D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO - INSTITUTO REGIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (BOCM-20250627-27)
Convenio – Convenio de 18 de junio de 2025, entre la Comunidad de Madrid (Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo) y UNO Organización Empresarial de Logística y Transporte para la concesión directa de una subvención para la realización durante 2025 y 2026 de acciones incluidas en el VII Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid 2025-2028
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 152
VIERNES 27 DE JUNIO DE 2025
Pág. 273
SEGUNDA: ACTUACIONES A DESARROLLAR
Para la comunicación, seguimiento y valoración de la ejecución material de cada una de las
acciones que se describen a continuación se utilizarán unos formatos modelos normalizados de
seguimiento y evaluación normalizados, denominados (SEN), que figuran en el procedimiento de
seguimiento del IRSST.
Con objeto de que el IRSST disponga de los datos necesarios para cumplir con lo dispuesto en
el Plan Director, en relación a la ejecución, seguimiento y evaluación del mismo, UNO realizará el
seguimiento de las actuaciones previstas en el presente Convenio a través de un procedimiento interno
de seguimiento de actuaciones realizadas al amparo del Plan Director de Prevención de Riesgos
Laborales de la Comunidad de Madrid vigente elaborado por el IRSST.
Para desarrollar la acción de evaluación, se contará con copias suficientes de los cuestionarios
correspondientes, así como la aplicación informática que, en su caso, se desarrolle para realizar el
tratamiento de los datos recabados.
Anualidad 2025
1. Acciones de asesoramiento
Definidas como el desplazamiento a empresas y/o centros de trabajo, a iniciativa del beneficiario,
para llevar a cabo acciones de asesoramiento en materia de prevención de riesgos laborales a terceros
(trabajadores, empresarios, particulares, etc.).
En todas las visitas se dará publicidad a las actividades del IRSST.
Cualquier cambio que se pueda producir sobre lo indicado en el convenio o cuando este convenio
fije temas que sean configurables, deberá requerirse la conformidad de la Comisión de Seguimiento
previamente a la autorización del órgano concedente.
No serán válidas nuevas visitas a centros de trabajo ya visitados por la entidad beneficiaria en el
ejercicio anterior a través de actuaciones con el mismo fin y financiadas con fondos públicos total o
parcialmente.
Las actuaciones se dirigen a empresas prestatarias de servicios logísticos y de transporte,
quedando estas identificadas bien por el CNAE al cual pertenecen, bien por su objeto social, bien porque
dispongan de plataformas logísticas o bien por el seguimiento de los convenios aplicables al sector. Los
CNAEs, no exhaustivos, referidos anteriormente son:
-
Transporte de mercancías por carretera y servicios de mudanza (494)
-
Almacenamiento y actividades anexas al transporte (52)
BOCM-20250627-27
5
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 152
VIERNES 27 DE JUNIO DE 2025
Pág. 273
SEGUNDA: ACTUACIONES A DESARROLLAR
Para la comunicación, seguimiento y valoración de la ejecución material de cada una de las
acciones que se describen a continuación se utilizarán unos formatos modelos normalizados de
seguimiento y evaluación normalizados, denominados (SEN), que figuran en el procedimiento de
seguimiento del IRSST.
Con objeto de que el IRSST disponga de los datos necesarios para cumplir con lo dispuesto en
el Plan Director, en relación a la ejecución, seguimiento y evaluación del mismo, UNO realizará el
seguimiento de las actuaciones previstas en el presente Convenio a través de un procedimiento interno
de seguimiento de actuaciones realizadas al amparo del Plan Director de Prevención de Riesgos
Laborales de la Comunidad de Madrid vigente elaborado por el IRSST.
Para desarrollar la acción de evaluación, se contará con copias suficientes de los cuestionarios
correspondientes, así como la aplicación informática que, en su caso, se desarrolle para realizar el
tratamiento de los datos recabados.
Anualidad 2025
1. Acciones de asesoramiento
Definidas como el desplazamiento a empresas y/o centros de trabajo, a iniciativa del beneficiario,
para llevar a cabo acciones de asesoramiento en materia de prevención de riesgos laborales a terceros
(trabajadores, empresarios, particulares, etc.).
En todas las visitas se dará publicidad a las actividades del IRSST.
Cualquier cambio que se pueda producir sobre lo indicado en el convenio o cuando este convenio
fije temas que sean configurables, deberá requerirse la conformidad de la Comisión de Seguimiento
previamente a la autorización del órgano concedente.
No serán válidas nuevas visitas a centros de trabajo ya visitados por la entidad beneficiaria en el
ejercicio anterior a través de actuaciones con el mismo fin y financiadas con fondos públicos total o
parcialmente.
Las actuaciones se dirigen a empresas prestatarias de servicios logísticos y de transporte,
quedando estas identificadas bien por el CNAE al cual pertenecen, bien por su objeto social, bien porque
dispongan de plataformas logísticas o bien por el seguimiento de los convenios aplicables al sector. Los
CNAEs, no exhaustivos, referidos anteriormente son:
-
Transporte de mercancías por carretera y servicios de mudanza (494)
-
Almacenamiento y actividades anexas al transporte (52)
BOCM-20250627-27
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