D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO - INSTITUTO REGIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (BOCM-20250702-52)
Convenio – Convenio de 18 de junio de 2025, entre la Comunidad de Madrid (Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo) y la Asociación de Empresas de la Construcción de Madrid (AECOM) para la concesión directa de una subvención para la realización durante 2025 y 2026 de acciones incluidas en el VII Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid 2025-2028
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BOCM
Pág. 294
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 2 DE JULIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 156
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
INSTITUTO REGIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
52
CONVENIO de 18 de junio de 2025, entre la Comunidad de Madrid (Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo) y la Asociación de Empresas de la Construcción de Madrid (AECOM) para la concesión directa de una subvención para la
realización durante 2025 y 2026 de acciones incluidas en el VII Plan Director de
Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid 2025-2028.
De una parte, la Excma. Sra. Doña Rocío Albert López-Ibor, Consejera de Economía,
Hacienda y Empleo, nombrada por Decreto 40/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la
Comunidad de Madrid, en su calidad de Presidenta del Consejo de Administración del Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo (en adelante IRSST), según lo dispuesto en el art. 1.3 del Decreto 230/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el
que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo,
que asigna al titular de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, con carácter nato,
dicha presidencia, y de acuerdo a las competencias de este puesto, recogidas en el art. 8.1
a) de la Ley 23/1997, de 19 de noviembre, de creación del IRSST.
Y de otra parte Don Francisco José Ruano Tellaeche como Presidente de la Asociación en calidad de apoderado de la Asociación de Empresas de la Construcción de Madrid,
(en adelante, AECOM), según lo dispuesto en la copia de escritura de nombramiento de cargos, otorgamiento de poderes y revocación de poder, autorizada por el Notario del Ilustre
Colegio de Madrid, D. José María Mateos Salgado con fecha de 16 de octubre de 2024, con
el número 8564 de su protocolo.
Actuando ambas partes en el ejercicio de sus respectivos cargos, se reconocen mutua
capacidad para la suscripción del presente convenio, y
1. El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid aprobó el 26 de diciembre
de 2024 el VII Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de
Madrid 2025-2028 en el que figuran una serie de actuaciones encaminadas a alcanzar un
doble objetivo: mejora continua y progresiva de las condiciones de seguridad y salud en el
trabajo y la reducción de los daños derivados de las condiciones de trabajo.
2. Las medidas en materia de Prevención de Riesgos Laborales que figuran en el vigente Plan Director constituyen el Plan Estratégico de Subvenciones a desarrollar, conforme
a lo establecido en el artículo 4 bis de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad de Madrid y en el artículo 8 de la Ley 38/2003, de 17 de marzo, General de Subvenciones, y en su posterior desarrollo reglamentario efectuado mediante el Real Decreto
887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueban el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, en concreto, en sus artículos 10 y siguientes, recogiendo, a su vez, los contenidos que figuran en el artículo 12 del citado Real Decreto, por cuanto,
para alcanzar la consecución de sus objetivos finales; por un lado, conseguir una reducción
constante y significativa de la siniestralidad laboral, y por otro, lograr la mejora continua y
progresiva de las condiciones de seguridad y salud en los trabajadores, contemplando la gestión de diversas líneas de actuación entre las que cabe señalar la suscripción de convenios con
los agentes sociales firmantes del Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales.
3. En este sentido, concreta en el apartado relativo a los costes previsibles para la realización del Plan Estratégico de Subvenciones y sus fuentes de financiación, que la línea de
subvención prevista en el presente convenio se financiará con cargo al capítulo IV del Presupuesto del Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo.
4. En la elaboración y en la aprobación del contenido del Plan Director de Prevención de Riesgos laborales vigente, se ha considerado de directa aplicación lo dispuesto en
la Ley 23/1997, de 19 de noviembre, de creación del Instituto Regional de Seguridad y Salud
BOCM-20250702-52
EXPONEN
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CONVENIO de 18 de junio de 2025, entre la Comunidad de Madrid (Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo) y la Asociación de Empresas de la Construcción de Madrid (AECOM) para la concesión directa de una subvención para la
realización durante 2025 y 2026 de acciones incluidas en el VII Plan Director de
Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid 2025-2028.
De una parte, la Excma. Sra. Doña Rocío Albert López-Ibor, Consejera de Economía,
Hacienda y Empleo, nombrada por Decreto 40/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la
Comunidad de Madrid, en su calidad de Presidenta del Consejo de Administración del Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo (en adelante IRSST), según lo dispuesto en el art. 1.3 del Decreto 230/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el
que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo,
que asigna al titular de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, con carácter nato,
dicha presidencia, y de acuerdo a las competencias de este puesto, recogidas en el art. 8.1
a) de la Ley 23/1997, de 19 de noviembre, de creación del IRSST.
Y de otra parte Don Francisco José Ruano Tellaeche como Presidente de la Asociación en calidad de apoderado de la Asociación de Empresas de la Construcción de Madrid,
(en adelante, AECOM), según lo dispuesto en la copia de escritura de nombramiento de cargos, otorgamiento de poderes y revocación de poder, autorizada por el Notario del Ilustre
Colegio de Madrid, D. José María Mateos Salgado con fecha de 16 de octubre de 2024, con
el número 8564 de su protocolo.
Actuando ambas partes en el ejercicio de sus respectivos cargos, se reconocen mutua
capacidad para la suscripción del presente convenio, y
1. El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid aprobó el 26 de diciembre
de 2024 el VII Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de
Madrid 2025-2028 en el que figuran una serie de actuaciones encaminadas a alcanzar un
doble objetivo: mejora continua y progresiva de las condiciones de seguridad y salud en el
trabajo y la reducción de los daños derivados de las condiciones de trabajo.
2. Las medidas en materia de Prevención de Riesgos Laborales que figuran en el vigente Plan Director constituyen el Plan Estratégico de Subvenciones a desarrollar, conforme
a lo establecido en el artículo 4 bis de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad de Madrid y en el artículo 8 de la Ley 38/2003, de 17 de marzo, General de Subvenciones, y en su posterior desarrollo reglamentario efectuado mediante el Real Decreto
887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueban el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, en concreto, en sus artículos 10 y siguientes, recogiendo, a su vez, los contenidos que figuran en el artículo 12 del citado Real Decreto, por cuanto,
para alcanzar la consecución de sus objetivos finales; por un lado, conseguir una reducción
constante y significativa de la siniestralidad laboral, y por otro, lograr la mejora continua y
progresiva de las condiciones de seguridad y salud en los trabajadores, contemplando la gestión de diversas líneas de actuación entre las que cabe señalar la suscripción de convenios con
los agentes sociales firmantes del Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales.
3. En este sentido, concreta en el apartado relativo a los costes previsibles para la realización del Plan Estratégico de Subvenciones y sus fuentes de financiación, que la línea de
subvención prevista en el presente convenio se financiará con cargo al capítulo IV del Presupuesto del Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo.
4. En la elaboración y en la aprobación del contenido del Plan Director de Prevención de Riesgos laborales vigente, se ha considerado de directa aplicación lo dispuesto en
la Ley 23/1997, de 19 de noviembre, de creación del Instituto Regional de Seguridad y Salud
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