Brunete (BOCM-20250623-49)
Urbanismo. Proyecto urbanización
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 23 DE JUNIO DE 2025













B.O.C.M. Núm. 148

• Conexión del espacio libre RL-ZV-4 con las rasantes de los terrenos existentes,
así como el cerramiento de este espacio libre, excepto por los frentes al viario
interior.
• Conexión del viario RG-V14 con las rasantes de los terrenos existentes, asegurando la viabilidad de la prolongación de la calle Velázquez.
• Conexión del tramo duplicado de la M-513 con la actual glorieta situada en la
confluencia de la M-513 con la M-600, según proyecto redactado por la consultora Civile. Ejecución del tramo incluido en el sector y la conexión exterior
con la citada glorieta, coordinando el acceso a la parcela del centro comercial,
prevista en el proyecto de la duplicación.
• Conexión del espacio libre RL-ZV5 con la calle Airbus.
• Conexión de los viales RL-V34, RL-V35 y RG-V18 con las calles Concorde y
Jumbo.
• Urbanización completa de los frentes de las manzanas T1 y T2 (uso terciario
comercial) con la calle Concorde, la M-600 y la vía de servicio de la M-600.
Antes del inicio de las anteriores obras se presentarán planos de detalle de la urbanización de todas las anteriores zonas sobre plano topográfico, tanto del estado actual como del estado final, que incluyan todos los elementos de urbanización: pavimentación, señalización, servicios urbanos, alumbrado público, ajardinamiento,
mobiliarios, etc.
Las rasantes de los viales deberán coordinarse con las de los sectores y viales colindantes, para lo que se deberá presentar, antes del inicio de las obras: i) plano de
coordinación de alineaciones y rasantes validado por los promotores actualmente
en desarrollo (SR-3, SR-4 y SR-5); ii) planos de alineaciones y rasantes, sobre topográfico, de los encuentros de los viales del sector con las zonas aledañas del
punto anterior.
Deberán cumplirse las condiciones del convenio suscrito entre el Ayuntamiento
de Brunete y el Canal de Isabel II, sobre infraestructuras hidráulicas (BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID nº 296 de fecha 13/12/2023).
Antes del inicio de las obras deberá solicitarse autorización para el acceso de
vehículos a la misma, aportando la correspondiente documentación técnica descriptiva y justificativas de la solución adoptada.
Antes del inicio de las obras se deberá llevar a cabo la caracterización de suelos
detallada de las zonas delimitadas en el informe/estudio de caracterización de suelos del PEIN dentro del sector SR-1 y sus resultados remitirse al Área de Planificación y Gestión de Residuos de la CMAYOT para que sus instrucciones en relación con los trabajos que se pueden derivar de estos estudios se acometan de modo
simultáneo a las obras de urbanización y/o ejecución de las infraestructuras generales que den servicio al sector.
Antes de la ejecución de cada infraestructura específica y de las obras asociadas
(zanjas, pozos, movimiento de tierras, etc.), deberá contar con la oportuna conformidad técnica de la compañía u organismo competente: Canal de Isabel II,
Iberdrola, Confederación Hidrográfica del Tajo, Carreteras, etc. Si como consecuencia de dichas conformidades o autorizaciones específicas resultase alguna
modificación significativa, deberá redactarse y tramitarse la oportuna modificación del proyecto de urbanización y, en su caso, del proyecto de reparcelación.
Deberán cumplirse las siguientes condiciones particulares respecto de las infraestructuras hidráulicas (alegación Canal de Isabel II):
• Antes del inicio de las obras afectadas, deberán obtenerse las conformidades
técnicas de Canal de Isabel II en materia de abastecimiento y saneamiento y
respecto de las afecciones que se generen sobre las infraestructuras gestionadas
por esta Empresa Pública.
• Cualquier intervención y/o retranqueo que afecten a infraestructuras de Canal
de Isabel II deberán ser autorizados previamente por esa Empresa Pública,
quien podrá establecer los condicionantes técnicos que resulten necesarios para
salvaguardar la indemnidad de las infraestructuras.
• Las intervenciones y/o retranqueos sobre las infraestructuras que gestiona Canal de Isabel II serán costeados y, en su caso, ejecutados, por la Junta de Compensación, sin que puedan ser repercutidos y/o imputados a CYII.
En la firma del acta de replanteo de las obras deberán adjuntarse las conformidades y autorizaciones sectoriales pertinentes y en caso de que alguna de ellas no se

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