Villavieja del Lozoya (BOCM-20250702-107)
Organización y funcionamiento. Ordenanza fiscal
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 448
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 2 DE JULIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 156
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
107
VILLAVIEJA DEL LOZOYA
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
BOCM-20250702-107
Habiéndose instruido por los servicios competentes de esta Entidad expediente de modificación de la de la ordenanza fiscal ordenanza reguladora de los precios públicos para la
prestación del servicio de actividades deportivas y campamentos, el Pleno de esta Entidad,
en sesión ordinaria celebrada el día 19 de junio de 2025, acordó la aprobación provisional
de la referida ordenanza fiscal.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar
desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Comunidad
de Madrid, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará
aprobado definitivamente dicho Acuerdo.
Villavieja del Lozoya, a 19 de junio de 2025.—La alcaldesa, Aránzazu Reguera
Carretero.
(03/10.281/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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VILLAVIEJA DEL LOZOYA
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
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Habiéndose instruido por los servicios competentes de esta Entidad expediente de modificación de la de la ordenanza fiscal ordenanza reguladora de los precios públicos para la
prestación del servicio de actividades deportivas y campamentos, el Pleno de esta Entidad,
en sesión ordinaria celebrada el día 19 de junio de 2025, acordó la aprobación provisional
de la referida ordenanza fiscal.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar
desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Comunidad
de Madrid, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará
aprobado definitivamente dicho Acuerdo.
Villavieja del Lozoya, a 19 de junio de 2025.—La alcaldesa, Aránzazu Reguera
Carretero.
(03/10.281/25)
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ISSN 1989-4791