San Fernando de Henares (BOCM-20250626-73)
Régimen económico. Padrones fiscales
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 372
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 26 DE JUNIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 151
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
73
SAN FERNANDO DE HENARES
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20250626-73
El concejal-delegado de Hacienda, mediante decreto n.o 1436/25, de 13 de junio
de 2025, ha aprobado los padrones fiscales provisionales correspondientes al ejercicio 2025
por los siguientes conceptos:
1. Canon aparcamiento.
2. IBI de naturaleza rústica.
3. Impuesto s/Actividades económicas.
4. Tasa por el Servicio de Prevención y Extinción de Incendios.
Se pone en conocimiento de los respectivos contribuyentes obligados al pago que los
mismos estarán expuestos al público en el Área de Hacienda –Departamento de Gestión e
Inspección Tributaria–, plaza de España, s/n, en San Fernando de Henares, durante el plazo de quince días, contando a partir del día siguiente a la publicación del presente anuncio
en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, durante el cual podrán examinarlos, pudiendo interponer recurso de reposición en el plazo de un mes contado desde la finalización del período de exposición pública, ante el concejal-delegado del Área de Hacienda, como previo al contencioso-administrativo.
Que durante los días hábiles comprendidos entre el 1 de septiembre y el 20 de noviembre, ambos inclusive, se pondrán al cobro en período voluntario los recibos del presente
año, correspondientes a las exacciones antes mencionadas.
Los contribuyentes afectados por las mismas podrán realizar los pagos de sus deudas
tributarias mediante la presentación del juego de impresos en todas las sucursales de entidades bancarias.
Transcurrido el indicado plazo voluntario de cobranza, se iniciará el procedimiento
ejecutivo de apremio administrativo, de conformidad con las disposiciones establecidas en
el vigente Reglamento General de Recaudación, procediéndose al cobro de las cuotas que
no hayan sido satisfechas, con los recargos y, en su caso, intereses correspondientes.
Lo que se hace público para general conocimiento.
San Fernando de Henares, a 16 de junio de 2025.—La concejala-delegada de Hacienda, Carolina Gómez García.
(01/9.866/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 372
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JUEVES 26 DE JUNIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 151
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
73
SAN FERNANDO DE HENARES
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20250626-73
El concejal-delegado de Hacienda, mediante decreto n.o 1436/25, de 13 de junio
de 2025, ha aprobado los padrones fiscales provisionales correspondientes al ejercicio 2025
por los siguientes conceptos:
1. Canon aparcamiento.
2. IBI de naturaleza rústica.
3. Impuesto s/Actividades económicas.
4. Tasa por el Servicio de Prevención y Extinción de Incendios.
Se pone en conocimiento de los respectivos contribuyentes obligados al pago que los
mismos estarán expuestos al público en el Área de Hacienda –Departamento de Gestión e
Inspección Tributaria–, plaza de España, s/n, en San Fernando de Henares, durante el plazo de quince días, contando a partir del día siguiente a la publicación del presente anuncio
en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, durante el cual podrán examinarlos, pudiendo interponer recurso de reposición en el plazo de un mes contado desde la finalización del período de exposición pública, ante el concejal-delegado del Área de Hacienda, como previo al contencioso-administrativo.
Que durante los días hábiles comprendidos entre el 1 de septiembre y el 20 de noviembre, ambos inclusive, se pondrán al cobro en período voluntario los recibos del presente
año, correspondientes a las exacciones antes mencionadas.
Los contribuyentes afectados por las mismas podrán realizar los pagos de sus deudas
tributarias mediante la presentación del juego de impresos en todas las sucursales de entidades bancarias.
Transcurrido el indicado plazo voluntario de cobranza, se iniciará el procedimiento
ejecutivo de apremio administrativo, de conformidad con las disposiciones establecidas en
el vigente Reglamento General de Recaudación, procediéndose al cobro de las cuotas que
no hayan sido satisfechas, con los recargos y, en su caso, intereses correspondientes.
Lo que se hace público para general conocimiento.
San Fernando de Henares, a 16 de junio de 2025.—La concejala-delegada de Hacienda, Carolina Gómez García.
(01/9.866/25)
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ISSN 1989-4791