D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20250630-61)
Convenio – Convenio de 3 de junio de 2025, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y la Federación Madrileña de Ciclismo, para la organización de la XXXVII Vuelta Ciclista a la Comunidad de Madrid, en la categoría sub-23
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Pág. 910
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 30 DE JUNIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 154
III. Que la Dirección General de Deportes tiene atribuidas, entre otras, las funciones
de colaboración en la organización, promoción y difusión en el territorio de la Comunidad de
Madrid de eventos deportivos, o la organización o coorganización, si procede, y, en su caso,
patrocinio de los mismos, sin perjuicio de las competencias que correspondan a otros entes,
entidades u organismos, así como la promoción, patrocinio, organización o colaboración en la
realización de cursos, seminarios, congresos, concentraciones deportivas, torneos, campeonatos, exhibiciones, encuentros o cualquier otra actividad, dirigida a fomentar, impulsar y
colaborar en la difusión de la cultura física entre la población, en coordinación y cooperación, en su caso, con entidades locales, federaciones y demás asociaciones, fundaciones y
entidades públicas o privadas, conforme con lo dispuesto en el artículo 11, letras k) y q),
del citado Decreto 264/2023, de 5 de diciembre.
IV. Que las federaciones deportivas de la Comunidad de Madrid ejercen, por delegación, funciones públicas de carácter administrativo, actuando en este caso como agentes
colaboradores de la Administración pública.
En relación con ello, el artículo 36.h) de la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, atribuye
a sus federaciones deportivas la facultad de colaborar, en su caso, en la organización o tutela de las competiciones oficiales de ámbito estatal o internacional. Por su parte, el artículo 11.1.a) del Decreto 159/1996, de 14 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que
se regulan las Federaciones Deportivas de la Comunidad de Madrid, establece que las federaciones deportivas madrileñas ejercen por delegación, bajo la coordinación y tutela del
órgano competente de la Comunidad de Madrid, entre otras, la función de calificar y organizar las actividades y competiciones deportivas oficiales de la Comunidad de Madrid, y
colaborar, en su caso, en la organización o tutela de las competiciones oficiales de ámbito
estatal o internacional.
V. Que, en el ámbito de esta coordinación y tutela a las federaciones, la Comunidad
de Madrid, al disponer de determinados medios necesarios para la organización de la prueba objeto del presente convenio, y considerar que la colaboración entre las partes permitirá asegurar que el interés público de la prueba quede garantizado y salvaguardado, se hace
necesario la colaboración con la entidad que tiene adjudicada la organización de dicha prueba, la Federación Madrileña de Ciclismo, colaborando en aspectos técnicos y en otros imprescindibles para el desarrollo de la competición, conforme a la reglamentación técnica
oficial de esta modalidad deportiva. La Comunidad de Madrid como consecuencia de la colaboración con la Federación, aportará, además, una cantidad económica para facilitar el
desarrollo de la prueba y asegurar el interés público deportivo existente en la celebración
de esta competición deportiva.
VI. Que, mediante certificado de 7 de mayo de 2025, de la Real Federación Española de Ciclismo, se acredita la adjudicación de la organización de la XXXVII Vuelta a la Comunidad de Madrid, categoría sub-23, a la Federación Madrileña de Ciclismo, a celebrar
del 8 al 12 de julio de 2025.
VII. Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de sus estatutos “La Federación Madrileña de Ciclismo ostenta la representación oficial exclusiva del deporte ciclista
en el territorio de la Comunidad de Madrid, a efectos públicos”, abarcando, de acuerdo con
el artículo 3 de sus estatutos, modificado por la Orden 656/2023, de 11 de mayo, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, las disciplinas de Carretera, Pista, Mountain Bike
(B.T.T.), Cicloturismo, Ciclo-Cross, B.M.X., Ciclodeportistas, Trial y ciclismo para personas con discapacidad física.
VIII. Que, en la celebración de la Vuelta Ciclista a la Comunidad de Madrid, Sub-23,
confluyen intereses comunes de ambas partes, pues, a través de la celebración de eventos
deportivos de este nivel, la Comunidad de Madrid atiende a la consecución de sus fines en
diversos sectores: deportivo, turístico, económico y social, a la vista del impacto que en los
mismos tienen eventos deportivos de estas características.
Pero, además, la organización de este evento implicará beneficios en cuanto a la formación y experiencia organizativa en eventos deportivos de profesionales y voluntarios implicados en su organización, además de los efectos que los mismos suponen sobre la propia
promoción de la actividad deportiva, en especial en la Comunidad de Madrid.
Y, desde una perspectiva social, la organización de estas competiciones en la Comunidad de Madrid puede ofrecer la oportunidad para la participación activa en estos eventos, a la
vez que se disfruta de varias experiencias deportivas únicas; pueden suponer una plataforma
proactiva de integración social; y pueden generar oportunidades de trabajo temporal y actividad económica a través de los eventos y fortalecer el movimiento de voluntariado, generando alianzas con la universidad, clubes locales y asociaciones deportivas madrileñas.
