D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO - INSTITUTO REGIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (BOCM-20250628-5)
Convenio – Convenio de 18 de junio de 2025, entre la Comunidad de Madrid (Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo) y la Asociación de Empresas del Comercio e Industria del Metal de Madrid (AECIM) para la concesión directa de una subvención para la realización durante 2025 y 2026 de acciones incluidas en el VII Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid 2025-2028
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 153
SÁBADO 28 DE JUNIO DE 2025
Pág. 143
Se realizarán, por parte de técnicos en prevención de riesgos laborales, un total de 250
asesoramientos a centros de trabajo.
Se realizará una visita a las empresas o centros de trabajo, con independencia del tamaño
o actividad dentro del metal, en la que se informará del objeto de la misma y se realizará una
recogida de datos en una lista de chequeo para la comprobación de las condiciones existentes
en materia de prevención de riesgos laborales. Al respecto, las empresas recibirán mediante
correo electrónico, un informe confidencial individualizado de la gestión de prevención de riesgos
laborales y en la optimización la elección y funcionamiento de las modalidades preventivas en los
centros de trabajo del sector metal, en el mismo se incluirán las deficiencias detectadas para cada
una de ellas, las mejoras que se puedan realizar, además de las recomendaciones preventivas
necesarias.
El citado informe tiene carácter de recomendación y no constituye el conjunto de
obligaciones establecidas para la empresa en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y la
normativa que lo desarrolla. En el supuesto de detectarse la necesidad de un estudio más
exhaustivo en la materia, la empresa podrá acudir a la modalidad preventiva elegida por la misma.
Para que empresas y personas trabajadoras tengan presente la importancia de la gestión
preventiva y optimicen su funcionamiento, así como en la integración preventiva, se elaborará un
cartel divulgativo del que se editarán y distribuirán 250 unidades entre las empresas del sector
metal.
En cada visita se hará entrega del material mencionado en la actuación 2.9.1. y se hará
entrega, además, del material especificado en el punto 2.6.1. según la actividad de la empresa y el
criterio del técnico.
Trabajos posteriores a la acción de asesoramiento: Además de las visitas y de la entrega
de material, se elaborará un informe global de actuaciones desarrolladas, que tendrá un apartado
para los ítems considerados como más relevantes en la lista de chequeo.
x Nº máximo de asesoramientos por empresa o centro de trabajo: 1
x Nº mínimo de centros de trabajo diferentes sobre los que se actuará: 250
x Número total de asesoramientos: 250
x Contenido de la visita:
o Material de apoyo a emplear:
- Cartel divulgativo
- Material impreso (Guías aplicables)
o Porcentaje de visitas destinadas a autónomo sin personas trabajadoras: 0%
x Personal para la realización de la actividad: Recursos propios de AECIM.
x Número de horas de participación de personal técnico propio por asesoramiento: 5h. (Este tiempo
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 153
SÁBADO 28 DE JUNIO DE 2025
Pág. 143
Se realizarán, por parte de técnicos en prevención de riesgos laborales, un total de 250
asesoramientos a centros de trabajo.
Se realizará una visita a las empresas o centros de trabajo, con independencia del tamaño
o actividad dentro del metal, en la que se informará del objeto de la misma y se realizará una
recogida de datos en una lista de chequeo para la comprobación de las condiciones existentes
en materia de prevención de riesgos laborales. Al respecto, las empresas recibirán mediante
correo electrónico, un informe confidencial individualizado de la gestión de prevención de riesgos
laborales y en la optimización la elección y funcionamiento de las modalidades preventivas en los
centros de trabajo del sector metal, en el mismo se incluirán las deficiencias detectadas para cada
una de ellas, las mejoras que se puedan realizar, además de las recomendaciones preventivas
necesarias.
El citado informe tiene carácter de recomendación y no constituye el conjunto de
obligaciones establecidas para la empresa en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y la
normativa que lo desarrolla. En el supuesto de detectarse la necesidad de un estudio más
exhaustivo en la materia, la empresa podrá acudir a la modalidad preventiva elegida por la misma.
Para que empresas y personas trabajadoras tengan presente la importancia de la gestión
preventiva y optimicen su funcionamiento, así como en la integración preventiva, se elaborará un
cartel divulgativo del que se editarán y distribuirán 250 unidades entre las empresas del sector
metal.
En cada visita se hará entrega del material mencionado en la actuación 2.9.1. y se hará
entrega, además, del material especificado en el punto 2.6.1. según la actividad de la empresa y el
criterio del técnico.
Trabajos posteriores a la acción de asesoramiento: Además de las visitas y de la entrega
de material, se elaborará un informe global de actuaciones desarrolladas, que tendrá un apartado
para los ítems considerados como más relevantes en la lista de chequeo.
x Nº máximo de asesoramientos por empresa o centro de trabajo: 1
x Nº mínimo de centros de trabajo diferentes sobre los que se actuará: 250
x Número total de asesoramientos: 250
x Contenido de la visita:
o Material de apoyo a emplear:
- Cartel divulgativo
- Material impreso (Guías aplicables)
o Porcentaje de visitas destinadas a autónomo sin personas trabajadoras: 0%
x Personal para la realización de la actividad: Recursos propios de AECIM.
x Número de horas de participación de personal técnico propio por asesoramiento: 5h. (Este tiempo
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