C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS - O. A. Agencia de Vivienda Social (BOCM-20250630-39)
Precios arrendamiento plazas garaje – Resolución 2536/2025, de 17 de junio, por la que se establecen los precios de arrendamiento de las plazas de garaje no vinculadas a las viviendas propiedad de la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 154
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 30 DE JUNIO DE 2025
Pág. 857
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Vivienda,Transportes e Infraestructuras
O. A. AGENCIA DE VIVIENDA SOCIAL
39
RESOLUCIÓN 2536/2025, de 17 de junio, por la que se establecen los precios de
arrendamiento de las plazas de garaje no vinculadas a las viviendas propiedad
de la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid.
I
La Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid, es un Organismo Autónomo
mercantil, de carácter comercial y financiero, adscrito a la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras con personalidad jurídica propia, plena capacidad jurídica y de obrar, y
patrimonio propio, que se rige por la Ley 1/1984, de 19 de enero, Reguladora de la Administración Institucional de la Comunidad de Madrid, así como por el Decreto 244/2015, de 29 de
diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece su organización, estructura y régimen de funcionamiento, y demás disposiciones de carácter general, modificado por el Decreto 234/2023 de 6 de septiembre.
Entre las funciones que el artículo 1 del Decreto 244/2015, atribuye a la Agencia de
Vivienda Social, se encuentra la de “gestión, administración y disposición de suelo, vivienda, locales de negocio y edificaciones complementarias cuyos derechos de propiedad o cualesquiera otros correspondan a la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid”.
Para el cumplimiento de los fines públicos que tiene encomendados, este Organismo dispone entre otros medios económicos, de “los productos y rentas de su patrimonio” según establece en el artículo 12, letra b) del Decreto citado.
De conformidad con lo establecido en dicha Disposición Adicional Primera, del Decreto 244/2015, todas las referencias de la normativa vigente al Instituto de la Vivienda de
Madrid se entenderán hechas a la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid,
y todas las delegaciones de competencia existentes a favor del Director-Gerente del Instituto de la Vivienda de Madrid se entenderán efectuadas al Director-Gerente de la Agencia
de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid.
El Decreto 74/1985, de 17 de julio, regula el régimen de adjudicación de los comerciales,
plazas de aparcamiento y edificaciones complementarias de los que es titular el Organismo.
Mediante Acuerdo del Consejo de Administración del Instituto de la Vivienda de
Madrid, de 17 de diciembre de 2014, se desarrolla el régimen de adjudicación de plazas de
garaje no vinculadas titularidad del Organismo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID número 45, de 19 de enero de 2015).
En cumplimiento de estas funciones se han dictado Resoluciones con el objeto de establecer los precios de arrendamiento de las plazas de garaje no vinculadas a las viviendas.
Así, la Resolución número 865/DEPR/2016, de 19 de mayo, de la Directora-Gerente de
la Agencia de Vivienda Social, estableció por primera vez los precios de arrendamiento de las
plazas de garaje no vinculadas, determinando su aplicación y distinguiendo entre titulares de
vivienda de la Agencia de Vivienda Social y otros interesados, que fue modificada por la
Resolución número 2231/2017, de 11 de julio de 2017, que eliminó dicha distinción.
Con posterioridad, la Orden de 15 de febrero de 2024 de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 45,
de 22 de febrero), por la que se establecen los precios de las viviendas con protección pública de la Comunidad de Madrid, actualizó los precios máximos de venta y renta las viviendas protegidas y distinguió entre dos tipos de precios (básico y limitado), y estableció
una nueva zonificación del ámbito territorial de la Comunidad de Madrid a efectos de determinación de los precios máximos de las viviendas protegidas, reajustando los municipios
que integran cada zona y suprimiendo la zona D, que queda integrada en la zona C.
BOCM-20250630-39
II
B.O.C.M. Núm. 154
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 30 DE JUNIO DE 2025
Pág. 857
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Vivienda,Transportes e Infraestructuras
O. A. AGENCIA DE VIVIENDA SOCIAL
39
RESOLUCIÓN 2536/2025, de 17 de junio, por la que se establecen los precios de
arrendamiento de las plazas de garaje no vinculadas a las viviendas propiedad
de la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid.
I
La Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid, es un Organismo Autónomo
mercantil, de carácter comercial y financiero, adscrito a la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras con personalidad jurídica propia, plena capacidad jurídica y de obrar, y
patrimonio propio, que se rige por la Ley 1/1984, de 19 de enero, Reguladora de la Administración Institucional de la Comunidad de Madrid, así como por el Decreto 244/2015, de 29 de
diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece su organización, estructura y régimen de funcionamiento, y demás disposiciones de carácter general, modificado por el Decreto 234/2023 de 6 de septiembre.
Entre las funciones que el artículo 1 del Decreto 244/2015, atribuye a la Agencia de
Vivienda Social, se encuentra la de “gestión, administración y disposición de suelo, vivienda, locales de negocio y edificaciones complementarias cuyos derechos de propiedad o cualesquiera otros correspondan a la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid”.
Para el cumplimiento de los fines públicos que tiene encomendados, este Organismo dispone entre otros medios económicos, de “los productos y rentas de su patrimonio” según establece en el artículo 12, letra b) del Decreto citado.
De conformidad con lo establecido en dicha Disposición Adicional Primera, del Decreto 244/2015, todas las referencias de la normativa vigente al Instituto de la Vivienda de
Madrid se entenderán hechas a la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid,
y todas las delegaciones de competencia existentes a favor del Director-Gerente del Instituto de la Vivienda de Madrid se entenderán efectuadas al Director-Gerente de la Agencia
de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid.
El Decreto 74/1985, de 17 de julio, regula el régimen de adjudicación de los comerciales,
plazas de aparcamiento y edificaciones complementarias de los que es titular el Organismo.
Mediante Acuerdo del Consejo de Administración del Instituto de la Vivienda de
Madrid, de 17 de diciembre de 2014, se desarrolla el régimen de adjudicación de plazas de
garaje no vinculadas titularidad del Organismo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID número 45, de 19 de enero de 2015).
En cumplimiento de estas funciones se han dictado Resoluciones con el objeto de establecer los precios de arrendamiento de las plazas de garaje no vinculadas a las viviendas.
Así, la Resolución número 865/DEPR/2016, de 19 de mayo, de la Directora-Gerente de
la Agencia de Vivienda Social, estableció por primera vez los precios de arrendamiento de las
plazas de garaje no vinculadas, determinando su aplicación y distinguiendo entre titulares de
vivienda de la Agencia de Vivienda Social y otros interesados, que fue modificada por la
Resolución número 2231/2017, de 11 de julio de 2017, que eliminó dicha distinción.
Con posterioridad, la Orden de 15 de febrero de 2024 de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 45,
de 22 de febrero), por la que se establecen los precios de las viviendas con protección pública de la Comunidad de Madrid, actualizó los precios máximos de venta y renta las viviendas protegidas y distinguió entre dos tipos de precios (básico y limitado), y estableció
una nueva zonificación del ámbito territorial de la Comunidad de Madrid a efectos de determinación de los precios máximos de las viviendas protegidas, reajustando los municipios
que integran cada zona y suprimiendo la zona D, que queda integrada en la zona C.
BOCM-20250630-39
II