B) Autoridades y Personal - CÁMARA DE CUENTAS DE LA COMUNIDAD DE MADRID (BOCM-20250707-10)
Concurso específico – Resolución de 25 de junio de 2025, del Presidente de la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid, por la que se hace público el Acuerdo del Consejo, de 25 de junio de 2025, por el que se resuelve la convocatoria para la provisión de puestos de trabajo por el sistema de concurso específico, aprobada por Acuerdo del Consejo de 28 de marzo de 2025 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 9 de abril de 2025)
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 160
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 7 DE JULIO DE 2025
Pág. 37
Tercero
BOCM-20250707-10
El presente acuerdo pone fin a la vía administrativa y contra el mismo podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes, ante el mismo
órgano que lo ha dictado (Consejo de la Cámara de Cuentas), o bien, directamente, recurso
contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el Tribunal Superior de Justicia
de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente a la publicación en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente.
Todo ello conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 46 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Madrid, a 25 de junio de 2025.—El Presidente, Joaquín Leguina Herrán.
B.O.C.M. Núm. 160
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 7 DE JULIO DE 2025
Pág. 37
Tercero
BOCM-20250707-10
El presente acuerdo pone fin a la vía administrativa y contra el mismo podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes, ante el mismo
órgano que lo ha dictado (Consejo de la Cámara de Cuentas), o bien, directamente, recurso
contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el Tribunal Superior de Justicia
de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente a la publicación en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente.
Todo ello conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 46 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Madrid, a 25 de junio de 2025.—El Presidente, Joaquín Leguina Herrán.