D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO - INSTITUTO REGIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (BOCM-20250626-31)
Convenio –  Convenio de 18 de junio de 2025, entre la Comunidad de Madrid (Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo) y la Unión Sindical de Madrid Región de CC. OO. (USMR-CC. OO.), para la concesión directa de una subvención para la realización durante 2025 y 2026 de acciones incluidas en el VII Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid 2025-2028
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 151

JUEVES 26 DE JUNIO DE 2025

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previamente a la autorización del órgano concedente.
No serán válidas nuevas visitas a centros de trabajo ya visitados por la entidad beneficiaria en el
ejercicio anterior a través de actuaciones con el mismo fin y financiadas con fondos públicos total o
parcialmente. Tampoco serán válidas visitas donde se mezclen asesoramientos para sensibilizar (“a puerta
fría”) con asesoramientos específicos (Ver punto 1.2).

1.1. Visitas de asesoramiento para sensibilizar (denominadas “visitas a puerta fría”):
Definidas como el desplazamiento a centros de trabajo, a iniciativa del beneficiario, para llevar
a cabo acciones para promover la cultura preventiva en Pymes, y de forma prioritaria en Pymes sin
representación de personas trabajadoras. En todas las visitas se dará publicidad a las actividades del
IRSST.
Estas visitas se llevarán a cabo por parte de los técnicos de prevención con formación
adecuada para desarrollar las funciones de Técnicos de prevención de riesgos laborales intermedios
o superiores, conforme a lo establecido en el Anexo VI del Reglamento de los Servicios de Prevención,
aprobado por el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, que deberán rellenar un cuestionario de cada
asesoramiento. Se podrá contar también con técnicos básicos de prevención de riesgos laborales, para
realizar este tipo de visitas a puerta fría.
De cada visita se rellenará un check-list, que ha sido consensuado previamente con el IRSST.
En estas visitas, siempre que sea posible, se repartirá documentación escrita en relación con
los derechos básicos en prevención de riesgos laborales (folleto sobre “derechos básicos en
prevención de riesgos laborales” y díptico “en salud laboral no estás solo”).
Se estima que, para la realización de las visitas para sensibilizar realizadas a puerta fría, así
como para las de asesoramiento a personas autónomas sin trabajadores o trabajadoras a su cargo, se
destinarán una media de 1 hora. Se pondrán a disposición del personal técnico, las actas de realización
de estas visitas, cuyos contenidos se acordarán previamente con el IRSST.

De forma general, se establecen los siguientes límites:
x

Número de horas de participación de personal técnico propio por visita: 1h

x

N.º máximo de visitas de asesoramiento/día realizadas por un mismo técnico: 8

x

N.º máximo de asesoramientos por visita a realizar en cada centro de trabajo: 1

x

N.º mínimo de empresas o centros de trabajo diferentes sobre los que se actuará: 4.500

x

Porcentaje o cantidad visitas que se realizarán sobre trabajadores autónomos (sin
trabajadores a su cargo): 0%

x

No existe limitación de los sectores de actividad a visitar

x

El material de apoyo a entregar será, principalmente, el de divulgación elaborado en el

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