D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20250628-19)
Convenio – Convenio de 2 de junio de 2025, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, y la Federación de Plataformas Sociales Pinardi, en virtud del cual se formaliza la concesión directa de una subvención a dicha entidad por importe de 1.300.000 euros para el desarrollo del proyecto “Primera Experiencia Profesional” en el año 2025
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
SÁBADO 28 DE JUNIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 153
Durante el periodo de inmersión laboral la persona podrá recibir una beca formativa dirigida a
sufragar los gastos de transporte y material formativo, así como asegurar la adherencia al
programa y minimizar el riesgo de que la urgencia social impida la finalización del proceso; esto
se aplicará con un componente de asimilación salarial, que permita el trabajo de seguimiento
con el mentor educativo bajo criterios de esfuerzo, compromiso y evolución.
Durante la realización del programa de inmersión se mantendrán reuniones mensuales de
seguimiento con cada persona participante.
Del mismo modo, durante todo el periodo de realización del programa de inmersión laboral, se
mantendrán reuniones de coordinación con una frecuencia al menos bimestral entre las tres
figuras mentoras.
A.4.3. Inserción laboral y búsqueda activa de empleo.
Tras el proceso de inmersión laboral se gestionará la desvinculación de la persona proyecto. El
joven podrá tener cuatro salidas posibles:
a) Propuesta de oferta laboral de la vacante en la empresa socia acogedora de la inmersión
laboral, que será la salida prioritaria y se considerará un éxito del programa.
b) Propuesta de otras ofertas laborales de empresas colaboradoras adaptadas al perfil del
joven, que se considerará un éxito del programa en cuanto que ofrecerá inserción laboral
de la persona.
c) Derivación de casos con situaciones de vulnerabilidad sobrevenida a alguno de los
programas especializados o de activación de Empleo Juvenil de PINARDI o entidades
colaboradoras, por el que la persona seguirá recibiendo los servicios adecuados a la
singularidad de su caso. Se considerará como un proceso fallido en cuanto que no se habrá
conseguido el retorno educativo o la inserción de la persona.
d) Acceso al proyecto +Talento PINARDI para el retorno educativo y/o la formación
complementaria con un objetivo de desarrollo profesional a medio-largo plazo a través
de PINARDI u otros agentes. Se considerará un éxito del programa en cuanto que se
considera que mejorará la empleabilidad de la persona. Esta salida será compatible con
las otras tres vías de salida del programa.
La desvinculación entre la persona participante y el equipo de PINARDI en las salidas que
implican inserción (1 y 2) será gradual y acompasada a la incorporación del joven en la empresa
desde la figura de aprendiz a empleado y desvinculación del mentor profesional (con los
consiguientes derechos y deberes de la relación laboral).
La desvinculación técnica incluye también la reducción gradual de las ayudas y sistema de
apoyos (servicios y becas o prestaciones). Este proceso de desvinculación se diseñará en función
de las necesidades de cada persona hasta que finalice el proceso de intervención, sujeto a la
estabilidad y temporalidad del empleo logrado.
BOCM-20250628-19
Pág. 340
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 28 DE JUNIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 153
Durante el periodo de inmersión laboral la persona podrá recibir una beca formativa dirigida a
sufragar los gastos de transporte y material formativo, así como asegurar la adherencia al
programa y minimizar el riesgo de que la urgencia social impida la finalización del proceso; esto
se aplicará con un componente de asimilación salarial, que permita el trabajo de seguimiento
con el mentor educativo bajo criterios de esfuerzo, compromiso y evolución.
Durante la realización del programa de inmersión se mantendrán reuniones mensuales de
seguimiento con cada persona participante.
Del mismo modo, durante todo el periodo de realización del programa de inmersión laboral, se
mantendrán reuniones de coordinación con una frecuencia al menos bimestral entre las tres
figuras mentoras.
A.4.3. Inserción laboral y búsqueda activa de empleo.
Tras el proceso de inmersión laboral se gestionará la desvinculación de la persona proyecto. El
joven podrá tener cuatro salidas posibles:
a) Propuesta de oferta laboral de la vacante en la empresa socia acogedora de la inmersión
laboral, que será la salida prioritaria y se considerará un éxito del programa.
b) Propuesta de otras ofertas laborales de empresas colaboradoras adaptadas al perfil del
joven, que se considerará un éxito del programa en cuanto que ofrecerá inserción laboral
de la persona.
c) Derivación de casos con situaciones de vulnerabilidad sobrevenida a alguno de los
programas especializados o de activación de Empleo Juvenil de PINARDI o entidades
colaboradoras, por el que la persona seguirá recibiendo los servicios adecuados a la
singularidad de su caso. Se considerará como un proceso fallido en cuanto que no se habrá
conseguido el retorno educativo o la inserción de la persona.
d) Acceso al proyecto +Talento PINARDI para el retorno educativo y/o la formación
complementaria con un objetivo de desarrollo profesional a medio-largo plazo a través
de PINARDI u otros agentes. Se considerará un éxito del programa en cuanto que se
considera que mejorará la empleabilidad de la persona. Esta salida será compatible con
las otras tres vías de salida del programa.
La desvinculación entre la persona participante y el equipo de PINARDI en las salidas que
implican inserción (1 y 2) será gradual y acompasada a la incorporación del joven en la empresa
desde la figura de aprendiz a empleado y desvinculación del mentor profesional (con los
consiguientes derechos y deberes de la relación laboral).
La desvinculación técnica incluye también la reducción gradual de las ayudas y sistema de
apoyos (servicios y becas o prestaciones). Este proceso de desvinculación se diseñará en función
de las necesidades de cada persona hasta que finalice el proceso de intervención, sujeto a la
estabilidad y temporalidad del empleo logrado.
BOCM-20250628-19
Pág. 340
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID