C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20250625-41)
Extracto convocatoria subvenciones – Extracto de la Orden de 16 de junio de 2025, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que se convocan para el año 2025 las subvenciones dirigidas a financiar actuaciones de bioeconomía en municipios con dificultades demográficas en el marco del “Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU” (C4.I4b)
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 150
MIÉRCOLES 25 DE JUNIO DE 2025
Pág. 157
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
41
EXTRACTO de la Orden de 16 de junio de 2025, de la Consejería de Presidencia,
Justicia y Administración Local, por la que se convocan para el año 2025 las subvenciones dirigidas a financiar actuaciones de bioeconomía en municipios con dificultades demográficas en el marco del “Plan de Recuperación, Transformación
y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU” (C4.I4b).
BDNS (840680)
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en Base de Datos Nacional de Subvenciones
( https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias ).
Primero
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones:
— Los municipios de menos de 5.000 habitantes y con una superficie forestal de, al
menos el 50 %, tal y como se relacionan en el Anexo I.
— Mancomunidades que estén constituidas, al menos, con la mitad de los municipios
incluidos en el Anexo I.
Segundo
Objeto
1. El objeto de estas subvenciones es financiar actuaciones de bioeconomía en municipios con dificultades demográficas en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR).
2. El pago de la ayuda tendrá el carácter de anticipado por importe del 100 por 100
de la ayuda concedida.
3. La finalidad de estas subvenciones es contribuir a reactivar e incentivar la actividad económica en zonas en situación de vulnerabilidad territorial y declive demográfico,
mediante el desarrollo de iniciativas destinadas a la gestión y usos sostenible de los recursos forestales, generadoras de empleo y revalorizadoras del territorio, además de promover
beneficios sociales locales.
Tercero
Esta convocatoria de ayudas se regula por la Orden, de 6 de septiembre de 2023, de la
Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones dirigidas a financiar actuaciones de bioeconomía en
municipios con dificultades demográficas en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiadas por la Unión Europea-Next Generation EU (C4.I4b) y se
aprueba la convocatoria para el año 2023 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID núm. 222, del 18 de septiembre de 2023).
Esta norma ha sido modifica por la Orden de 21 de mayo de 2024 (BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID núm. 140, del 13 de junio de 2024).
BOCM-20250625-41
Bases reguladoras
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 150
MIÉRCOLES 25 DE JUNIO DE 2025
Pág. 157
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
41
EXTRACTO de la Orden de 16 de junio de 2025, de la Consejería de Presidencia,
Justicia y Administración Local, por la que se convocan para el año 2025 las subvenciones dirigidas a financiar actuaciones de bioeconomía en municipios con dificultades demográficas en el marco del “Plan de Recuperación, Transformación
y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU” (C4.I4b).
BDNS (840680)
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en Base de Datos Nacional de Subvenciones
( https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias ).
Primero
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones:
— Los municipios de menos de 5.000 habitantes y con una superficie forestal de, al
menos el 50 %, tal y como se relacionan en el Anexo I.
— Mancomunidades que estén constituidas, al menos, con la mitad de los municipios
incluidos en el Anexo I.
Segundo
Objeto
1. El objeto de estas subvenciones es financiar actuaciones de bioeconomía en municipios con dificultades demográficas en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR).
2. El pago de la ayuda tendrá el carácter de anticipado por importe del 100 por 100
de la ayuda concedida.
3. La finalidad de estas subvenciones es contribuir a reactivar e incentivar la actividad económica en zonas en situación de vulnerabilidad territorial y declive demográfico,
mediante el desarrollo de iniciativas destinadas a la gestión y usos sostenible de los recursos forestales, generadoras de empleo y revalorizadoras del territorio, además de promover
beneficios sociales locales.
Tercero
Esta convocatoria de ayudas se regula por la Orden, de 6 de septiembre de 2023, de la
Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones dirigidas a financiar actuaciones de bioeconomía en
municipios con dificultades demográficas en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiadas por la Unión Europea-Next Generation EU (C4.I4b) y se
aprueba la convocatoria para el año 2023 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID núm. 222, del 18 de septiembre de 2023).
Esta norma ha sido modifica por la Orden de 21 de mayo de 2024 (BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID núm. 140, del 13 de junio de 2024).
BOCM-20250625-41
Bases reguladoras