B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20250624-2)
Ayudas sociales – Resolución de 9 de junio de 2025, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia, por la que se aprueba la convocatoria de la Acción Social de funcionarios de la Administración de Justicia en la Comunidad de Madrid para el año 2025
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 149
MARTES 24 DE JUNIO DE 2025
Pág. 13
La administración actuante podrá consultar o recabar dichos documentos salvo que el
interesado se opusiera a ello. No cabrá la oposición cuando la aportación del documento se
exigiera en el marco del ejercicio de potestades sancionadoras o de inspección. No obstante, lo anterior, para la consulta de los datos tributarios del Estado será necesaria la autorización expresa del interesado.
Tercero
Ayudas a la Natalidad
Conforme a las previsiones del Acuerdo Sectorial, el importe total de Ayudas a la Natalidad será de 600.000 euros en el año 2025, con la siguiente distribución:
Ayuda nacimiento, adopción o acogimiento permanente o temporal de hijos nacidos
en el año 2024:
— 1.000 euros por un hijo.
— 1.500 euros por dos o más hijos y en el caso de familias monoparentales.
Cuarto
Ayudas al Transporte
En caso de no ejecución del total del montante destinado a la Ayuda a la Natalidad, la
cantidad sobrante se destinará a la ayuda al transporte. Dicha cantidad se verá incrementada en 700.000 euros destinados a tal fin, conforme a las previsiones del apartado Undécimo del Acuerdo Sectorial.
A tales efectos se constituirá una bolsa especifica de ayuda al transporte. Con arreglo
a esta, se repartirá la asignación entre todos los beneficiarios, para que estos sufraguen parte de los gastos que ocasiona el desplazamiento del domicilio del solicitante a su centro de
trabajo.
Quinto
Beneficiarios
BOCM-20250624-2
Una vez valoradas las solicitudes presentadas, la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia dictará resolución aprobando las listas provisionales de beneficiarios de las Ayudas convocadas.
Dichos listados serán colgados en la página Web de la Administración de Justicia,
abriéndose un plazo de cinco días hábiles para formular alegaciones. Valoradas estas últimas, el citado órgano administrativo dictará resolución con los funcionarios a los que, con
carácter definitivo, se les ha otorgado las ayudas y los importes de las mismas.
Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer
recurso de alzada ante la Viceconsejería de Justicia y Víctimas en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los
artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de poder ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente en defensa de sus derechos.
En Madrid, a 9 de junio de 2025.—La Directora General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia, Alejandra Alonso Bernal.
(03/9.514/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 149
MARTES 24 DE JUNIO DE 2025
Pág. 13
La administración actuante podrá consultar o recabar dichos documentos salvo que el
interesado se opusiera a ello. No cabrá la oposición cuando la aportación del documento se
exigiera en el marco del ejercicio de potestades sancionadoras o de inspección. No obstante, lo anterior, para la consulta de los datos tributarios del Estado será necesaria la autorización expresa del interesado.
Tercero
Ayudas a la Natalidad
Conforme a las previsiones del Acuerdo Sectorial, el importe total de Ayudas a la Natalidad será de 600.000 euros en el año 2025, con la siguiente distribución:
Ayuda nacimiento, adopción o acogimiento permanente o temporal de hijos nacidos
en el año 2024:
— 1.000 euros por un hijo.
— 1.500 euros por dos o más hijos y en el caso de familias monoparentales.
Cuarto
Ayudas al Transporte
En caso de no ejecución del total del montante destinado a la Ayuda a la Natalidad, la
cantidad sobrante se destinará a la ayuda al transporte. Dicha cantidad se verá incrementada en 700.000 euros destinados a tal fin, conforme a las previsiones del apartado Undécimo del Acuerdo Sectorial.
A tales efectos se constituirá una bolsa especifica de ayuda al transporte. Con arreglo
a esta, se repartirá la asignación entre todos los beneficiarios, para que estos sufraguen parte de los gastos que ocasiona el desplazamiento del domicilio del solicitante a su centro de
trabajo.
Quinto
Beneficiarios
BOCM-20250624-2
Una vez valoradas las solicitudes presentadas, la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia dictará resolución aprobando las listas provisionales de beneficiarios de las Ayudas convocadas.
Dichos listados serán colgados en la página Web de la Administración de Justicia,
abriéndose un plazo de cinco días hábiles para formular alegaciones. Valoradas estas últimas, el citado órgano administrativo dictará resolución con los funcionarios a los que, con
carácter definitivo, se les ha otorgado las ayudas y los importes de las mismas.
Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer
recurso de alzada ante la Viceconsejería de Justicia y Víctimas en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los
artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de poder ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente en defensa de sus derechos.
En Madrid, a 9 de junio de 2025.—La Directora General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia, Alejandra Alonso Bernal.
(03/9.514/25)
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ISSN 1989-4791