto de garantizar su origen y calidad genética.
En el artículo 3.3 del Real Decreto 289/2003, de 7 de marzo, se establece que la autorización de los materiales de base para la producción de materiales forestales de reproducción se efectuará por el órgano competente de la respectiva comunidad autónoma, que comunicará dichos materiales de base a la Dirección General del Medio Natural y Política
Forestal. A su vez, en el artículo 7 se establece que la Dirección General del Medio Natural y Política Forestal elaborará el Registro Nacional de Materiales de Base y un resumen
del mismo, denominado Catálogo Nacional de Materiales de Base, que será publicado en el
“Boletín Oficial del Estado” y enviado a la Comisión Europea.
Mediante Orden 2714/2007, de 30 de octubre, de la Consejería de Medio Ambiente y
Ordenación del Territorio, se establece la relación de materiales de base para la producción
de materiales forestales de reproducción de la categoría identificados en la Comunidad de
Madrid.
Mediante Orden 1948/2013, de 4 de diciembre, de la Consejería de Medio Ambiente
y Ordenación del Territorio, se estableció la relación de materiales de base para la producción de material forestal de reproducción de la categoría cualificado en la Comunidad de
Madrid. A través de esta Orden se autorizaron por un período de 10 años, a contar desde el
día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,
siete nuevos clones de la especie Ulmus minor Mill. seleccionados por su resistencia a la
grafiosis (Ophiostoma novo-ulmi).
Transcurrido el plazo de autorización de diez años, y a solicitud de la Subdirección General de Política Forestal y Lucha contra la Desertificación del Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico (MITERD), a resultas de los estudios y ensayos realizados, se considera necesario conceder una autorización por un plazo de seis años para completar los estudios correspondientes a cinco de los clones de Ulmus minor, y revocar la autorización a dos clones, por presentar introgresión genética con la especie Ulmus pumila.
En su virtud, de acuerdo con el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de
Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, en relación con el Decreto 76/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid,
Primero
Autorización como materiales de base para la producción de materiales forestales
de reproducción de la categoría cualificados
Se concede por un período seis años la autorización como materiales de base para la producción de materiales forestales de reproducción de la categoría cualificados en la Comunidad de Madrid a los cinco clones de Ulmus minor que figuran en el Anexo I de esta Orden.
BOCM-20250709-35
RESUELVO
B.O.C.M. Núm. 162
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 9 DE JULIO DE 2025
Pág. 177
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
35
ORDEN 2712/2025, de 26 de junio, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se concede la autorización para cinco clones de Ulmus minor como materiales de bases para la producción de material forestal de
reproducción de la categoría cualificado en la Comunidad de Madrid y se revoca la autorización para dos clones de Ulmus minor.
El Real Decreto 289/2003, de 7 de marzo, sobre Comercialización de los Materiales
Forestales de Reproducción, incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva 1999/105/CE del Consejo, de 22 de diciembre de 1999, sobre la comercialización de los
materiales forestales de reproducción; y refunde y actualiza toda la normativa anterior sobre la materia. Este Real Decreto establece el procedimiento y los requisitos que han de
cumplir los materiales forestales de reproducción destinados a la comercialización de las
especies forestales y de sus híbridos artificiales que figuran en los anexos I y XII del mismo, con el objeto de garantizar su origen y calidad genética.
En el artículo 3.3 del Real Decreto 289/2003, de 7 de marzo, se establece que la autorización de los materiales de base para la producción de materiales forestales de reproducción se efectuará por el órgano competente de la respectiva comunidad autónoma, que comunicará dichos materiales de base a la Dirección General del Medio Natural y Política
Forestal. A su vez, en el artículo 7 se establece que la Dirección General del Medio Natural y Política Forestal elaborará el Registro Nacional de Materiales de Base y un resumen
del mismo, denominado Catálogo Nacional de Materiales de Base, que será publicado en el
“Boletín Oficial del Estado” y enviado a la Comisión Europea.
Mediante Orden 2714/2007, de 30 de octubre, de la Consejería de Medio Ambiente y
Ordenación del Territorio, se establece la relación de materiales de base para la producción
de materiales forestales de reproducción de la categoría identificados en la Comunidad de
Madrid.
Mediante Orden 1948/2013, de 4 de diciembre, de la Consejería de Medio Ambiente
y Ordenación del Territorio, se estableció la relación de materiales de base para la producción de material forestal de reproducción de la categoría cualificado en la Comunidad de
Madrid. A través de esta Orden se autorizaron por un período de 10 años, a contar desde el
día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,
siete nuevos clones de la especie Ulmus minor Mill. seleccionados por su resistencia a la
grafiosis (Ophiostoma novo-ulmi).
Transcurrido el plazo de autorización de diez años, y a solicitud de la Subdirección General de Política Forestal y Lucha contra la Desertificación del Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico (MITERD), a resultas de los estudios y ensayos realizados, se considera necesario conceder una autorización por un plazo de seis años para completar los estudios correspondientes a cinco de los clones de Ulmus minor, y revocar la autorización a dos clones, por presentar introgresión genética con la especie Ulmus pumila.
En su virtud, de acuerdo con el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de
Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, en relación con el Decreto 76/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid,
Primero
Autorización como materiales de base para la producción de materiales forestales
de reproducción de la categoría cualificados
Se concede por un período seis años la autorización como materiales de base para la producción de materiales forestales de reproducción de la categoría cualificados en la Comunidad de Madrid a los cinco clones de Ulmus minor que figuran en el Anexo I de esta Orden.
BOCM-20250709-35
RESUELVO