D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO - INSTITUTO REGIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (BOCM-20250702-51)
Convenio –  Convenio de 18 de junio de 2025, entre la Comunidad de Madrid (Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo) y la Asociación de Empresarios de las Industrias del Mueble, Carpintería y Afines de la Comunidad de Madrid (AFAMID) para la concesión directa de una subvención para la realización durante 2025 y 2026 de acciones incluidas en el VII Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid 2025-2028
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 242

MIÉRCOLES 2 DE JULIO DE 2025

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B.O.C.M. Núm. 156

Contenido de la visita:
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Objetivo: Determinar la exposición de las personas trabajadoras a polvo de madera y
polvo de origen textil que utilizan máquinas y equipos para transformar la madera y en
la fabricación de muebles tapizado, para prevenir los riegos higiénicos.

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Temática: Exposición laboral a polvo de madera y polvo de origen textil

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Metodología y material de apoyo a emplear: Se elaborará un cuestionario para la
recogida de datos sobre la generación de polvo en la empresa /puesto analizado y las
medidas preventivas implantadas. Además, se realizará una medición por puesto de
trabajo en centros de trabajo del sector y se utilizarán como referencia el Real Decreto
374/2001, sobre protección de la salud y seguridad de los trabajadores contra los riesgos
relacionados con los agentes químicos durante el trabajo y la norma UNE-EN 689:2019
+ AC:2019 “Exposición en el lugar de trabajo. Medición de la exposición por inhalación
de agentes químicos. Estrategia para verificar la conformidad con los valores límite de
exposición profesional”.

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Identificación de los sectores/ramas de actividad destinatarios: sector madera,
fabricación de muebles y afines.

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Forma de selección y contacto con las empresas objeto de visita: La selección de las
empresas se hará partiendo de la base de datos de la que se dispone de los centros de
trabajo, a los que se les comunicarán las diferentes actuaciones mediante envíos periódicos
de mails. Las visitas se concertarán preferentemente de forma telefónica y también mediante
la presentación de las actuaciones por parte de los técnicos desplazados en las zonas, para
realizar el asesoramiento, en ese momento, o bien concertando la cita para otra fecha.

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Trabajos posteriores a la acción de asesoramiento: con los datos recogidos en la lista de
comprobación, se elaborará un informe confidencial y específico que será remitido
preferentemente por correo electrónico. El informe incluirá: las deficiencias detectadas, las
condiciones de seguridad correctas que deben mantenerse, las mejoras que se pueden
realizar y las medidas de corrección específicas a adoptar. Con el resultado de la medición
se plantearán recomendaciones y medidas de prevención y de protección que incidan sobre
la prevención de riesgos higiénicos derivados de la inhalación de polvo de madera y polvo
textil y se podrá utilizar como primera medición del total de tres a cinco mediciones que
establece la norma UNE-EN 689:2019 + AC:2019, para completar la prueba preliminar.

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Personal para la realización de la actividad: Actuación realizada por una entidad preventiva
especializada.

2.2.6.Asesoramiento técnico específico para la mejora de los riesgos higiénicos derivados
de la exposición a vibraciones mecánicas en centros de trabajo en el sector de la
madera.
Número total de asesoramientos: 25.
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