D) Anuncios - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20250628-9)
Convenio – Adenda de 26 de mayo de 2025, al convenio de colaboración en materia de Educación Infantil suscrito entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades) y el Ayuntamiento de Villarejo de Salvanés
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BOCM
Pág. 292
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 28 DE JUNIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 153
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
9
ADENDA de 26 de mayo de 2025, al convenio de colaboración en materia de
Educación Infantil suscrito entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades) y el Ayuntamiento de Villarejo de Salvanés.
REUNIDOS
De una parte, Juan Alberto Gutiérrez Romero, Director General de Educación Infantil, Primaria y Especial, nombrado por Decreto 71/2024, de 3 de julio, del Consejo de Gobierno, en representación de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, en virtud de la delegación para la firma de convenios que le ha sido conferida por el titular de la
Consejería —mediante Orden 365/2024, de 13 de febrero (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 21 de febrero de 2024)—, a quien le corresponde la facultad de suscribir convenios de colaboración según lo establecido en el artículo 41.a) de la Ley 1/1983,
de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y en el artículo 3 del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
De otra, Jesús Díaz Raboso, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Villarejo de Salvanés,
de conformidad con lo dispuesto en el 21.1 b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las
Bases de Régimen Local de 18 de abril, y en el artículo 135.2 de la precitada la Ley 2/2003, de 11
de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid, y en virtud de su nombramiento como Alcalde de este Ayuntamiento, efectuado por Pleno del 17 de junio de 2023.
Ambas partes se reconocen la competencia legal necesaria para formalizar la presente
adenda de modificación y, en su virtud,
EXPONEN
En fecha 1 de julio de 2024, se suscribió entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Villarejo de Salvanés un convenio de colaboración en materia de Educación Infantil con vigencia hasta el 31 de agosto de 2025, previéndose en la cláusula undécima la
posibilidad de prórroga, con las limitaciones temporales establecidas en el artículo 49 h) de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, mediante la suscripción de adendas en las que podrán incluirse nuevos centros y servicios, y en las que se
concretarán los compromisos y las aportaciones económicas que cada Administración asumirá durante el correspondiente curso escolar.
En consecuencia, y de conformidad con lo expuesto, ambas partes
ACUERDA
— Casa de Niños El Árbol.
— Casa de Niños El Castillo.
— Sede Dirección de Zona de Casas de Niños.
2. Asumir los compromisos económicos establecidos en dicho convenio y que para
el curso escolar 2025-2026 se especifican en el presupuesto inicial de aportaciones adjunto a esta adenda.
3. La presente prórroga tendrá vigencia hasta el 31 de agosto de 2026.
Y para que conste, las partes firman la presente adenda por duplicado, en el lugar y fecha
indicados.
BOCM-20250628-9
1. Mantener en el curso escolar 2025-2026 el funcionamiento de los centros y servicios que se indican a continuación:
Pág. 292
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 28 DE JUNIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 153
I. COMUNIDAD DE MADRID
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Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
9
ADENDA de 26 de mayo de 2025, al convenio de colaboración en materia de
Educación Infantil suscrito entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades) y el Ayuntamiento de Villarejo de Salvanés.
REUNIDOS
De una parte, Juan Alberto Gutiérrez Romero, Director General de Educación Infantil, Primaria y Especial, nombrado por Decreto 71/2024, de 3 de julio, del Consejo de Gobierno, en representación de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, en virtud de la delegación para la firma de convenios que le ha sido conferida por el titular de la
Consejería —mediante Orden 365/2024, de 13 de febrero (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 21 de febrero de 2024)—, a quien le corresponde la facultad de suscribir convenios de colaboración según lo establecido en el artículo 41.a) de la Ley 1/1983,
de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y en el artículo 3 del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
De otra, Jesús Díaz Raboso, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Villarejo de Salvanés,
de conformidad con lo dispuesto en el 21.1 b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las
Bases de Régimen Local de 18 de abril, y en el artículo 135.2 de la precitada la Ley 2/2003, de 11
de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid, y en virtud de su nombramiento como Alcalde de este Ayuntamiento, efectuado por Pleno del 17 de junio de 2023.
Ambas partes se reconocen la competencia legal necesaria para formalizar la presente
adenda de modificación y, en su virtud,
EXPONEN
En fecha 1 de julio de 2024, se suscribió entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Villarejo de Salvanés un convenio de colaboración en materia de Educación Infantil con vigencia hasta el 31 de agosto de 2025, previéndose en la cláusula undécima la
posibilidad de prórroga, con las limitaciones temporales establecidas en el artículo 49 h) de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, mediante la suscripción de adendas en las que podrán incluirse nuevos centros y servicios, y en las que se
concretarán los compromisos y las aportaciones económicas que cada Administración asumirá durante el correspondiente curso escolar.
En consecuencia, y de conformidad con lo expuesto, ambas partes
ACUERDA
— Casa de Niños El Árbol.
— Casa de Niños El Castillo.
— Sede Dirección de Zona de Casas de Niños.
2. Asumir los compromisos económicos establecidos en dicho convenio y que para
el curso escolar 2025-2026 se especifican en el presupuesto inicial de aportaciones adjunto a esta adenda.
3. La presente prórroga tendrá vigencia hasta el 31 de agosto de 2026.
Y para que conste, las partes firman la presente adenda por duplicado, en el lugar y fecha
indicados.
BOCM-20250628-9
1. Mantener en el curso escolar 2025-2026 el funcionamiento de los centros y servicios que se indican a continuación: