Fuenlabrada (BOCM-20250702-88)
Régimen económico. Cuenta general
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 2 DE JULIO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 156

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
88

FUENLABRADA

En el Departamento de Hacienda, en la Web Municipal de esta Corporación:
https://www.ayto-fuenlabrada.es/web/portal/tramites-de-informacion-y-consulta-publica/
(acceder a documentos sometidos a información pública/Área de Hacienda/Cuenta General)
y en el tablón de edictos electrónico del Ayuntamiento: https://sede.aytofuenlabrada.es/tablon-web/ , de acuerdo con lo establecido en el artículo 212 del Real
Decreto Legislativo 2/2004, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora
de las Haciendas Locales, se expone al público la “Cuenta General del ejercicio 2024 del
Ayuntamiento de Fuenlabrada”, integrada por:
— La del Ayuntamiento:
— La de los organismos autónomos dependientes de este Ayuntamiento que a continuación se relacionan:
• Patronato Municipal de Deportes.
• Patronato Municipal de Cultura.
• Instituto Municipal de Limpiezas y Servicios.
• Oficina Tributaria del Ayuntamiento de Fuenlabrada.
• Centro de Iniciativas para la Formación y el Empleo.
— La de las sociedades mercantiles de capital íntegramente propiedad de la Corporación,
siguientes:
• Fuenlabrada Medios de Comunicación, S. A.
• Empresa Municipal de Transportes de Fuenlabrada, S. A.
• Instituto Municipal de la Vivienda de Fuenlabrada, S. A.
• Animajoven, S. A.
• En Clave Joven, S. L. U.
Dictaminada favorablemente, por la Comisión Especial de Cuentas, de fecha 26 de junio de 2025, para su examen y formulación por escrito, de los reparos, reclamaciones u observaciones que procedan.
Para la impugnación de las cuentas se observará:
a) Plazo de exposición: quince días hábiles a partir del siguiente a la fecha de inserción
del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
b) Plazo de admisión: las reclamaciones, reparos u observaciones se admitirán durante el plazo anterior.
c) Oficina de presentación: Registro Electrónico General del Ayuntamiento y demás
lugares previstos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
d) Órgano ante el que se reclama: Pleno de la Corporación.
Se hace advertencia que, transcurrido el plazo establecido anteriormente, en ausencia
de reclamaciones, reparos u observaciones, no procederá la emisión de nuevo informe por
la Comisión Especial, según establece consulta de la IGAE N.o 6/1998, de 11/8/1998 y será
elevada al Pleno para su aprobación.
En Fuenlabrada, a 27 de junio de 2025.—La Secretaria General, María del Rocío Parra
Castejón.
(03/10.612/25)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

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