C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250702-36)
Extracto convocatoria subvenciones – Extracto de la Orden de 26 de junio de 2025, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan subvenciones para la financiación de certificados profesionales, dirigidas prioritariamente a trabajadores desempleados, a realizar por entidades de formación, para el año 2025
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 156
MIÉRCOLES 2 DE JULIO DE 2025
Pág. 173
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
36
EXTRACTO de la Orden de 26 de junio de 2025, de la Consejería de Economía,
Hacienda y Empleo, por la que se convocan subvenciones para la financiación
de certificados profesionales, dirigidas prioritariamente a trabajadores desempleados, a realizar por entidades de formación, para el año 2025.
BDNS: 842859
De conformidad con lo previsto en el artículo 17.3.b y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
http://www.infosubvenciones.es/bdnstrans y en la página http://www.comunidad.madrid .
Primero
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios los centros que imparten ofertas del Sistema de Formación Profesional español de acuerdo a lo establecido para los grados A, B y C en el Título VIII del
Real Decreto 659/2023, de 18 de julio; en el artículo 7 de la Orden EFP/942/2022, de 23 de
septiembre.
Las entidades de formación tendrán que estar acreditadas en el Registro de Entidades
de Formación Profesional para el Empleo de la Comunidad de Madrid.
Las entidades de formación solicitantes de subvención no deberán estar incursas en las
prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y deberán disponer en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid,
de centros de formación acreditados.
Segundo
Objeto
Se convocan para el año 2025, en régimen de concurrencia competitiva, una línea específica de formación para personas con necesidades formativas especiales (personas con
capacidad intelectual límite, discapacidad intelectual leve o discapacidad intelectual moderada), con el objeto de subvencionar certificados profesionales, impartidos en modalidad
presencial.
Tercero
Bases reguladoras
Las bases por las que se regula la concesión de subvenciones para financiar la impartición de certificados profesionales, dirigidos prioritariamente a trabajadores desempleados, del sistema de formación profesional se encuentran recogidas en la Orden
EFP/942/2022, de 23 de septiembre, publicada en el “Boletín Oficial del Estado” número 239, de 5 de octubre de 2022.
Cuantía
Para la financiación de esta convocatoria se destinarán créditos presupuestarios que se
imputarán al programa 241A-Formación para el empleo, subconcepto 49103, de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2025.
La cuantía máxima para esta línea de subvención queda estimada en 4.000.000,00
euros, financiados por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.
BOCM-20250702-36
Cuarto
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 156
MIÉRCOLES 2 DE JULIO DE 2025
Pág. 173
I. COMUNIDAD DE MADRID
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Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
36
EXTRACTO de la Orden de 26 de junio de 2025, de la Consejería de Economía,
Hacienda y Empleo, por la que se convocan subvenciones para la financiación
de certificados profesionales, dirigidas prioritariamente a trabajadores desempleados, a realizar por entidades de formación, para el año 2025.
BDNS: 842859
De conformidad con lo previsto en el artículo 17.3.b y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
http://www.infosubvenciones.es/bdnstrans y en la página http://www.comunidad.madrid .
Primero
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios los centros que imparten ofertas del Sistema de Formación Profesional español de acuerdo a lo establecido para los grados A, B y C en el Título VIII del
Real Decreto 659/2023, de 18 de julio; en el artículo 7 de la Orden EFP/942/2022, de 23 de
septiembre.
Las entidades de formación tendrán que estar acreditadas en el Registro de Entidades
de Formación Profesional para el Empleo de la Comunidad de Madrid.
Las entidades de formación solicitantes de subvención no deberán estar incursas en las
prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y deberán disponer en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid,
de centros de formación acreditados.
Segundo
Objeto
Se convocan para el año 2025, en régimen de concurrencia competitiva, una línea específica de formación para personas con necesidades formativas especiales (personas con
capacidad intelectual límite, discapacidad intelectual leve o discapacidad intelectual moderada), con el objeto de subvencionar certificados profesionales, impartidos en modalidad
presencial.
Tercero
Bases reguladoras
Las bases por las que se regula la concesión de subvenciones para financiar la impartición de certificados profesionales, dirigidos prioritariamente a trabajadores desempleados, del sistema de formación profesional se encuentran recogidas en la Orden
EFP/942/2022, de 23 de septiembre, publicada en el “Boletín Oficial del Estado” número 239, de 5 de octubre de 2022.
Cuantía
Para la financiación de esta convocatoria se destinarán créditos presupuestarios que se
imputarán al programa 241A-Formación para el empleo, subconcepto 49103, de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2025.
La cuantía máxima para esta línea de subvención queda estimada en 4.000.000,00
euros, financiados por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.
BOCM-20250702-36
Cuarto