El Escorial (BOCM-20250624-47)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 149
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 24 DE JUNIO DE 2025
Pág. 489
La calificación final de esta segunda prueba será el sumatorio de las ponderaciones anteriormente indicadas, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos en dicho sumatorio
para poder realizar la siguiente prueba.
10.3. Tercer ejercicio: Se calificará en función de las tablas del Anexo I. Las pruebas físicas se calificarán de 5 a 10 puntos, siendo necesario obtener para superarlas un mínimo de 5 puntos en cada una de ellas. Para la realización de una prueba será necesaria la
previa superación de la anterior. La nota final será la media aritmética correspondiente al
conjunto de las pruebas.
10.4. Cuarto ejercicio: El reconocimiento médico se calificará como “apto” o “no apto”.
10.5. Calificación definitiva de la fase de oposición: Concluido cada uno de los ejercicios de la fase de oposición, el Tribunal hará pública en el tablón de anuncios y edictos
electrónico y en la web municipal del Ayuntamiento de El Escorial, la relación de personas
aspirantes que hayan superado la misma, con indicación de la puntuación obtenida.
La calificación final de las pruebas de oposición de los aspirantes que hayan superado
cada una de ellas, conforme a lo previsto en el artículo anterior, será la suma de las calificaciones finales obtenidas en las pruebas de naturaleza puntuable.
Para la valoración y calificación de las pruebas psicotécnicas, de idioma, físicas y de
reconocimiento médico, se requerirán los servicios de personal especializado, que emitirá,
con arreglo a las condiciones de estas bases de convocatoria, su informe, a la vista del cual,
el Tribunal, resolverá.
Tras la finalización de cada ejercicio, los opositores tendrán un plazo de 3 días hábiles
para presentar reclamaciones y/o alegaciones.
11.1. Finalizada la fase de oposición, se accederá a la fase de concurso, en la que tan
solo participarán aquellos aspirantes que hubieran superado la fase de oposición.
La fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio, consistirá en la calificación
de los méritos alegados y acreditados documentalmente por los aspirantes, y que se posean
antes de la finalización del plazo de admisión de instancias consistentes en conocimientos
previos.
Todos los méritos alegados, deberán acreditarse mediante documentos públicos administrativos, entendiendo por tales certificados, diplomas, hago constar o cualquier otro medio que a juicio del Tribunal Calificador acredite fehacientemente lo alegado.
11.2. La puntuación máxima que podrá alcanzar el concurso de méritos será 2 puntos.
En el concurso puntuarán los siguientes méritos:
a) Servicios prestados, con una puntuación máxima de 0,40 puntos:
1.o Como agente auxiliar: 0,05 puntos por año o fracción superior a 6 meses.
2.o Como agente de movilidad: 0,05 puntos por año o fracción superior a 6 meses.
b) Titulaciones oficiales, con una puntuación máxima de 0,90 puntos, entendiéndose
como tales las siguientes titulaciones reconocidas por el ministerio competente en
materia de Educación, y sin que pueda computarse la titulación exigida para participar en el correspondiente proceso selectivo:
1.o Doctorado: 0,80 puntos.
2.o Máster oficial de estudios universitarios de 120 o más créditos del Sistema
Europeo de Transferencia y Acumulación de Créditos (en adelante,
ECTS): 0,20 puntos.
3.o Máster oficial de estudios universitarios de 60 a 119 créditos ECTS: 0,10 puntos.
4.o Licenciatura o título de grado de, al menos, 300 créditos ECTS: 0,50 puntos.
5.o Grado universitario de 240 créditos ECTS: 0,40 puntos.
6.o Diplomatura o grado universitario de 180 créditos ECTS: 0,30 puntos.
7.o Técnico Superior o Técnico Especialista de Formación Profesional: 0,20 puntos.
Se establece una puntuación adicional de 0,10 puntos cuando alguna de las titulaciones anteriores verse sobre materias que son consideradas por este Ayuntamiento convocante de especial interés para el desarrollo de la actividad policial y que
será las siguientes:
— Grado en Ciencias Políticas.
— Grado en Ciencia Política y Administración Pública.
— Grado en Ciencia Política y Gestión Pública.
— Grado en Ciencia Política y de la Administración.
