Venturada (BOCM-20250627-100)
Ofertas de empleo. Proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 544
VIERNES 27 DE JUNIO DE 2025
x
x
B.O.C.M. Núm. 152
Participación en actividades preventivas (podas de árboles en riesgo, despeje de
caminos, etc.).
Cualquieras otras funciones análogas o conexas con las anteriores que su superior
jerárquico le encomiende, en atención a la categoría profesional y/o especialidad del
puesto, al objeto de que la Corporación pueda prestar eficaz y eficientemente los servicios
públicos que le competen, dando cumplimiento a la satisfacción del interés general.
2. Normativa aplicable
La presente convocatoria se regirá por lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de
octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público; la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; el Real Decreto Legislativo
781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales
vigentes en materia de Régimen Local; el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se
establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe de ajustarse el procedimiento
de selección de los funcionarios de la Administración Local; la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de
Medidas para la Reforma de la Función Pública; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, el que
se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración
General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los
Funcionarios Civiles del Estado; las normas previstas en la presente convocatoria. Será también
de aplicación lo dispuesto en el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, que regula el acceso
al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad.
La presente convocatoria y actos derivados de la misma podrán ser impugnados de acuerdo con lo
previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
3. Requisitos de los aspirantes
3.1.- Requisitos generales:
a)
b)
c)
d)
e)
f)
g)
Tener la nacionalidad española o cumplir con los requisitos del artículo 57 del Texto
Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, en el supuesto de acceso al empleo público de
nacionales de otros Estados.
Tener cumplidos 16 años y no exceder la edad de jubilación forzosa, edades ambas
referidas al día en que finalice el plazo de presentación de instancias.
Poseer la capacidad funcional para desempeñar las tareas propias del puesto.
Poseer el permiso de conducción tipo B en vigor.
No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las
Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o
cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o
para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en
el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no
hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o
equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
No hallarse incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad con arreglo a la
legislación vigente.
Estar en posesión del título de Educación Secundaria Obligatoria, graduado escolar o
equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en
posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso,
la homologación.
Las condiciones para la admisión a las pruebas deberán reunirse en el momento de finalización del
plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo, hasta el
momento de la toma de posesión.
La administración podrá requerir, en cualquier momento, a las personas aspirantes que acrediten
el cumplimiento de los requisitos exigidos para su participación, así como, la veracidad de
BOCM-20250627-100
Los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 544
VIERNES 27 DE JUNIO DE 2025
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B.O.C.M. Núm. 152
Participación en actividades preventivas (podas de árboles en riesgo, despeje de
caminos, etc.).
Cualquieras otras funciones análogas o conexas con las anteriores que su superior
jerárquico le encomiende, en atención a la categoría profesional y/o especialidad del
puesto, al objeto de que la Corporación pueda prestar eficaz y eficientemente los servicios
públicos que le competen, dando cumplimiento a la satisfacción del interés general.
2. Normativa aplicable
La presente convocatoria se regirá por lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de
octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público; la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; el Real Decreto Legislativo
781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales
vigentes en materia de Régimen Local; el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se
establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe de ajustarse el procedimiento
de selección de los funcionarios de la Administración Local; la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de
Medidas para la Reforma de la Función Pública; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, el que
se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración
General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los
Funcionarios Civiles del Estado; las normas previstas en la presente convocatoria. Será también
de aplicación lo dispuesto en el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, que regula el acceso
al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad.
La presente convocatoria y actos derivados de la misma podrán ser impugnados de acuerdo con lo
previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
3. Requisitos de los aspirantes
3.1.- Requisitos generales:
a)
b)
c)
d)
e)
f)
g)
Tener la nacionalidad española o cumplir con los requisitos del artículo 57 del Texto
Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, en el supuesto de acceso al empleo público de
nacionales de otros Estados.
Tener cumplidos 16 años y no exceder la edad de jubilación forzosa, edades ambas
referidas al día en que finalice el plazo de presentación de instancias.
Poseer la capacidad funcional para desempeñar las tareas propias del puesto.
Poseer el permiso de conducción tipo B en vigor.
No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las
Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o
cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o
para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en
el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no
hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o
equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
No hallarse incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad con arreglo a la
legislación vigente.
Estar en posesión del título de Educación Secundaria Obligatoria, graduado escolar o
equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en
posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso,
la homologación.
Las condiciones para la admisión a las pruebas deberán reunirse en el momento de finalización del
plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo, hasta el
momento de la toma de posesión.
La administración podrá requerir, en cualquier momento, a las personas aspirantes que acrediten
el cumplimiento de los requisitos exigidos para su participación, así como, la veracidad de
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Los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos: