B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20250630-25)
Concurso de traslados – Resolución de 13 de junio de 2025, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la que se convoca Concurso de Traslados Voluntario a plazas de personal estatutario de la categoría de Pintor/a del Servicio de Salud de la Comunidad de Madrid
22 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 546
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 30 DE JUNIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 154
tes en los procesos selectivos derivados de la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2025.
8.9. El cómputo del tiempo de servicios prestados a que se refiere el baremo de méritos finalizará el día de publicación de resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Novena
Resolución del concurso
9.1. A la vista de las plazas solicitadas por los concursantes, así como de los méritos acreditados por los mismos, la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones
Laborales del Servicio Madrileño de Salud, aprobará y publicará en la página web de la
Comunidad de Madrid ( www.comunidad.madrid/servicios/salud/concurso-trasladosservicio-madrileno-salud ) la resolución provisional del concurso.
9.2. De conformidad con lo establecido en los artículos 18.2 y 18.3 del Real Decreto-Ley 1/1999, de 8 de enero, los interesados dispondrán de un plazo de quince días hábiles a contar desde el día siguiente al de su publicación, para formular reclamaciones contra
la resolución provisional.
9.3. Finalizado el plazo de reclamación, la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales aprobará y publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en la página web ( www.comunidad.madrid/servicios/salud/concursotraslados-servicio-madrileno-salud ), la resolución definitiva del concurso. Dicha
publicación servirá de notificación a los interesados, señalando que las reclamaciones presentadas se entenderán rechazadas de no aparecer como admitidas en la misma, no habiendo lugar a comunicación individualizada.
9.4. Las plazas adjudicadas serán irrenunciables, salvo que dicha renuncia esté motivada por la obtención de otra plaza en virtud de la resolución de un procedimiento de concurso de traslado convocado por otra Administración Pública, conforme a lo establecido en
el artículo 37.4 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud. En tal caso, deberá acreditarse dicha obtención mediante copia del Boletín Oficial en el que aparezca la adjudicación del destino y certificado expedido por la Dirección del Centro que acredite que se ha efectuado la toma de posesión.
La Dirección General de Recursos Humanos del SERMAS, en caso que proceda, aceptará la renuncia a la plaza adjudicada con carácter definitivo en este concurso mediante
resolución notificada al interesado y comunicada al Centro al que hubiera sido destinado.
Quedarán automáticamente excluidos del concurso los solicitantes que durante el plazo de resolución pierdan la condición de personal estatutario fijo en virtud de la cual hubieran participado en el mismo.
9.5. Teniendo en cuenta tanto el número de plazas como las categorías convocadas,
y con el fin de agilizar la tramitación del proceso, podrán efectuarse resoluciones parciales
del concurso de traslados de forma independiente por categorías y/o especialidades.
Décima
10.1. Los concursantes que obtengan plaza en este concurso deberán cesar en la que,
en su caso, desempeñen, dentro de los tres días hábiles siguientes a aquel en que se publique la resolución definitiva en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, salvo
que en la misma, motivadamente, se establezca otra fecha de cese, o que puedan derivarse
problemas de cobertura asistencial, debidamente motivados, en cuyo caso, el cese podrá demorarse por el tiempo indispensable para la adecuada resolución de los mismos.
10.2. La toma de posesión en el nuevo destino deberá efectuarse dentro de los tres
días hábiles siguientes a contar desde el día del cese en la plaza de origen, salvo que se derive cambio efectivo de Servicio de Salud, en cuyo caso el plazo será de un mes en los términos establecidos en el artículo 37.3 del Estatuto Marco. No obstante, si la plaza obtenida no supone cambio de centro, la toma de posesión tendrá lugar el mismo día del cese. En
el caso, que el concursante se encuentre en situación de reingreso provisional o en comisión
de servicio y obtenga esa misma plaza de forma definitiva en el concurso de traslados, el
cese y la toma de posesión tendrán lugar de forma simultánea. Si el concursante se encuentra en comisión de servicio en un centro distinto del que obtiene la plaza, pero dentro del
BOCM-20250630-25
Cese y toma de posesión
Pág. 546
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 30 DE JUNIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 154
tes en los procesos selectivos derivados de la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2025.