BOCM-20250624-47
11. Fase de concurso
B.O.C.M. Núm. 149
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 24 DE JUNIO DE 2025
Pág. 489
La calificación final de esta segunda prueba será el sumatorio de las ponderaciones anteriormente indicadas, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos en dicho sumatorio
para poder realizar la siguiente prueba.
10.3. Tercer ejercicio: Se calificará en función de las tablas del Anexo I. Las pruebas físicas se calificarán de 5 a 10 puntos, siendo necesario obtener para superarlas un mínimo de 5 puntos en cada una de ellas. Para la realización de una prueba será necesaria la
previa superación de la anterior. La nota final será la media aritmética correspondiente al
conjunto de las pruebas.
10.4. Cuarto ejercicio: El reconocimiento médico se calificará como “apto” o “no apto”.
10.5. Calificación definitiva de la fase de oposición: Concluido cada uno de los ejercicios de la fase de oposición, el Tribunal hará pública en el tablón de anuncios y edictos
electrónico y en la web municipal del Ayuntamiento de El Escorial, la relación de personas
aspirantes que hayan superado la misma, con indicación de la puntuación obtenida.
La calificación final de las pruebas de oposición de los aspirantes que hayan superado
cada una de ellas, conforme a lo previsto en el artículo anterior, será la suma de las calificaciones finales obtenidas en las pruebas de naturaleza puntuable.
Para la valoración y calificación de las pruebas psicotécnicas, de idioma, físicas y de
reconocimiento médico, se requerirán los servicios de personal especializado, que emitirá,
con arreglo a las condiciones de estas bases de convocatoria, su informe, a la vista del cual,
el Tribunal, resolverá.
Tras la finalización de cada ejercicio, los opositores tendrán un plazo de 3 días hábiles
para presentar reclamaciones y/o alegaciones.
11.1. Finalizada la fase de oposición, se accederá a la fase de concurso, en la que tan
solo participarán aquellos aspirantes que hubieran superado la fase de oposición.
La fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio, consistirá en la calificación
de los méritos alegados y acreditados documentalmente por los aspirantes, y que se posean
antes de la finalización del plazo de admisión de instancias consistentes en conocimientos
previos.
Todos los méritos alegados, deberán acreditarse mediante documentos públicos administrativos, entendiendo por tales certificados, diplomas, hago constar o cualquier otro medio que a juicio del Tribunal Calificador acredite fehacientemente lo alegado.
11.2. La puntuación máxima que podrá alcanzar el concurso de méritos será 2 puntos.
En el concurso puntuarán los siguientes méritos:
a) Servicios prestados, con una puntuación máxima de 0,40 puntos:
1.o Como agente auxiliar: 0,05 puntos por año o fracción superior a 6 meses.
2.o Como agente de movilidad: 0,05 puntos por año o fracción superior a 6 meses.
b) Titulaciones oficiales, con una puntuación máxima de 0,90 puntos, entendiéndose
como tales las siguientes titulaciones reconocidas por el ministerio competente en
materia de Educación, y sin que pueda computarse la titulación exigida para participar en el correspondiente proceso selectivo:
1.o Doctorado: 0,80 puntos.
2.o Máster oficial de estudios universitarios de 120 o más créditos del Sistema
Europeo de Transferencia y Acumulación de Créditos (en adelante,
ECTS): 0,20 puntos.
3.o Máster oficial de estudios universitarios de 60 a 119 créditos ECTS: 0,10 puntos.
4.o Licenciatura o título de grado de, al menos, 300 créditos ECTS: 0,50 puntos.
5.o Grado universitario de 240 créditos ECTS: 0,40 puntos.
6.o Diplomatura o grado universitario de 180 créditos ECTS: 0,30 puntos.
7.o Técnico Superior o Técnico Especialista de Formación Profesional: 0,20 puntos.
Se establece una puntuación adicional de 0,10 puntos cuando alguna de las titulaciones anteriores verse sobre materias que son consideradas por este Ayuntamiento convocante de especial interés para el desarrollo de la actividad policial y que
será las siguientes:
— Grado en Ciencias Políticas.
— Grado en Ciencia Política y Administración Pública.
— Grado en Ciencia Política y Gestión Pública.
— Grado en Ciencia Política y de la Administración.
BOCM-20250624-47
11. Fase de concurso