D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO - INSTITUTO REGIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (BOCM-20250627-27)
Convenio –  Convenio de 18 de junio de 2025, entre la Comunidad de Madrid (Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo) y UNO Organización Empresarial de Logística y Transporte para la concesión directa de una subvención para la realización durante 2025 y 2026 de acciones incluidas en el VII Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid 2025-2028
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 304

VIERNES 27 DE JUNIO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 152

TERCERA: RECURSOS HUMANOS PROPIOS DE UNO PARA LA REALIZACIÓN DE LAS
ACTUACIONES A DESARROLLAR EN EJECUCIÓN DEL CONVENIO.
Para la realización de este proyecto se contará, al menos, con el personal que se relaciona a
continuación para la correcta ejecución de las acciones del convenio. La beneficiaria podrá contratar un
número superior de personas en cada categoría, pero siempre manteniendo el máximo de horas permitido.

En el caso de que el personal de la entidad no realice el total de horas establecidas en el convenio
para cada una de las actuaciones se reducirá proporcionalmente la financiación máxima subvencionable
del gasto de personal propio por categorías profesionales que se recoge en la cláusula NOVENA. Esto es,
se entenderá que la financiación máxima se corresponde con el máximo de horas recogido en el convenio.

En el caso de que el personal de la entidad supere el número total de horas establecidas en el
convenio se reducirá proporcionalmente la cantidad justificada por la entidad, de forma que no se
subvencione ningún gasto correspondiente a dicho exceso de horas.

El convenio colectivo que resultará de aplicación a los trabajadores durante la ejecución del
presente convenio será el del Convenio Colectivo del Sector de Logística, Paquetería y Actividades Anexas
al Transporte de Mercancías, que fija una jornada máxima anual para los trabajadores de 1768 horas. Dicha
jornada máxima se considerará correspondiente al 100% de dedicación al presente convenio, sin que
necesariamente cada trabajador deba dedicar a éste esa jornada máxima.

En caso de aprobación de un nuevo convenio que implique cambio en la jornada máxima se
considerará como válido el nuevo valor a partir de su entrada en vigor.

El personal mínimo para la realización del convenio será en cada anualidad:

ANUALIDAD 2025
x

1 director/coordinador de proyecto, cuya funciones, entre otras, son la interlocución con
CEIM y el IRSST, y encargado de la selección y coordinación del equipo de trabajo y
entidades subcontratadas, coordinación de la ejecución del convenio y justificación, etc.
Realizará un máximo de 312 horas al año.

x

1 técnico en prevención de riesgos laborales, que realizará las actuaciones de
asesoramiento descritas en el convenio. Con un porcentaje de dedicación del 100%, que
realizará un máximo de 1.768 horas al año.

x

1 técnico financiero que dará soporte financiero a toda la ejecución del proyecto, etc.. que

x

1 técnico en comunicación para la realización del plan de comunicación y gestión de la

realizará un máximo de 310 horas al año.

jornada, dar soporte a la ejecución de las acciones a nivel de difusión etc.) que realizará un
máximo de 522 horas al año.

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