Valdemaqueda (BOCM-20250624-65)
Régimen económico. Padrones fiscales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 149
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 24 DE JUNIO DE 2025
Pág. 517
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
65
VALDEMAQUEDA
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20250624-65
Por decreto de Alcaldía número 2025-0174, de fecha 13 de junio de 2025, se han aprobado los padrones fiscales y liquidaciones del impuesto sobre bienes inmuebles rústicos y
urbanos del ejercicio 2025.
Los mencionados padrones y liquidaciones permanecerán expuestos al público durante un plazo de veinte días hábiles, contado a partir del siguiente al de la publicación de este
anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como en la sede electrónica del Ayuntamiento ( http://aytovaldemaqueda.sedelectronica.es ) y tablón de edictos
de la Casa Consistorial, a efectos de que los interesados puedan presentar alegaciones, reparos u observaciones.
El período voluntario de pago de los mencionados tributos será el comprendido entre
los días 1 de julio y 31 de agosto de 2025, ambos incluidos.
El pago en período voluntario de las correspondientes cuotas tributarias podrá hacerse efectivo a partir del día 1 de julio de 2025, mediante ingreso directo, transferencia bancaria, o bien
en la Oficina Municipal de Recaudación, sita en la Plaza de España, número 1, de Valdemaqueda, los días 14 y 21 de julio y 11 y 19 de agosto de 2025, en horario de 9:00 a 14:00 horas.
La fecha prevista de cargo en cuenta de las cuotas tributarias que han sido domiciliadas será el día 1 de agosto de 2025.
Transcurrido el período voluntario de cobro sin haberse hecho efectivas las deudas tributarias, se exigirá el pago de las mismas en período ejecutivo mediante el procedimiento
de apremio, con el devengo de los recargos, intereses de demora y costas del procedimiento que procedan, de conformidad con los artículos 26, 28 y 161 de la Ley 58/2003, de 17 de
diciembre, General Tributaria.
Contra el acto de aprobación de los citados padrones y/o las liquidaciones correspondientes podrá interponerse recurso de reposición ante la Alcaldía en el plazo de un mes a
contar desde el día siguiente al de finalización del período de exposición pública, de acuerdo con el artículo 14.2.c) del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, previo al recurso contencioso-administrativo, sin perjuicio de interposición de cualquier otro recurso que se
estime procedente.
El presente anuncio tiene carácter de notificación colectiva, de conformidad con lo establecido en el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
En Valdemaqueda, a 13 de junio de 2025.—El alcalde-presidente del Ayuntamiento
de Valdemaqueda, Ricardo Meneses Cabrero.
(01/9.687/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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Por decreto de Alcaldía número 2025-0174, de fecha 13 de junio de 2025, se han aprobado los padrones fiscales y liquidaciones del impuesto sobre bienes inmuebles rústicos y
urbanos del ejercicio 2025.
Los mencionados padrones y liquidaciones permanecerán expuestos al público durante un plazo de veinte días hábiles, contado a partir del siguiente al de la publicación de este
anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como en la sede electrónica del Ayuntamiento ( http://aytovaldemaqueda.sedelectronica.es ) y tablón de edictos
de la Casa Consistorial, a efectos de que los interesados puedan presentar alegaciones, reparos u observaciones.
El período voluntario de pago de los mencionados tributos será el comprendido entre
los días 1 de julio y 31 de agosto de 2025, ambos incluidos.
El pago en período voluntario de las correspondientes cuotas tributarias podrá hacerse efectivo a partir del día 1 de julio de 2025, mediante ingreso directo, transferencia bancaria, o bien
en la Oficina Municipal de Recaudación, sita en la Plaza de España, número 1, de Valdemaqueda, los días 14 y 21 de julio y 11 y 19 de agosto de 2025, en horario de 9:00 a 14:00 horas.
La fecha prevista de cargo en cuenta de las cuotas tributarias que han sido domiciliadas será el día 1 de agosto de 2025.
Transcurrido el período voluntario de cobro sin haberse hecho efectivas las deudas tributarias, se exigirá el pago de las mismas en período ejecutivo mediante el procedimiento
de apremio, con el devengo de los recargos, intereses de demora y costas del procedimiento que procedan, de conformidad con los artículos 26, 28 y 161 de la Ley 58/2003, de 17 de
diciembre, General Tributaria.
Contra el acto de aprobación de los citados padrones y/o las liquidaciones correspondientes podrá interponerse recurso de reposición ante la Alcaldía en el plazo de un mes a
contar desde el día siguiente al de finalización del período de exposición pública, de acuerdo con el artículo 14.2.c) del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, previo al recurso contencioso-administrativo, sin perjuicio de interposición de cualquier otro recurso que se
estime procedente.
El presente anuncio tiene carácter de notificación colectiva, de conformidad con lo establecido en el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
En Valdemaqueda, a 13 de junio de 2025.—El alcalde-presidente del Ayuntamiento
de Valdemaqueda, Ricardo Meneses Cabrero.
(01/9.687/25)
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