BOCM-20250630-61
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 30 DE JUNIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 154
III. Que la Dirección General de Deportes tiene atribuidas, entre otras, las funciones
de colaboración en la organización, promoción y difusión en el territorio de la Comunidad de
Madrid de eventos deportivos, o la organización o coorganización, si procede, y, en su caso,
patrocinio de los mismos, sin perjuicio de las competencias que correspondan a otros entes,
entidades u organismos, así como la promoción, patrocinio, organización o colaboración en la
realización de cursos, seminarios, congresos, concentraciones deportivas, torneos, campeonatos, exhibiciones, encuentros o cualquier otra actividad, dirigida a fomentar, impulsar y
colaborar en la difusión de la cultura física entre la población, en coordinación y cooperación, en su caso, con entidades locales, federaciones y demás asociaciones, fundaciones y
entidades públicas o privadas, conforme con lo dispuesto en el artículo 11, letras k) y q),
del citado Decreto 264/2023, de 5 de diciembre.
IV. Que las federaciones deportivas de la Comunidad de Madrid ejercen, por delegación, funciones públicas de carácter administrativo, actuando en este caso como agentes
colaboradores de la Administración pública.
En relación con ello, el artículo 36.h) de la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, atribuye
a sus federaciones deportivas la facultad de colaborar, en su caso, en la organización o tutela de las competiciones oficiales de ámbito estatal o internacional. Por su parte, el artículo 11.1.a) del Decreto 159/1996, de 14 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que
se regulan las Federaciones Deportivas de la Comunidad de Madrid, establece que las federaciones deportivas madrileñas ejercen por delegación, bajo la coordinación y tutela del
órgano competente de la Comunidad de Madrid, entre otras, la función de calificar y organizar las actividades y competiciones deportivas oficiales de la Comunidad de Madrid, y
colaborar, en su caso, en la organización o tutela de las competiciones oficiales de ámbito
estatal o internacional.
V. Que, en el ámbito de esta coordinación y tutela a las federaciones, la Comunidad
de Madrid, al disponer de determinados medios necesarios para la organización de la prueba objeto del presente convenio, y considerar que la colaboración entre las partes permitirá asegurar que el interés público de la prueba quede garantizado y salvaguardado, se hace
necesario la colaboración con la entidad que tiene adjudicada la organización de dicha prueba, la Federación Madrileña de Ciclismo, colaborando en aspectos técnicos y en otros imprescindibles para el desarrollo de la competición, conforme a la reglamentación técnica
oficial de esta modalidad deportiva. La Comunidad de Madrid como consecuencia de la colaboración con la Federación, aportará, además, una cantidad económica para facilitar el
desarrollo de la prueba y asegurar el interés público deportivo existente en la celebración
de esta competición deportiva.
VI. Que, mediante certificado de 7 de mayo de 2025, de la Real Federación Española de Ciclismo, se acredita la adjudicación de la organización de la XXXVII Vuelta a la Comunidad de Madrid, categoría sub-23, a la Federación Madrileña de Ciclismo, a celebrar
del 8 al 12 de julio de 2025.
VII. Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de sus estatutos “La Federación Madrileña de Ciclismo ostenta la representación oficial exclusiva del deporte ciclista
en el territorio de la Comunidad de Madrid, a efectos públicos”, abarcando, de acuerdo con
el artículo 3 de sus estatutos, modificado por la Orden 656/2023, de 11 de mayo, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, las disciplinas de Carretera, Pista, Mountain Bike
(B.T.T.), Cicloturismo, Ciclo-Cross, B.M.X., Ciclodeportistas, Trial y ciclismo para personas con discapacidad física.
VIII. Que, en la celebración de la Vuelta Ciclista a la Comunidad de Madrid, Sub-23,
confluyen intereses comunes de ambas partes, pues, a través de la celebración de eventos
deportivos de este nivel, la Comunidad de Madrid atiende a la consecución de sus fines en
diversos sectores: deportivo, turístico, económico y social, a la vista del impacto que en los
mismos tienen eventos deportivos de estas características.
Pero, además, la organización de este evento implicará beneficios en cuanto a la formación y experiencia organizativa en eventos deportivos de profesionales y voluntarios implicados en su organización, además de los efectos que los mismos suponen sobre la propia
promoción de la actividad deportiva, en especial en la Comunidad de Madrid.
Y, desde una perspectiva social, la organización de estas competiciones en la Comunidad de Madrid puede ofrecer la oportunidad para la participación activa en estos eventos, a la
vez que se disfruta de varias experiencias deportivas únicas; pueden suponer una plataforma
proactiva de integración social; y pueden generar oportunidades de trabajo temporal y actividad económica a través de los eventos y fortalecer el movimiento de voluntariado, generando alianzas con la universidad, clubes locales y asociaciones deportivas madrileñas.
BOCM-20250630-61
BOCM