D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20250708-35)
Convenio –  Convenio de 13 de junio de 2025, entre el Servicio Madrileño de Salud, el Colegio Oficial de Odontólogos y Estomatólogos de la Primera Región y la Fundación del Colegio de Odontólogos y Estomatólogos de Madrid para la asistencia sanitaria en materia de salud bucodental a la población infantil de 6 a 16 años en la Comunidad de Madrid
27 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 161

MARTES 8 DE JULIO DE 2025

Pág. 157

ANEXO I-B
ACUERDO DE ENCARGO DE TRATAMIENTO

En el presente acuerdo las partes fijan formalmente y por escrito los términos y
condiciones para regular el tratamiento de datos personales y la confidencialidad de la
información suministrada y creada entre ellas.
Tendrá la consideración de información confidencial toda la información susceptible de
ser revelada por escrito, de palabra o por cualquier otro medio o soporte, tangible o
intangible, actualmente conocido o que posibilite el estado de la técnica en el futuro,
intercambiada como consecuencia de este convenio.
Las partes se comprometen a mantener el compromiso de confidencialidad respecto a
la información y material facilitado y recibido en virtud del presente Convenio de forma
indefinida tras su finalización.
CONFIDENCIALIDAD
Las partes se obligan con respecto a la información y material que hayan podido recibir
como consecuencia de este convenio a:
a) Utilizar la información de forma reservada.
b) No divulgar ni comunicar la información facilitada o recibida, salvo resolución
motivada en los términos establecidos en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de
Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno y la Ley 10/2019, de
10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid.
c) Impedir la copia o revelación de esa información a terceros, salvo que goce de
aprobación escrita de las partes y únicamente en los términos de tal aprobación.
d) Se restringirá el acceso a la información a sus empleados y colaboradores, salvo en
la medida en que razonablemente puedan necesitarla para el cumplimiento de sus
tareas acordadas.
e) No utilizar la información o fragmentos de ésta para fines distintos de la ejecución
de este Convenio.
f) Cumplir con todos los términos fijados en el presente acuerdo y muy especialmente
aquellos relativos a las cláusulas sobre propiedad intelectual e industrial,
confidencialidad y obligación de secreto, manteniendo esta confidencialidad y evitando
revelar la información a toda persona que no sea empleado o subcontratado.

BOCM-20250708-35

Las partes serán responsables ante el incumplimiento de esta obligación, ya sea por
sus empleados, voluntarios o por subcontratados, etcétera.