8.9. El cómputo del tiempo de servicios prestados a que se refiere el baremo de méritos finalizará el día de publicación de resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Novena
Resolución del concurso
9.1. A la vista de las plazas solicitadas por los concursantes, así como de los méritos acreditados por los mismos, la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones
Laborales del Servicio Madrileño de Salud, aprobará y publicará en la página web de la
Comunidad de Madrid ( www.comunidad.madrid/servicios/salud/concurso-trasladosservicio-madrileno-salud ) la resolución provisional del concurso.
9.2. De conformidad con lo establecido en los artículos 18.2 y 18.3 del Real Decreto-Ley 1/1999, de 8 de enero, los interesados dispondrán de un plazo de quince días hábiles a contar desde el día siguiente al de su publicación, para formular reclamaciones contra
la resolución provisional.
9.3. Finalizado el plazo de reclamación, la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales aprobará y publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en la página web ( www.comunidad.madrid/servicios/salud/concursotraslados-servicio-madrileno-salud ), la resolución definitiva del concurso. Dicha
publicación servirá de notificación a los interesados, señalando que las reclamaciones presentadas se entenderán rechazadas de no aparecer como admitidas en la misma, no habiendo lugar a comunicación individualizada.
9.4. Las plazas adjudicadas serán irrenunciables, salvo que dicha renuncia esté motivada por la obtención de otra plaza en virtud de la resolución de un procedimiento de concurso de traslado convocado por otra Administración Pública, conforme a lo establecido en
el artículo 37.4 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud. En tal caso, deberá acreditarse dicha obtención mediante copia del Boletín Oficial en el que aparezca la adjudicación del destino y certificado expedido por la Dirección del Centro que acredite que se ha efectuado la toma de posesión.
La Dirección General de Recursos Humanos del SERMAS, en caso que proceda, aceptará la renuncia a la plaza adjudicada con carácter definitivo en este concurso mediante
resolución notificada al interesado y comunicada al Centro al que hubiera sido destinado.
Quedarán automáticamente excluidos del concurso los solicitantes que durante el plazo de resolución pierdan la condición de personal estatutario fijo en virtud de la cual hubieran participado en el mismo.
9.5. Teniendo en cuenta tanto el número de plazas como las categorías convocadas,
y con el fin de agilizar la tramitación del proceso, podrán efectuarse resoluciones parciales
del concurso de traslados de forma independiente por categorías y/o especialidades.
Décima
10.1. Los concursantes que obtengan plaza en este concurso deberán cesar en la que,
en su caso, desempeñen, dentro de los tres días hábiles siguientes a aquel en que se publique la resolución definitiva en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, salvo
que en la misma, motivadamente, se establezca otra fecha de cese, o que puedan derivarse
problemas de cobertura asistencial, debidamente motivados, en cuyo caso, el cese podrá demorarse por el tiempo indispensable para la adecuada resolución de los mismos.
10.2. La toma de posesión en el nuevo destino deberá efectuarse dentro de los tres
días hábiles siguientes a contar desde el día del cese en la plaza de origen, salvo que se derive cambio efectivo de Servicio de Salud, en cuyo caso el plazo será de un mes en los términos establecidos en el artículo 37.3 del Estatuto Marco. No obstante, si la plaza obtenida no supone cambio de centro, la toma de posesión tendrá lugar el mismo día del cese. En
el caso, que el concursante se encuentre en situación de reingreso provisional o en comisión
de servicio y obtenga esa misma plaza de forma definitiva en el concurso de traslados, el
cese y la toma de posesión tendrán lugar de forma simultánea. Si el concursante se encuentra en comisión de servicio en un centro distinto del que obtiene la plaza, pero dentro del
BOCM-20250630-25
Cese y toma de posesión