C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20250625-42)
Extracto convocatoria subvenciones –  Extracto de la Orden de 16 de junio de 2025, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que se convocan para el año 2025 las subvenciones dirigidas a financiar actuaciones de bioeconomía en municipios con dificultades demográficas en el marco del “Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU” (C4.I4b)
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 150

MIÉRCOLES 25 DE JUNIO DE 2025

Pág. 161

Cuarto
Cuantía y financiación de las ayudas
El importe máximo de las subvenciones para actuaciones será de 15.000 euros.
La ayuda económica podrá llegar hasta el 100 por 100 del total subvencionable, con el
límite máximo recogido en el punto anterior, hasta agotarse los créditos presupuestarios autorizados para cada convocatoria.
Podrán subvencionarse hasta tres actuaciones por beneficiario, siempre y cuando las mismas pertenezcan a distintas tipologías de actuaciones del artículo 7 de las bases reguladoras.
Estas subvenciones se financiarán con cargo a la partida 79909 “Otras actuaciones” del
Presupuesto de Gastos del Programa 942O “Reequilibrio Territorial”, del año 2025 con un
importe para las entidades sin ánimo de lucro de 15.000,00 euros.
2. Esta convocatoria se desarrollará en el marco de la Inversión 4 “Gestión forestal
sostenible” (submedida I4b “Otras acciones de gestión forestal sostenible”), incluida en el
Componente 4: “Conservación y restauración de ecosistemas y su biodiversidad” del Plan
de Recuperación, Transformación y Resiliencia, Financiado por la Unión Europea-Next
Generation EU y, serán cofinanciadas en un 100 % del gasto público por el Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia.
Quinto
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles contados a partir del día
siguiente al de la publicación de este extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID.
Sexto
Gastos subvencionables
Serán subvencionables los gastos en los que incurran los beneficiarios de la ayuda para
la realización de las siguientes actuaciones:
— Estudios cuyo objeto sea la conservación y gestión sostenible de los recursos forestales no madereros para la dinamización de la bioeconomía local, incluyendo
entre otros los recursos micológicos, apícolas, plantaciones medicinales, biomasa,
la ganadería extensiva…
— Cursos y acciones de formación, eventos de comunicación y sensibilización en
materia de conservación y gestión de la biodiversidad, gestión sostenible de los
aprovechamientos forestales, planificación turística, emprendimiento verde, impulso actividades tradicionales, turismo sostenible.
Madrid, a 16 de junio de 2025.
El Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local,
MIGUEL ÁNGEL GARCÍA MARTÍN

BOCM-20250625-42

(03/9.991/25)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791