C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20250707-16)
Plan de reequilibrio territorial –  Acuerdo de 25 de junio de 2025, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Plan 2025 de Reequilibrio Territorial y Lucha contra la Despoblación y se autoriza la concesión directa de una subvención al amparo del artículo 4.5, apartado c), de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, y un gasto por importe de 4.500.000 euros para su ejecución
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B.O.C.M. Núm. 160

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 7 DE JULIO DE 2025

el saldo migratorio en estos municipios en los últimos diez años. Se incluye también el criterio de porcentaje de vivienda no principal en el municipio como factor a considerar, ya que los municipios con porcentajes altos de viviendas no principales deben tener infraestructuras y dotaciones de servicios adecuados para una
población que no está empadronada en el municipio, no computando a efectos de
la participación del municipio en los tributos estatales y que en épocas puntuales
deben reforzar de forma considerable con respecto a las dotaciones habituales.
Asimismo, como novedad, este ejercicio se ha establecido un nuevo criterio siendo este la ratio de personas formadas entre el número de habitantes de los municipios designados como “Pueblos Transformadores”, por su participación en el
Proyecto RetoMadrID: “Reequilibrio Territorial en Madrid con Inclusión Digital”. Esta iniciativa, en colaboración entre la Comunidad de Madrid y la Universidad Politécnica de Madrid, tiene como objetivo implementar actuaciones de capacitación digital orientadas al reto demográfico, de acuerdo con lo establecido en
la Componente 19, Inversión 1 del PRTR, financiado por la Unión Europea, Next
Generation EU, cuya finalidad es el incremento de la capacitación digital de la ciudadanía en áreas clave para afrontar el reto demográfico. Este criterio se orienta a
facilitar la transición digital y reducir la brecha digital, contribuyendo al cumplimiento del equilibrio territorial. En particular, la capacitación digital se mide a través de la participación en actividades desarrolladas en el marco de la Componente 19, Inversión 1, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
(PRTR) de España, dentro del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la
Unión Europea, pudiendo obtener hasta 2 puntos.
Por ello, al igual que se ha realizado en el año 2024, se distribuirá un importe total
de 3.000.000 de euros entre todos los municipios que cumplan con el requisito de
población, en función de los criterios descritos.
b) En segundo lugar, la Línea de Lucha contra la Despoblación, que se concentra en
zonas concretas, que necesitan un apoyo económico adicional con el objetivo de
revertir la situación actual. Como continuación a los planes tramitados desde 2018
con la finalidad de fomentar el arraigo de la población en los municipios más despoblados de la región, se ha reformulado esta línea de ayudas adaptándola a la
evolución de las circunstancias y necesidades de estos municipios. Por ello, se
destinará un importe de 1.500.000 euros entre todos los municipios de población
inferior a 2.500 habitantes, para reforzar la cooperación económica en aquellas zonas que estén experimentando un mayor riesgo de desaparición a medio o largo
plazo, siendo sus consecuencias negativas para la economía y las perspectivas futuras al perder consumidores, mano de obra, atractivo para la inversión, masa crítica y economías de escala para la provisión de todo tipo de bienes y servicios, tanto privados como públicos. Se prestará especial atención a zonas con una densidad
de población inferior a 12,5 habitantes por kilómetro cuadrado (considerando la
cifra de 8 habitantes por kilómetro cuadrado como riesgo severo) y a aquellos municipios cuyo descenso medio de población haya sido de al menos un 1% en diez
años, criterios que la Unión Europea considera de riesgo demográfico.
Vista la Orden de 7 de marzo de 2024, del Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local para los años 2024 y 2025, que contempla la tramitación, en el período 2024 y 2025, del Plan de Reequilibrio Territorial y Lucha
contra la Despoblación dirigido a los municipios en los que concurren estas circunstancias
de vulnerabilidad y despoblación.
Visto el informe del Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local justificativo de la concurrencia de razones excepcionales de interés público, social y económico, que aconsejan y motivan la utilización del procedimiento de concesión directa de estas
ayudas, emitido en atención a lo dispuesto en el artículo 4.6 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid.
En su virtud, y de conformidad con lo dispuesto el artículo 4.5.c)2.o, de la Ley 2/1995,
de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid, y en el artículo 69.1.c) de la
Ley 9/1990, de 8 de noviembre, reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid en
relación con lo dispuesto en el artículo 46 de Ley 9/2024, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2025, a propuesta del Consejero de

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