B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250709-21)
Bolsa trabajo temporal –  Resolución de 27 de junio de 2025, de la Dirección General de Función Pública, por la que se aprueba y publica la constitución del primer bloque de la bolsa de trabajo a efectos de contrataciones temporales de la categoría profesional de Técnico de Mantenimiento, Especialidad Vigilancia de Incendios Forestales (Grupo III, Nivel 5, Área B), de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 162

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 9 DE JULIO DE 2025

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COMUNIDAD DE MADRID número 31, de 6 de febrero de 2023) en todos los apartados
que sean de aplicación al primer bloque de las bolsas de trabajo permanentemente abiertas.
De acuerdo con lo expuesto, mediante Resolución de 14 de mayo de 2025, de la Dirección General de Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
número 121, de 22 de mayo), se hizo pública, como anexo a la misma, la relación de aspirantes remitida por el tribunal calificador de las reseñadas pruebas selectivas, que habían de ser
tomados en consideración a los efectos descritos en la base undécima anteriormente indicada,
y se requirió a los integrantes de aquella la presentación, en los términos previstos a tal fin en
dicha resolución, de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos de participación exigidos en la orden de convocatoria del expresado proceso selectivo.
En virtud de cuanto antecede, esta dirección general, en uso de las facultades que tiene atribuidas en el artículo 15 del Decreto 230/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de
Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 213, de 7 de
septiembre),
LA

RESUELVE
Primero
Aprobar y publicar, como anexo a la presente resolución, la constitución del primer
bloque de la bolsa de trabajo de personal laboral temporal de la categoría profesional de
Técnico de Mantenimiento, Especialidad Vigilancia de Incendios Forestales (Grupo III, Nivel 5, Área B), de la Comunidad de Madrid, derivado del proceso selectivo convocado por
la Orden 633/2021, de 23 de noviembre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
(BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 294, de 10 de diciembre). Esta
relación se encontrará disponible en el siguiente enlace de la sede electrónica de la Comunidad de Madrid: https://sede.comunidad.madrid/oferta-empleo/tecnico-vigilancia-incendioforestal-bi
Asimismo, esta información también se podrá consultar en la página web
https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/bolsas-unicas-permanentemente-abiertas
Segundo
De acuerdo con lo determinado en el artículo 45.4 del vigente Convenio Colectivo Único para el personal laboral de la administración de la Comunidad de Madrid (2025-2028), el
órgano gestor de la bolsa de trabajo será la Dirección General de Función Pública de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, a la que deberán dirigirse los órganos competentes
de las Consejerías, Organismos Autónomos o Entes, cuando, en su caso, corresponda.

La bolsa de trabajo contenida en el anexo de esta resolución entrará en vigor al día siguiente de la publicación de la misma en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, dejando sin efecto las que pudieran existir en la categoría profesional de Técnico
de Mantenimiento, Especialidad Vigilancia de Incendios Forestales (Grupo III, Nivel 5,
Área B) de la Comunidad de Madrid, todo ello en los términos establecidos en la Resolución de 12 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de
Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del Convenio Colectivo Único para el Personal Laboral al Servicio de la Administración de la Comunidad de
Madrid (2025-2028) y, en la Resolución de 24 de enero de 2023, de la Directora General de
Función Pública, por la que se dispone la publicación del Acuerdo de 19 de enero de 2023,
de la comisión paritaria de desarrollo, interpretación, vigilancia y aplicación del Convenio
Colectivo para el Personal Laboral al Servicio de la Administración de la Comunidad de
Madrid (2021-2024), por el que se establecen las condiciones de constitución y el procedimiento de gestión de las bolsas únicas permanentemente abiertas de trabajo temporal de
personal laboral.
Cuarto
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer, demanda, en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Social de
Madrid, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.4.a) en relación con el artículo 6.2.b)

BOCM-20250709-21

Tercero