D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20250709-60)
Convenio – Adenda de 16 de junio de 2025, de prórroga del convenio entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales) y el Colegio Oficial de Trabajo Social de Madrid para la valoración de la idoneidad de los solicitantes de adopción internacional durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 162
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 9 DE JULIO DE 2025
Pág. 273
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
60
ADENDA de 16 de junio de 2025, de prórroga del convenio entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales) y el Colegio Oficial de Trabajo Social de Madrid para la valoración de la idoneidad
de los solicitantes de adopción internacional durante el período comprendido
entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026.
En Madrid, a 16 de junio de 2025.
REUNIDOS
De una parte, la Excma. Sra. Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales,
D.a Ana Dávila-Ponce de León Municio, en virtud del Decreto 46/2023, de 23 de junio, de
la Presidenta de la Comunidad de Madrid, para el ejercicio de las competencias que le otorga el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de
la Comunidad de Madrid y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, por el que
se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
De otra, D.a Belén Novillo García, Ilma. Sra. Decana del Colegio Oficial de Trabajo
Social de Madrid, actuando en representación del mismo en virtud de nombramiento inscrito en el Registro de Colegios Profesionales de la Comunidad de Madrid por Orden de 10
de julio de 2024 del Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local.
Ambas intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir la presente adenda de prórroga, y
EXPONEN
Primero
Que el día 14 de enero de 2020 se firmó el convenio entre la Comunidad de Madrid (a
través de la entonces Consejería de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad actualmente Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales) y el Colegio Oficial de Trabajo Social de Madrid para la valoración de la idoneidad de los solicitantes de adopción internacional con vigencia desde su firma hasta el 31 de diciembre de 2023.
Segundo
Tercero
Que todas las partes desean continuar colaborando en materia de apoyo a las tareas de
cooperación internacional relativas a la adopción, respecto al estudio, evaluación y elaboración de los informes necesarios para la valoración de los solicitantes de adopción internacional residentes en la Comunidad de Madrid.
BOCM-20250709-60
Que la cláusula decimoprimera del convenio contempla que las partes firmantes podrán acordar unánimemente su prórroga por un período de hasta cuatro años adicionales de
conformidad con lo establecido en el artículo 49.h).2.o de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público, y que la misma deberá tramitarse y formalizarse
con dos meses de antelación a la fecha de vencimiento del convenio o cualquiera de sus prórrogas. En virtud de la misma el convenio ha sido prorrogado en dos ocasiones:
— La primera adenda formalizada con fecha 6 de junio de 2023, para el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024.
— La segunda formalizada con fecha el 16 de octubre de 2024, para el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025.
B.O.C.M. Núm. 162
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 9 DE JULIO DE 2025
Pág. 273
I. COMUNIDAD DE MADRID
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60
ADENDA de 16 de junio de 2025, de prórroga del convenio entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales) y el Colegio Oficial de Trabajo Social de Madrid para la valoración de la idoneidad
de los solicitantes de adopción internacional durante el período comprendido
entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026.
En Madrid, a 16 de junio de 2025.
REUNIDOS
De una parte, la Excma. Sra. Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales,
D.a Ana Dávila-Ponce de León Municio, en virtud del Decreto 46/2023, de 23 de junio, de
la Presidenta de la Comunidad de Madrid, para el ejercicio de las competencias que le otorga el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de
la Comunidad de Madrid y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, por el que
se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
De otra, D.a Belén Novillo García, Ilma. Sra. Decana del Colegio Oficial de Trabajo
Social de Madrid, actuando en representación del mismo en virtud de nombramiento inscrito en el Registro de Colegios Profesionales de la Comunidad de Madrid por Orden de 10
de julio de 2024 del Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local.
Ambas intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir la presente adenda de prórroga, y
EXPONEN
Primero
Que el día 14 de enero de 2020 se firmó el convenio entre la Comunidad de Madrid (a
través de la entonces Consejería de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad actualmente Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales) y el Colegio Oficial de Trabajo Social de Madrid para la valoración de la idoneidad de los solicitantes de adopción internacional con vigencia desde su firma hasta el 31 de diciembre de 2023.
Segundo
Tercero
Que todas las partes desean continuar colaborando en materia de apoyo a las tareas de
cooperación internacional relativas a la adopción, respecto al estudio, evaluación y elaboración de los informes necesarios para la valoración de los solicitantes de adopción internacional residentes en la Comunidad de Madrid.
BOCM-20250709-60
Que la cláusula decimoprimera del convenio contempla que las partes firmantes podrán acordar unánimemente su prórroga por un período de hasta cuatro años adicionales de
conformidad con lo establecido en el artículo 49.h).2.o de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público, y que la misma deberá tramitarse y formalizarse
con dos meses de antelación a la fecha de vencimiento del convenio o cualquiera de sus prórrogas. En virtud de la misma el convenio ha sido prorrogado en dos ocasiones:
— La primera adenda formalizada con fecha 6 de junio de 2023, para el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024.
— La segunda formalizada con fecha el 16 de octubre de 2024, para el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025.