C) Otras Disposiciones - UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID (BOCM-20250623-31)
Extracto convocatoria subvenciones – Extracto del Acuerdo de 16 de junio de 2025, de la Vicerrectora de Formación Permanente, Empleabilidad y Emprendimiento, por la que se convoca la XIII Edición de los Premios de Emprendimiento Universitario 2025 de la Universidad Complutense de Madrid
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 148
LUNES 23 DE JUNIO DE 2025
Pág. 177
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Universidad Complutense de Madrid
31
EXTRACTO del Acuerdo de 16 de junio de 2025, de la Vicerrectora de Formación
Permanente, Empleabilidad y Emprendimiento, por la que se convoca la XIII
Edición de los Premios de Emprendimiento Universitario 2025 de la Universidad Complutense de Madrid.
BDNS: 840627
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/840627 ).
Primero
Beneficiarios
Estudiantes y egresados de Grado, Máster, Doctorado y formación permanente de la
UCM, personal docente e investigador (en lo sucesivo PDI), grupos de investigación y personal técnico, de gestión y de administración y servicios (en adelante PTGAS) que tengan
vinculación académica o profesional con la UCM.
La vinculación con la UCM para los egresados, no podrá tener una antigüedad superior a cinco (5) años contados hasta la fecha de publicación del extracto de la presente
convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Las candidaturas podrán realizarse tanto individualmente como por equipos. En este
último caso, al menos uno de los participantes ha de ser o ha debido ser miembro de la comunidad universitaria UCM, siendo necesario nombrar un representante o apoderado único con poderes suficientes para cumplir las obligaciones que, como beneficiario, se establecen en la presente convocatoria.
Deberá consultarse en la convocatoria publicada en el BOUC los requisitos específicos para participar.
Segundo
Objeto
Regular la concesión de premios que permitan la promoción de proyectos emprendedores en el ámbito universitario complutense, así como respaldar el desarrollo e innovación de estructuras productivas y sociales. Se pretende con ello otorgar visibilidad, hacer
emerger proyectos emprendedores y descubrir el talento de los miembros de la comunidad
universitaria.
Tercero
La convocatoria seguirá el Reglamento por el que se aprueban las Bases reguladoras
para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de Subvenciones por la UCM,
aprobadas en el Consejo de Gobierno de 30 de abril de 2024 y por el Consejo Social el 10
de mayo de 2024 (BOUC de 17 de mayo).
Asimismo, todas las fases del procedimiento, así como el contenido íntegro de la convocatoria, podrán consultarse en http://www.ucm.es/compluemprende
BOCM-20250623-31
Bases reguladoras
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 148
LUNES 23 DE JUNIO DE 2025
Pág. 177
I. COMUNIDAD DE MADRID
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Universidad Complutense de Madrid
31
EXTRACTO del Acuerdo de 16 de junio de 2025, de la Vicerrectora de Formación
Permanente, Empleabilidad y Emprendimiento, por la que se convoca la XIII
Edición de los Premios de Emprendimiento Universitario 2025 de la Universidad Complutense de Madrid.
BDNS: 840627
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/840627 ).
Primero
Beneficiarios
Estudiantes y egresados de Grado, Máster, Doctorado y formación permanente de la
UCM, personal docente e investigador (en lo sucesivo PDI), grupos de investigación y personal técnico, de gestión y de administración y servicios (en adelante PTGAS) que tengan
vinculación académica o profesional con la UCM.
La vinculación con la UCM para los egresados, no podrá tener una antigüedad superior a cinco (5) años contados hasta la fecha de publicación del extracto de la presente
convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Las candidaturas podrán realizarse tanto individualmente como por equipos. En este
último caso, al menos uno de los participantes ha de ser o ha debido ser miembro de la comunidad universitaria UCM, siendo necesario nombrar un representante o apoderado único con poderes suficientes para cumplir las obligaciones que, como beneficiario, se establecen en la presente convocatoria.
Deberá consultarse en la convocatoria publicada en el BOUC los requisitos específicos para participar.
Segundo
Objeto
Regular la concesión de premios que permitan la promoción de proyectos emprendedores en el ámbito universitario complutense, así como respaldar el desarrollo e innovación de estructuras productivas y sociales. Se pretende con ello otorgar visibilidad, hacer
emerger proyectos emprendedores y descubrir el talento de los miembros de la comunidad
universitaria.
Tercero
La convocatoria seguirá el Reglamento por el que se aprueban las Bases reguladoras
para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de Subvenciones por la UCM,
aprobadas en el Consejo de Gobierno de 30 de abril de 2024 y por el Consejo Social el 10
de mayo de 2024 (BOUC de 17 de mayo).
Asimismo, todas las fases del procedimiento, así como el contenido íntegro de la convocatoria, podrán consultarse en http://www.ucm.es/compluemprende
BOCM-20250623-31
Bases reguladoras