D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20250626-45)
Convenio –  Convenio de colaboración de 12 de junio de 2025, entre la Comunidad de Madrid, Madrid Destino Cultura Turismo y Negocio, S. A., e IFEMA Madrid, para la promoción internacional de Madrid como destino turístico
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 151

JUEVES 26 DE JUNIO DE 2025

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Ayuntamiento de Madrid y el Vicepresidente en representación de IFEMA
Madrid, o personas en que deleguen. El coordinador del Proyecto actuará de
secretario, con voz, pero sin voto.
2. Funciones.
a) Aprobar el plan de acción anual de proyectos de promoción internacional del
destino Madrid. Asimismo, aprobar la asignación presupuestaria de cada
acción promocional o comercial y la imputación presupuestaria que dicha
acción deba tener en relación a las aportaciones económicas a las que cada
una de las partes se comprometen en el presente convenio. La Mesa de
Expertos formulará sus propuestas sobre el Plan de Acción anual aprobado.
b) Valorar, y en su caso aprobar, cada una de las propuestas y acciones que se
desarrollen en virtud del presente convenio.
c) Elaborar propuestas o planes de acción para la promoción en mercados
internacionales, siempre que sea necesario por razones justificadas de
oportunidad.
d) Realizar el seguimiento del impacto de las acciones promocionales o
comerciales ejecutadas en el seno del Proyecto.
e) Cualesquiera otras que les asigne el presente convenio.
3. Funcionamiento.
El Comité de Valoración de Proyectos se reunirá
ordinaria, y de forma extraordinaria siempre que
miembros. Las convocatorias se efectuarán por el
representante de IFEMA Madrid, de acuerdo
funcionamiento del Comité de Valoración.

bimestralmente de forma
lo solicite alguno de sus
coordinador del Proyecto,
con el reglamento de

El coordinador del proyecto elevará para su aprobación al Comité de Valoración
las propuestas de promoción y comercialización turística. Las propuestas irán
acompañadas del correspondiente presupuesto, plan de marketing y
comunicación y propuesta de calendario de ejecución.
La capacidad de aprobación de las propuestas y acciones recaerá en las tres
partes firmantes del Convenio representadas en el Comité de Valoración. Cada
propuesta o acción se aprobará por las partes de modo proporcional a como
estas sufraguen, con cargo a sus aportaciones al convenio, las necesidades de
recursos de cada propuesta o acción. En todo caso, en las propuestas o acciones
cofinanciadas a partes iguales por las aportaciones de la Comunidad de Madrid
y de Madrid Destino se requerirá la aprobación de ambas partes firmantes del
convenio.
El conjunto del Plan de Acción anual se entenderá aprobado toda vez que las
acciones de que se componga lo hayan sido previamente, en virtud del
procedimiento expuesto en los apartados precedentes.

BOCM-20250626-45

El Secretario levantará acta de las sesiones del Comité de Valoración de
Proyectos.