D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO - INSTITUTO REGIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (BOCM-20250627-27)
Convenio – Convenio de 18 de junio de 2025, entre la Comunidad de Madrid (Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo) y UNO Organización Empresarial de Logística y Transporte para la concesión directa de una subvención para la realización durante 2025 y 2026 de acciones incluidas en el VII Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid 2025-2028
75 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 328
VIERNES 27 DE JUNIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 152
imprescindiblepara su posterior justificación y pago.
Para ello deberá entregarles borrador o proyecto del material que se tiene previsto editar,
distribuir o poner a disposición. Se deberá indicar identificación de la acción a la que
corresponde y acción u acciones a las que sirve de soporte dicho material caso de haberlas.
Será remitido por el coordinador/director del convenio, responsable de la edición y
distribución del material.
c)
En relación con la organización de jornadas, impartición de formación y actos de
divulgación, deberán comunicar a los representantes del IRSST, con una antelación de, al
menos, una semana, salvo imprevistos debidamente justificados, para que estos puedan
valorar su asistencia: el lugar, la fecha, y el horario de los mismos; programa, contenidos o
materiales objeto de actuación, material soporte de la actuación y número y perfil
orientativos de los destinatarios de la misma.
Se contemplará la misma salvedad en el plazo indicada en el punto a) de este apartado.
En relación con la realización de visitas de asesoramiento, el técnico de seguimiento del IRSST
podrá, en cualquier momento, solicitar al beneficiario la información correspondiente al lugar, fecha y
horario de las visitas previstas a efectos de que el citado técnico de seguimiento pueda valorar su
asistencia a las mismas.
12.1.2 Posteriormente a la realización de la actuación:
a)
Visitas de asesoramiento: Con carácter trimestral, justificante de la acción realizada, con el
contenido mínimo del Acta de asesoramiento (SEN 2-1 Acta de asesoramiento) y SEN –
6 (Apartado 1. Relación de Asesoramientos), conforme al procedimiento establecido. Los
datos dela relación de visitas serán comunicados igualmente en formato Excel para facilitar
las gestiones y comprobaciones.
b)
Entrevistas:
No están previstas actuaciones de este tipo.
c)
Consultas:
No están previstas actuaciones de este tipo.
d)
Documentación técnica: La entidad beneficiaria deberá justificar dicha acción de forma
trimestral, conforme al modelo SEN – 6 (Apartado 4. Relación de documentación técnica),
establecido en el procedimiento del IRSST.
Organización de Jornadas: La entidad beneficiaria deberá justificar dicha acción de
forma trimestral, conforme al modelo SEN – 6 (Apartado 5. Relación de Jornadas y Actos),
60
BOCM-20250627-27
e)
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 328
VIERNES 27 DE JUNIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 152
imprescindiblepara su posterior justificación y pago.
Para ello deberá entregarles borrador o proyecto del material que se tiene previsto editar,
distribuir o poner a disposición. Se deberá indicar identificación de la acción a la que
corresponde y acción u acciones a las que sirve de soporte dicho material caso de haberlas.
Será remitido por el coordinador/director del convenio, responsable de la edición y
distribución del material.
c)
En relación con la organización de jornadas, impartición de formación y actos de
divulgación, deberán comunicar a los representantes del IRSST, con una antelación de, al
menos, una semana, salvo imprevistos debidamente justificados, para que estos puedan
valorar su asistencia: el lugar, la fecha, y el horario de los mismos; programa, contenidos o
materiales objeto de actuación, material soporte de la actuación y número y perfil
orientativos de los destinatarios de la misma.
Se contemplará la misma salvedad en el plazo indicada en el punto a) de este apartado.
En relación con la realización de visitas de asesoramiento, el técnico de seguimiento del IRSST
podrá, en cualquier momento, solicitar al beneficiario la información correspondiente al lugar, fecha y
horario de las visitas previstas a efectos de que el citado técnico de seguimiento pueda valorar su
asistencia a las mismas.
12.1.2 Posteriormente a la realización de la actuación:
a)
Visitas de asesoramiento: Con carácter trimestral, justificante de la acción realizada, con el
contenido mínimo del Acta de asesoramiento (SEN 2-1 Acta de asesoramiento) y SEN –
6 (Apartado 1. Relación de Asesoramientos), conforme al procedimiento establecido. Los
datos dela relación de visitas serán comunicados igualmente en formato Excel para facilitar
las gestiones y comprobaciones.
b)
Entrevistas:
No están previstas actuaciones de este tipo.
c)
Consultas:
No están previstas actuaciones de este tipo.
d)
Documentación técnica: La entidad beneficiaria deberá justificar dicha acción de forma
trimestral, conforme al modelo SEN – 6 (Apartado 4. Relación de documentación técnica),
establecido en el procedimiento del IRSST.
Organización de Jornadas: La entidad beneficiaria deberá justificar dicha acción de
forma trimestral, conforme al modelo SEN – 6 (Apartado 5. Relación de Jornadas y Actos),
60
BOCM-20250627-27
e)