Madrid (BOCM-20250626-47)
Régimen económico. Pleno del Ayuntamiento. Modificación presupuestaria
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 340

JUEVES 26 DE JUNIO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 151

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
47

MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO

Pleno del Ayuntamiento
El Pleno del Ayuntamiento en la sesión (7/2025), ordinaria celebrada el día 24 de junio
de 2025, adoptó el siguiente acuerdo:
“Aprobar la concesión de un suplemento de crédito por importe de 2.989,36 euros en
el Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid (Área de Gobierno de Urbanismo, Medio
Ambiente y Movilidad), con el detalle de las aplicaciones presupuestarias que corresponden a este suplemento de crédito que se recogen en las dotaciones del anexo.
La citada modificación se financia con las desviaciones positivas de financiación de
los proyectos de gastos con financiación afectada puestas de manifiesto a 31 de diciembre
de 2024”.
ANEXO
CENTRO

SECCIÓN

PROGRAMA

ECONÓMICO

001

150

151.03

227.03

GASTOS POR ACCIÓN SUBSIDIARIA

DENOMINACIÓN ECONÓMICO

IMPORTE

001

150

170.00

230.20

DIETAS DEL PERSONAL NO DIRECTIVO

001

150

170.00

231.20

GASTOS DE VIAJE DEL PERSONAL NO DIRECTIVO

2.491,05
300,00
198,31

TOTAL SUPLEMENTO DE CRÉDITO

2.989,36

RESUMEN POR CAPÍTULOS
CAPÍTULO

GASTOS
ALTAS

BAJAS

INGRESOS
TOTAL

MAYOR

MENOR

TOTAL

Capítulo 1
Capítulo 2

2.989,36

2.989,36

Capítulo 3
Capítulo 4
Capítulo 6
Capítulo 7
Capítulo 8

2.989,36

2.989,36

2.989,36

2.989,36

Capítulo 9
TOTAL

2.989,36

2.989,36

(03/10.374/25)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20250626-47

Lo que se hace público para general conocimiento, indicándose que contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse directamente recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de
la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.1, 10.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, todo ello sin perjuicio de
que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente en derecho (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Madrid, a 24 de junio de 2025.—El secretario General del Pleno, Federico Andrés
López de la Riva Carrasco.